MINISTERIO DEL INTERIOR
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS
Resolución Nº 1910/2007
Bs. As., 18/9/2007
VISTO la Ley Nº 17.671, sus modificatorias y concordantes, la Resolución RNP Nº 735 del 29 de octubre de 2002, sus modificatorias RNP Nº 1144 del 28 de octubre de 2003, RNP Nº 143 del 28 de enero de 2005, y RNP Nº 243 del 10 de febrero de 2006; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución RNP Nº 735/2002 se procedió a conferir el refrendo de los Documentos Nacionales de Identidad a funcionarios y agentes del Registro Nacional de las Personas.
Que se procedió a la actualización y modificación de las nóminas de los funcionarios y agentes autorizados, mediante el dictado de las Resoluciones RNP Nº 1144/2003, RNP Nº 143/2005 y RNP Nº 243/2006.
Que se estima necesario actualizar las nóminas precitadas, debido a las exigencias actuales de personal para refrendar Documentos Nacionales de Identidad, a fin de perfeccionar la organización administrativa y dotar de mayor seguridad y confiabilidad a los mencionados refrendos.
Que resulta necesario excluir a la señora Noemí Susana GOLLUSCIO (M.I. Nº 5.732.145), que fuera designada en el Anexo III de la Resolución RNP Nº 735/2002, sustituido por la Resolución RNP Nº 143/2005, en virtud de su fallecimiento.
Que la Dirección de Documentación propicia la incorporación del agente Nori Adilco SOTELO (M.I. Nº 13.362.233) en el Anexo III de la Resolución RNP Nº 735/2002.
Que la precitada Dirección propicia la inclusión de las agentes Delia Mabel BRUNO (M.I. Nº 12.274.023) y Bibiana Marta CALIVAR (M.I. Nº 12.082.446) al Anexo IV de la Resolución RNP Nº 735/2002.
Que la mencionada Dirección estima conveniente excluir al agente Juan Alfonso PEREZ (M.I. Nº 11.513.423) del Anexo III y a la agente María Graciela CARDINALE (M.I. Nº 12.093.630) del Anexo IV, a fin de incorporarlos en el Anexo V de la Resolución RNP Nº 735/2002.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, oportunamente ha tomado la intervención que le compete, dictaminando favorablemente.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones que emanan de la Ley Nº 17.671 y sus modificatorias.
Por ello,
EL SUBDIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Sustitúyese el Anexo III de la Resolución RNP Nº 735/2002 por el siguiente:
NOMINA DE LOS FUNCIONARIOS Y/O AGENTES DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS AUTORIZADOS A REFRENDAR EXCLUSIVAMENTE LA CONFECCION Y ENTREGA DE D.N.I, DE CONFORMIDAD A LOS ARTICULOS Nº 3º, 11 Y 12 DE LA RESOLUCION Nº 735/2002, CORRESPONDIENTE A CIUDADANOS NATIVOS, POR OPCION Y/O NATURALIZADOS
NOMINA DE LOS FUNCIONARIOS Y/O AGENTES DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS AUTORIZADOS A REFRENDAR EXCLUSIVAMENTE LA CONFECCION Y ENTREGA DE D.N.I, DE CONFORMIDAD A LOS ARTICULOS Nº 3º, 11 Y 12 DE LA RESOLUCION Nº 735/2002, CORRESPONDIENTE A CIUDADANOS NATIVOS, POR OPCION Y/O NATURALIZADOS
ARTICULO 2º — Sustitúyese el Anexo IV de la Resolución RNP Nº 735/2002 por el siguiente:
NOMINA DE LOS FUNCIONARIOS Y/O AGENTES DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS AUTORIZADOS A REFRENDAR EXCLUSIVAMENTE LA CONFECCION Y ENTREGA DE D.N.I, DE CONFORMIDAD A LOS ARTICULOS Nº 4º, 11 Y 12 DE LA RESOLUCION Nº 735/2002, CORRESPONDIENTE A RESIDENTES EXTRANJEROS
ARTICULO 3º — Sustitúyese el Anexo V de la Resolución RNP Nº 735/2002 por el siguiente:
NOMINA DE LOS FUNCIONARIOS Y/O AGENTES DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS AUTORIZADOS A REFRENDAR LA CONFECCION Y ENTREGA DE D.N.I, DE CONFORMIDAD A LOS ARTICULOS Nº 5º, 11 Y 12 DE LA RESOLUCION Nº 735/2002, CORRESPONDIENTE A CIUDADANOS NATIVOS, POR OPCION, NATURALIZADOS Y/O DE RESIDENTES EXTRANJEROS
ARTICULO 4º — Por el Departamento Secretaría General procédase a retirar los sellos aclaratorios de firmas de los agentes que carecen de refrendo autorizado a partir de la presente medida, procediendo a su guarda en dicho Departamento.
ARTICULO 5º — Por el Departamento de Secretaría General, procédase a la actualización del "Registro Unico de Firmas Autorizadas", aprobado por el artículo 9º de la Resolución RNP Nº 735/2002.
ARTICULO 6º — La presente Resolución será refrendada por los Señores Directores de Documentación, Recursos Humanos y Técnica Jurídica.
ARTICULO 7º — La presente medida entrará en vigencia al día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 8º — Por el Departamento Secretaría General, regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — Dr. SERGIO GUSTAVO LORUSSO, Subdirector Nacional, Registro Nacional de las Personas, a/c Resol. RNP Nº 1877/07.
e. 19/9 Nº 557.977 v. 19/9/2007