PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 382/2007

Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007.

Bs. As., 7/9/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0199977/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007 aprobado por la Ley Nº 26.198, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 15 de enero de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario reforzar el presupuesto vigente del ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a los efectos de permitir el normal funcionamiento del mismo.

Que dicho refuerzo se financia con un incremento en la estimación de recursos correspondiente al citado Organismo.

Que conforme lo dispuesto por el Artículo 9º de la Ley Nº 26.198, la presente modificación incluye la contribución del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) a favor del TESORO NACIONAL.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades establecidas en el Artículo 9º de la Ley Nº 26.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007 y en el Artículo 37 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007, en la parte correspondiente al ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de acuerdo con el detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Establécese que el aporte a favor del TESORO NACIONAL incluido en las Planillas Anexas al Artículo 1º de la presente Decisión Administrativa deberá ser cancelado en cuotas mensuales, iguales y consecutivas, operando el primer vencimiento al mes siguiente de la suscripción de la presente medida.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Miguel G. Peirano.

———

NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar