MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

Resolución Nº 167/2007

Bs. As., 14/9/2007

VISTO Expediente Nº S01:0135052/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Decreto Nº 373 de fecha 17 de abril de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 373 de fecha 17 de abril de 2007, se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que resulta necesario adoptar las medidas tendientes a perfeccionar el accionar de las distintas áreas que conforman el referido Departamento de Estado.

Que en tal sentido corresponde establecer las aperturas estructurales inferiores a las dispuestas por la norma citada precedentemente.

Que asimismo es menester incorporar a las Planillas Anexas al Artículo 1º de la Resolución Nº 209 de fecha 22 de abril de 2005 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Coordinaciones de Area de la citada Subsecretaría.

Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la debida intervención.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes del Artículo 4º, inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, el Decreto Nº 1545 de fecha 31 de agosto de 1994, complementado por la Resolución Nº 422 de fecha 13 de septiembre de 1994 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y los Artículos 3º y 7º del Decreto Nº 373 de fecha 17 de abril de 2007.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébanse las aperturas estructurales inferiores de la SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de conformidad con el Organigrama, Acciones y Dotación que, como Anexos l, II y lIl, forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2º — Incorpóranse a las Planillas Anexas al Artículo 1º de la Resolución Nº 209 de fecha 22 de abril de 2005 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Coordinaciones de Area de la SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA de la citada Secretaría, que se detallan en la Planillas Anexas al presente artículo.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MIGUEL G. PEIRANO, Ministro de Economía y Producción.

ANEXO I

ANEXO II

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA

DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION PESQUERA

DIRECCION DE CONTROL Y FISCALIZACION

ACCIONES:

1. Coordinar las tareas de fiscalización de las actividades pesqueras en todo el ámbito de la jurisdicción nacional.

2. Supervisar las actividades de los distritos pesqueros.

3. Conducir el cuerpo de inspectores afectados al control de las actividades pesqueras.

4. Realizar actividades coordinadas con los cuerpos de las fuerzas de seguridad y de las fuerzas armadas que colaboren en las tareas de fiscalización.

5. Coordinar y fiscalizar las actividades de monitoreo satelital y el cumplimiento de la normativa sobre el particular.

6. Controlar que las presentaciones de las declaraciones juradas de las capturas obtenidas sean realizadas en la forma y oportunidad que establezca la reglamentación respectiva y comprobar la veracidad de las mismas.

7. Analizar e integrar la información proporcionada por las actividades de inspección, de monitoreo satelital y la proporcionada por las fuerzas de seguridad y por las fuerzas armadas que colaboran en las tareas de fiscalización del área, a fin de detectar presuntas infracciones, elaborando los informes pertinentes.

8. Diseñar y proponer los sistemas de control necesarios para determinar las capturas realizadas.

9. Fiscalizar el desembarco de los productos de la pesca.

10. Supervisar y coordinar las actividades relativas al control de tripulaciones y autorizaciones de embarcos.

11. Administrar el despacho a la pesca de los buques que cumplan con la normativa vigente.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA

DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION PESQUERA

REGISTRO DE LA PESCA

ACCIONES:

1. Administrar la información establecida según la Ley Federal de Pesca Nº 24.922 y sus normas complementarias, concordantes, supletorias y reglamentarias respecto de todas las personas físicas o jurídicas que se dediquen a la explotación comercial de los recursos vivos marinos en el ámbito nacional.

2. Emitir las certificaciones que se requieran en base a la información contenida en el registro a su cargo.

3. Intervenir en las solicitudes de autorización para proyectos de pesca experimental y efectuar los dictámenes técnicos correspondientes.

4. Incorporar al registro la información de los actos administrativos producidos por las diversas áreas de la SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA.

5. Incorporar al registro la información de las sanciones por infracciones aplicadas por la SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA.

6. Promover una tarea coordinada con los registros provinciales vinculados con el manejo de información relativa a la misma temática.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA

DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION PESQUERA

DIRECCION DE ADMINISTRACION PESQUERA

ACCIONES:

1. Supervisar la utilización de las Cuotas Individuales Transferibles de Captura, las autorizaciones de captura y los cupos de captura por especie asignada a cada buque.

2. Efectuar el control del cumplimiento de las Capturas Máximas Permisibles por especie, establecidas por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO.

3. Evaluar las solicitudes de transferencia de Cuotas Individuales Transferibles de Captura, de autorizaciones de captura o cupos de captura por especie asignada a cada buque.

4. Efectuar el seguimiento del pago de aranceles y derechos fijados por la normativa vigente y de cuotas de planes de pago por multas y sanciones, informando los incumplimientos a efectos de realizar las intimaciones que correspondan.

