PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIA DE TURISMO

ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

Ley N° 22.351

Resolución APN N° 167/2007 del Honorable Directorio

Bs. As., 30/8/2007

LA ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES notifica: 1° — (Artículo derogado por art. 1° de la Resolución N° 290/2011 de la Administración de Parques Nacionales B.O. 15/12/2011). 2° — Determínase que por la Intendencia del Parque Nacional Los Glaciares se deberá analizar el tamaño adecuado de los vehículos y de los grupos transportados, con el objeto de disponer de los elementos de juicio suficientes para poder evaluar nuevas restricciones que pudieran ser de utilidad a los fines enunciados en los Considerandos de la presente. 3° — Establecer que a partir del dictado de la presente, la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, en el marco del "Reglamento para el Otorgamiento de Permisos de Servicios Turísticos" aprobado por Resolución H.D. N° 68/2002 y normas modificatorias, no extenderá permisos, ni prorrogará aquellos que se encuentren vigentes, cuando involucren excursiones terrestres que tengan como destino o tránsito el corredor Mitre-Moreno, realizadas en vehículos automotores que reúnan la característica citada en el artículo 1° de la presente. (...) Firmado: Ing. Agr. HECTOR MARIO ESPINA, Presidente del Directorio. D. JUAN CARLOS GARITANO, Vicepresidente del Directorio. — Dra. PATRICIA GANDINI, D. RAUL ALBERTO CHIESA. — Lic. MARIA CRISTINA ARMATTA, Vocales del Directorio.

La versión completa de la Resolución puede ser consultada por los interesados en la sede central de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, sita la Avda. Santa Fe N° 690, Capital Federal.

e. 11/9 N° 557.040 v. 11/9/2007