REPRESENTACIONES CONSULARES

Decreto 1192/2007

Establécese el Consulado General de la República en la ciudad de Guayaquil – República del Ecuador. Modifícase la circunscripción de la Sección Consular de la Embajada de la República en la República del Ecuador.

Bs. As., 4/9/2007

VISTO el Decreto Nº 736 del 3 de mayo de 2002 y lo propuesto por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el Visto se dispuso el cierre de diversas representaciones consulares en el exterior, entre ellas la Representación Consular de la República acreditada en la ciudad de Guayaquil – REPUBLICA DEL ECUADOR.

Que la dinámica del trabajo consular, denota la necesidad de contar con Oficinas consulares en aquellos lugares de concentración de ciudadanos argentinos.

Que resulta necesario dotar a la Red Consular Argentina de sedes que permitan un mayor acercamiento con la colonia argentina en el exterior y permita asimismo una mayor difusión de la imagen de la República, como así también propiciar nuevas corrientes de intercambio comercial y cultural.

Que en consecuencia se hace necesario disponer la reapertura de determinadas Oficinas Consulares, de acuerdo a los lineamientos de la política exterior, de priorizar la atención de los ciudadanos argentinos en el exterior.

Que con la presente medida se dota a dichas Oficinas de la autonomía institucional necesaria, que la excelencia de la función consular exige para la atención de trámites, como así también el tratamiento con autoridades de su jurisdicción.

Que han tomado intervención desde el ámbito de sus competencias la Secretaría de Relaciones Exteriores, la Subsecretaría de Coordinación y Cooperación Internacional, la Subsecretaría de Comercio Internacional, la Subsecretaría de Integración Económica Americana y Mercosur, la Dirección General de Asuntos Consulares y la Dirección General de Recursos Humanos y Organización del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que resulta necesario la readecuación de la circunscripción de la Sección Consular de la Embajada de la República en la REPUBLICA DEL ECUADOR.

Que se cuenta con el consentimiento del Gobierno de la REPUBLICA DEL ECUADOR, conforme lo dispuesto por el artículo 4º de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, aprobada por Ley Nº 17.081.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1. de la CONSTITUCIONAL NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Establécese el Consulado General de la República en la ciudad de Guayaquil —REPUBLICA DEL ECUADOR— que tendrá circunscripción consular sobre las Provincias de Guayas, Manabí, Los Ríos, Bolívar, Cañar, Morona, Santiago, Zamora Chinchipe, Azuay, El Oro, Loja y Archipiélago de Colón (Islas Galápagos).

Art. 2º — Modifícase la circunscripción de la Sección Consular de la Embajada de la República en la REPUBLICA DEL ECUADOR, agregando a la actual distribución, las Provincias de Tungurahua y Chimborazo.

Art. 3º — Extiéndanse las Cartas Patentes respectivas.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Jorge E. Taiana.