5. Actualizar los sistemas de recolección de datos de la actividad pesquera marítima.

6. Intervenir en las solicitudes de autorización para proyectos de pesca experimental.

7. Procesar toda la documentación de captura, actualizar dicha información en las bases de datos que corresponda, informando a las áreas correspondientes.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA

DIRECCION NACIONAL DE PLANIFICACION PESQUERA

DIRECCION DE ACUICULTURA

ACCIONES:

1. Entender en las actividades relativas a la acuicultura que se desarrollen en todo el ámbito nacional.

2. Promover la acuicultura por medio de la investigación científica y tecnológica.

3. Estimular la innovación, adaptación y mejoramiento de las tecnologías de la acuicultura, aumentando los niveles de producción y productividad, promoviendo la diversificación de las producciones.

4. Desarrollar, promover y transferir tecnologías orientadas al conocimiento de aspectos biológicos, del ambiente acuático y del manejo para nuevas especies de cultivo.

5. Fomentar una acuicultura eficiente en todas sus fases, para el logro de un aprovechamiento racional de los recursos hidrobiológicos.

6. Proponer el fomento de la actividad, mediante el desarrollo de programas y proyectos.

7. Fomentar programas de capacitación de los agentes intervinientes en la actividad de acuicultura.

8. Promover y contribuir al aprovechamiento racional de los recursos tomando como producción a la acuicultura, sobre una base de desarrollo social comunitario y sostenible.

9. Contribuir a la preservación del ambiente acuático a través del desarrollo de técnicas de cultivo y de especies hidrobiológicas sobreexplotadas y/o en peligro de extinción.

10. Promover y apoyar el financiamiento para el desarrollo de la actividad de la acuicultura de consumo, especialmente en el ámbito artesanal.

11. Contribuir a la generación de empleo productivo, a través de la diversificación del ámbito rural.

12. Generar los datos y la información a incorporar en el sistema permanente de estadística.

13. Propiciar la captación de recursos económicos, financieros y tecnológicos provenientes de fuentes de cooperación del país y del extranjero.

14. Promover los estudios sobre comercialización, procesamiento y obtención de valor agregado que faciliten los mecanismos de distribución y colocación de productos de la acuicultura, coordinando su accionar con las áreas correspondientes.

15. Analizar las solicitudes para la importación y exportación de organismos acuáticos vivos y emitir los certificados de autorización.

16. Organizar cursos teórico-prácticos de la especialidad y promover su dictado.

17. Coordinar las actividades de los centros de desarrollo acuícola, dependientes de la SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA

DIRECCION NACIONAL DE PLANIFICACION PESQUERA

DIRECCION DE ECONOMIA PESQUERA

ACCIONES:

1. Generar y mantener actualizado el sistema permanente de estadística pesquera.

2. Realizar análisis e informes periódicos sobre la situación socioeconómica de la actividad pesquera y de acuicultura, proponiendo las medidas que se consideren pertinentes.

3. Analizar y proponer instrumentos de política macroeconómica relativos al sector pesquero.

4. Realizar informes sobre la situación de la pesca y de la acuicultura y el comercio de sus productos en el ámbito internacional.

5. Proponer la vinculación con los organismos del ESTADO NACIONAL con responsabilidad directa en los distintos temas del área, elaborando alternativas sobre posiciones del país y su participación en las negociaciones comerciales con terceros países/bloques de países y/o en los foros nacionales e internacionales vinculados con el sistema pesquero marítimo en sus aspectos socioeconómicos.

6. Proponer, en coordinación con los organismos del ESTADO NACIONAL y los Estados Provinciales, encuestas y censos sobre los aspectos socioeconómicos del sistema pesquero argentino.

7. Analizar los temas relacionados con las actividades económicas generadoras de bienes y servicios vinculados con la pesca y la acuicultura.

8. Generar índices/indicadores socioeconómicos de las actividades pesqueras y de acuicultura, (rendimientos, rentabilidad, etcétera) y proponer medidas en concordancia con sus resultados y evolución.

9. Proponer la difusión de la información sobre los aspectos socioeconómicos de las actividades pesqueras y de acuicultura.

10. Asistir y asesorar en la relación con otras dependencias del ESTADO NACIONAL con incumbencia en temas vinculados con la problemática socioeconómica de las actividades pesqueras y de acuicultura.

11. Evaluar en forma conjunta con las dependencias correspondientes de la Dirección Nacional de Planificación Pesquera, los resultados de los proyectos de pesca experimental que signifiquen una innovación sobre los caladeros donde desarrollar la actividad o las artes de captura a emplear, a efectos de asesorar sobre su viabilidad.

12. Analizar los efectos de la implementación del Sistema de Administración por Cuotas Individuales Transferibles de Captura, en los aspectos socioeconómicos y generar los informes correspondientes.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA

DIRECCION NACIONAL DE PLANIFICACION PESQUERA

DIRECCION DE PESCA CONTINENTAL

ACCIONES:

1. Promover la gestión y desarrollo de las actividades relativas a la pesca continental en el ámbito nacional.

2. Elaborar políticas y programas nacionales de explotación sustentable, recuperación y protección de los recursos pesqueros continentales en los ecosistemas fluviales y lacustres de las diferentes jurisdicciones, de común acuerdo con las autoridades competentes.

