Ministerio del Interior
RECOMPENSAS
Resolución 1881/2007
Ofrécese una recompensa destinada a
aquellas personas que aporten datos que permitan lograr la captura del
condenado Mario Rubén Ochoa.
Bs. As., 15/8/2007
VISTO la Ley Nº 25.765, modificada por Decreto Nº 225 de fecha 21 de
marzo de 2005 (B.O.29.3.05), y el Legajo Nº 6/07 MI- Programa de
Administración del Fondo Permanente de Recompensas, y
CONSIDERANDO:
Que el Tribunal Oral en lo Criminal nro. 2 de del Departamento Judicial
de San Isidro condenó, en la causa nro. 11.509 del registro del citado
Tribunal, a Mario Rubén Ochoa a la pena de 16 años de prisión
accesorias legales y costas por hallárselo autor penalmente responsable
de los delitos de abuso sexual calificado (“Mario Rubén Ochoa s/abuso
agravado”)
Que con fecha 14 del corriente la Sala II de la Cámara de Casación de
la Provincia de Buenos Aires resolvió revocar la libertad del nombrado
y ordenar la inmediata detención de Mario Rubén Ochoa.
Que el artículo 3º de la ley 25.765 dispone que la autoridad de
aplicación podrá, por iniciativa propia, efectuar el ofrecimiento de
recompensa.
Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo normado por los
artículos 5º y 6º del Decreto Nº 225 de fecha 21 de marzo de 2005.
Por ello,
EL MINISTRO DEL INTERIOR
RESUELVE:
Artículo 1º — Ofrécese como
recompensa, dentro de la República Argentina, la suma de $ 100.000
(pesos cien mil), destinada a aquellas personas quienes, sin haber
intervenido en el delito, aporten datos que permitan lograr la captura
del condenado Mario Rubén Ochoa.
Art. 2º — Instrúyase la difusión de la presente en medios gráficos de circulación Nacional.
Art. 3º — Regístrese, Comuníquese, publíquese en la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández.