IMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 887/2007

Registro Nº 976/07

Bs. As., 9/8/2007

VISTO el Expediente Nº 1.215.801/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 10 del expediente citado en el Visto, obra el Acuerdo celebrado entre la UNION DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES por el sector gremial y la empresa ESTRELLA SATELITAL SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el Acuerdo celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 124/75, implica el mejoramiento de los haberes que perciben los trabajadores de la empresa ESTRELLA SATELITAL SOCIEDAD ANONIMA.

Que las partes pactaron como fecha de entrada en vigencia del Acuerdo el mes de mayo de 2007.

Que las partes signatarias han ratificado el Acuerdo ante el funcionario respectivo y acreditado en autos su personería y facultades para negociar colectivamente.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad que desarrolla la empresa signataria y, la representatividad reconocida a la entidad sindical interviniente, emergente de su personería gremial.

Que se acreditaron los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que se advierte que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten a principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado "orden público laboral" ni de otras normas dictadas en protección del interés general.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES por el sector gremial y la empresa ESTRELLA SATELITAL SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador, glosado a foja 10 del Expediente Nº 1.215.801/07, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, remítase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo obrante a foja 10 del Expediente Nº 1.215.801/07.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese al Departamento de Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias y procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y/o de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.215.801/07

Buenos Aires, 14 de agosto de 2007

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 887/07, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 10 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 976/07. — VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

Expediente Nº 1215802/07

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 24 días del mes de Mayo de 2007 comparecen ante mi, Lic. Marcos AMBRUSO, secretario de conciliación de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO el Sr. Edgardo MIRANDA en representación de UTPBA junto al delegado DI PASQUO por una parte y por la otra el Sr. Natalio BONAVENA en representación de ESTRELLAS SATELITAL S.A. asistido por la Dra. Patricia DUBOR.

Abierto el acto por el funcionario actuante, las partes acuerdan:

1) Un incremento del 16.5% sobre los básicos vigentes a partir del mes de mayo 2007

2) 220 $ en vales alimentarios a partir del mes de junio 2007

3) Incremento del 2% acumulativo sobre los básicos a partir del mes de julio 2007

4) Se deja constancia que el personal que figura con categoría laboral de productor periodístico tendrá el mismo salario básico que el correspondiente al auriconista.

Las partes acuerdan que para la categoría 2 - Ayudantes de cámara - lo acordado en el punto 2 será de $ 100 en vales alimentarios y $ 120 como plus empresa y tendrá carácter remunerativo a partir del mes de mayo 2007.

El presente acuerdo tendrá vigencia hasta el 31/03/08, momento a partir del cual las partes se comprometen a retomar las conversaciones.

En uso de la palabra la representación sindical manifiesta: Que transmitirá lo acordado a los trabajadores, por lo que solicita un cuarto intemedio.

Luego del cuarto intermedio, se presentan las partes y proceden a ratificar el acuerdo alcanzado, solicitando su pronta homologación.

En este estado el funcionario actuante informa a la parte empresaria que deberá acompañar la documentación correspondiente, incluyendo la escala salarial vigente.

Sin más, se da por finalizada la audiencia firmando ante mí, que certifico.