3. Proponer acciones coordinadas con las áreas pertinentes de los gobiernos provinciales a efectos de desarrollar tareas armonizadas respecto de la pesca continental, especialmente en el caso de pesquerías compartidas.

4. Elaborar, proponer y promover con las provincias, la normativa para definir el manejo sustentable de los recursos pesqueros continentales.

5. Promover la capacitación de profesionales, técnicos, administrativos y pescadores, en coordinación con las jurisdicciones correspondientes.

6. Desarrollar y promover programas y/o proyectos sobre estudios acerca de los recursos pesqueros continentales, de común acuerdo con las provincias y otros organismos nacionales y/o provinciales relacionados con dichos recursos y articular el financiamiento de las actividades que se desarrollen en forma conjunta.

7. Proponer estudios sobre mercados internos y de exportación de productos provenientes de las pesquerías continentales en relación a las explotaciones existentes o futuras, en coordinación con otras áreas del ESTADO NACIONAL.

8. Realizar intercambios de conocimientos con otras instituciones, tanto del sector público como del sector privado, nacionales e internacionales, que produzcan o manejen información relativa a la temática de pesquerías continentales.

ANEXO III

Planilla Anexa al Artículo 2°

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA

DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION PESQUERA

COORDINACION DE ANALISIS DE INFRACCIONES Y SANCIONES

ACCIONES:

1. Entender en el análisis de las actuaciones sometidas a su intervención, a efectos de establecer posibles infracciones a la normativa vigente y proponer, si procede, la apertura del sumario correspondiente.

2. Elevar a la Dirección Nacional de Coordinación Pesquera, las propuestas de sanciones por las infracciones cometidas.

3. Notificar a los administrados de las presuntas infracciones que se les atribuyen, recibir las declaraciones y descargos al respecto y sustanciar las pruebas que resulten necesarias para mejor proveer.

4. Notificar a los armadores y/o propietarios de embarcaciones dedicadas a la pesca de las sanciones dispuestas por la SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA, comunicando las mismas a las áreas pertinentes.

5. Notificar a las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, vinculadas a la actividad pesquera, la suspensión o cancelación de los registros exigidos por la Ley Federal de Pesca Nº 24.922, actuando en coordinación con las áreas pertinentes.

6. Proponer las medidas y sanciones acordes a la normativa vigente y proyectar los pertinentes actos administrativos.

7. Otorgar vista de las actuaciones que tramiten en la Dirección Nacional de Coordinación Pesquera cuando fuera solicitada y hubiera interés legítimo que así lo justifique.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA

DIRECCION NACIONAL DE PLANIFICACION PESQUERA

COORDINACION DE GESTION DE PESQUERIAS

ACCIONES:

1. Integrar información científico-técnica que facilite la toma de decisiones para las medidas de manejo, administración y desarrollo del sector, con la finalidad de afianzar la sustentabilidad de los recursos pesqueros marinos y la conservación de sus hábitats.

2. Articular la relación con las áreas científico-técnicas del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO a fin de asesorar a la Superioridad sobre medidas de manejo y desarrollo de métodos y técnicas de capturas, como así también sobre el uso de equipos y artes de pesca.

3. Asistir en la planificación de la gestión de la política pesquera marítima y en la evaluación de programas y proyectos vinculados con esta actividad.

4. Asistir en la relación con instituciones internacionales vinculadas con la gestión de recursos pesqueros (COMISION TECNICA MIXTA DEL FRENTE MARITIMO, COMISION DE PESCA DEL ATLANTICO SUR, ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA AGRICULTURA Y LA ALIMENTACION, CONSEJO INTERNACIONAL PARA LA EXPLORACION DEL MAR, COMISION OCEANOGRAFICA INTERNACIONAL, COMISION PARA LA ORDENACION DE LOS RECURSOS VIVOS MARINOS ANTARTICOS, COMISION INTERNACIONAL PARA LA CONSERVACION DEL ATUN DEL ATLANTICO, Organizaciones No Gubernamentales, etcétera) para las que existan acuerdos y/o arreglos internacionales.

5. Asistir en la relación con otras dependencias del ESTADO NACIONAL.

6. Asistir a la Dirección Nacional de Planificación Pesquera en las comisiones asesoras sobre el funcionamiento de pesquerías específicas que se encuentran funcionando actualmente (Merluza Negra, Langostino, Calamar, Merluza Común, Vieira, Anchoíta Patagónica, etcétera), como así también en las que pudieran crearse.

7. Evaluar en forma conjunta con la Dirección de Economía Pesquera la viabilidad bioeconómica de los proyectos de pesca experimental que signifiquen una innovación sobre recursos a explotar, áreas y/o artes de captura a emplear.

8. Asistir en la evaluación del Sistema de Administración por Cuotas Individuales Transferibles de Captura.

9. Brindar asesoramiento científico-técnico a las distintas áreas de la SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA sobre los recursos y la gestión de las pesquerías.

e. 20/9 N° 557.784 v. 20/9/2007