Comisión Nacional de Trabajo Agrario

SALARIOS

Resolución 47/2007

Fíjanse las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de arreos y remates de ferias, en el ámbito de la Comisión Asesora Regional Nº 3, para las provincias de Entre Ríos y Corrientes.

Bs. As., 9/8/2007

VISTO, el expediente Nº 1-206-44.382/07 del registro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y

CONSIDERANDO:

Que, en el citado expediente obra copia del acta Nº 248 de fecha 12 de julio de 2007 mediante la cual la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 3 aprueba las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en las tareas de ARREOS Y REMATES EN FERIAS, para las provincias de ENTRE RIOS Y CORRIENTES.

Que, considerada dicha propuesta y habiendo coincidido los representantes sectoriales en cuanto a su procedencia con la abstención del representante del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y el voto negativo de la SOCIEDAD RURAL ARGENTINA, debe procederse a su determinación.

Que, en consecuencia, corresponde hacer uso de las facultades conferidas por el artículo 86 del Régimen Nacional de Trabajo Agrario anexo a la Ley Nº 22.248.

Por ello,

LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

RESUELVE:

Artículo 1º — Fíjanse las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de ARREOS Y REMATES EN FERIA en el ámbito de la jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 3 para las Provincias de ENTRE RIOS Y CORRIENTES, que se detallan a continuación:

ARREOS A LARGA DISTANCIA: A partir de las 10 leguas, por día, con comida y por persona.

No percibirán este beneficio aquellos que por sus funciones deben trabajar entre la caída del sol y la salida del mismo (durante la noche) como serenos, rondadores, etc.

Art. 2º — La presente resolución tendrá vigencia a partir del 1º de julio de 2007.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — José M. Iñíguez. — Mario Burgueño Hoesse. — Alfredo Megna. — Abel F. Guerrieri. — Miguel A. Giraudo. — Ricardo Grimau. — Jorge Herrera. — Hugo Gil.