Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo
PESCA
Resolución 5/2007
Establécese la fecha de cierre del período de captura para la especie calamar en la Zona Común de Pesca.
Montevideo, 24/8/2007
Norma estableciendo la fecha de cierre del período de captura para la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca
Visto:
La necesidad de establecer la fecha del cierre del período de captura para la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca.
Considerando:
1) Que por el Artículo 2º) de la Resolución CTMFM Nº 3/07 se resolvió que la Comisión evaluará el estado del recurso a fin de establecer la fecha de cierre del período de captura, sobre la base de la documentación técnica aportada por las Partes.
2) Que sobre la base de dicha documentación y en beneficio de la conservación del mismo, se hace necesario el cierre del período de captura.
Atento:
A lo establecido en los artículos 80 y 82 inciso d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo
LA COMISION TECNICA MIXTA DEL FRENTE MARITIMO
RESUELVE:
Artículo 1º) Fijar la fecha del cierre del período de captura para la especie calamar (IIIex argentinus) en la Zona Común de Pesca para el corriente año, el 31 de agosto a 24:00 hrs.
Artículo 2º) Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave de las normas vigentes en cada Parte en materia de infracciones pesqueras, lo que aparejará la aplicación de las sanciones en ellas previstas.
Artículo 3º) Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.
Artículo 4º) Dar conocimiento público de esta Resolución, a través de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay. — Arnoldo M. Listre. — Alvaro Fernández.