MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 895/2007

Registro Nº 989/07

Bs. As., 13/8/2007

VISTO el Expediente Nº 1.215.804/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que bajo dichas actuaciones tramita el Acuerdo celebrado por la UNION DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES (U.T.P.B.A.) y la empresa EVENTOS PRODUCCIONES SOCIEDAD ANONIMA, plasmado el mismo en las Actas obrantes a fojas 9 y 32, como así en el Anexo obrante a foja 31, todas ellas pertenecientes al Expediente Nº 1.215.804/07.

Que el Acuerdo citado fue celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 124/75.

Que cabe indicar que el ámbito de aplicación del Acuerdo referido se corresponde con la actividad principal de la empresa signataria, como así con los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la Entidad Sindical firmante, emergentes de su Personería Gremial, por cuanto la legitimación de las partes para arribar a la firma del instrumento de marras se encuentra plenamente justificada.

Que mediante el referido Acuerdo las partes pactan un incremento salarial para los trabajadores de la empleadora, comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 124/75, conforme el detalle allí impuesto, con vigencia a partir del 1 de mayo de 2007.

Que cabe así señalar que se encuentra acreditado ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo la representación invocada por las partes, como así cumplimentados los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declarar homologado el Acuerdo suscripto, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 124/75, por la UNION DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES (U.T.P.B.A.) y la empresa EVENTOS PRODUCCIONES SOCIEDAD ANONIMA, plasmado en las Actas obrantes a fojas 9 y 32, como así en el Anexo obrante a foja 31, todas ellas pertenecientes al Expediente Nº 1.215.804/07, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo y Anexo obrantes a fojas 9, 32, y 31 del Expediente Nº 1.215.804/07.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese al Departamento de Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias y procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.215.804/07

Buenos Aires, 16 de agosto de 2007

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 895/07, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 9, 32 y 31 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 989/07. — VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

Expediente Nº 1.215.804/07

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 22 días del mes de junio de 2007 comparecen ante mí, Lic. Marcos AMBRUSO, secretario de conciliación de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO el Sr. Edgardo MlRANDA en representación de UTPBA junto a trabajadores REBELLO, PICONE Mariano y PICONE Leandro, CHIAPPALONE, SORIA, FRANCHI, OLIVIERI, ARESTEQUI, FUENTES, FARIAS, LONGHINI, RICCI, RUSO y MONTENSANTO por una parte y por la otra el Dr. Ricardo AGUSTI en presentación de EVENTOS PRODUCCIONES.

Abierto el acto por el funcionario actuante, en uso de la palabra la representación empresaria manifiesta: Que ha decidido abonar un incremento el 14% sobre los salarios vigentes al 1º de abril de 2007 a partir del 1º de mayo, que se convertirá en un 18% sobre los salarios de abril a partir del 1º de septiembre, y se convertirá en un 22% sobre los salarios de abril a partir del 1º de enero de 2008 hasta el 30/06/2008. Los incrementos pactados se consideran no remunerativos hasta el 31/12/2007 momento a partir del cual se incorporan a los básicos de convenio.

En uso de la palabra la representación sindical manifiesta: Que toma conocimiento y dará traslado a la asamblea de trabajadores de la propuesta presentada por la empresa, por lo que solicita se fije nueva audiencia a efectos de fijar posición.

En este estado el funcionario actuante procede a fijar nueva audiencia para el día viernes 29 de junio a las 14.00 hs quedando las partes notificadas.

Sin más, se da por finalizada la audiencia firmando ante mí, que certifico.

ANEXO I

ESCALAS SALARIALES DE REFERENCIA

EVENTOS PRODUCCIONES S.A./UTPBA

Expediente Nº 1.205.804/07

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 29 días del mes de junio de 2007 comparecen ante mí; Lic. Marcos AMBRUSO, secretario de conciliación de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO el Sr. Edgardo MIRANDA en representación de UTPBA junto a los trabajadores REBELLO, CAMPOS, FRANCHI y RICCI por una parte y por la otra el Dr. Guillermo Osvaldo SANTIAGO en su carácter de apoderado y los Dres. Ricardo AGUSTI, Alfredo BRIZZOLARA en representación de EVENTOS PRODUCCIONES.

Abierto el acto por el funcionario actuante, en uso de la palabra la representación sindical manifiesta: Que la asamblea de trabajadores ha aceptado la propuesta presentada por la empresa.

Atento lo manifestado por la parte sindical, las partes proceden a ratificar el acuerdo alcanzado, acompañando la escala salarial y la documentación requerida para la homoIogación, como asimismo se deja constancia que atento que no existen delegados en la empresa, se presentan los trabajadores mencionados a los efectos del cumplimiento del art. 17.

En este estado el funcionario actuante recibe el acuerdo alcanzado e informa que se llevarán las actuaciones para la prosecusión del trámite homologatorio.

Sin más, se da por finalizada la audiencia firmando ante mí, que certifico.