PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 336/2007

Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007.

Bs. As., 10/8/2007

VISTO el Presupuesto de la ADMNINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 2007, aprobado por la Ley N° 26.198 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 del 15 de enero de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Artículo 37 de la Ley N° 24.156, se facultó al Jefe de Gabinete de Ministros a disponer las reestructuraciones presupuestarias que considere necesarias dentro del total aprobado por cada ley de presupuesto.

Que, por la presente medida se propicia un incremento de crédito presupuestario, para el ejercicio económico 2007, con destino a las Actividades del Programa 21 – Asistencia y Coordinación de Políticas Sociales del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que, dicho incremento es requerido a fin de asegurar la continuidad de las acciones, desarrollo e implementación de metodologías, técnicas e instrumentos que permiten valorizar los resultados de las acciones públicas en términos de la magnitud del gasto social, fundamentalmente, para valorizar en términos de avance o retroceso en la protección de derechos, equidad, mejoramiento de la calidad de vida y en extensión de la ciudadanía a los sectores más vulnerables, de la realización de estudios cualitativos orientados al relevamiento de información para el diseño de planes y programas, como insumos para estudios diagnósticos y complementación de los estudios de evaluación de programas sociales.

Que, de este modo, se estaría dando continuidad a la implementación del Sistema Integrado de Monitoreo de Programas Sociales – S.I.M., el cual constituye un instrumento de relevamiento, procesamiento y sistematización de la información provista por los planes y programas sociales de los distintos Ministerios de orden nacional y provincial.

Que, por esto, resulta necesario incrementar el Presupuesto de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que el citado incremento se compensa con una reducción del presupuesto vigente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la presente medida se encuadra en las disposiciones establecidas en el Artículo 37 de la Ley N° 24.156 y en los incisos 1 y 2 del artículo 100 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 2007 de acuerdo al detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Miguel G. Peirano. — Alicia M. Kirchner.

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NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar