Ministerio del Interior

PARTIDOS POLITICOS

Resolución 2207/2007

Sustitúyese el artículo 14 de la Resolución Nº 2023/2007.

Bs. As., 19/9/2007

VISTO el Expediente Nº S02:0011641/2007 del registro de este Ministerio, la Ley Nº 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos, la Resolución Ministerial Nº 2023 del 28 de agosto de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución mencionada en el Visto se regula la distribución de los espacios de radiodifusión para la divulgación de sus discursos por los partidos políticos en el marco de la campaña electoral para la elección de Presidente y Vicepresidente de la Nación y Legisladores Federales a celebrarse el 28 de octubre del corriente año.

Que es conveniente reemplazar lo establecido en su artículo 14 a fin de establecer un canon temporal para garantizar la efectiva utilización de aquellos espacios en los medios radiales y televisivos.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio.

Que el dictado de la presente medida es procedente de acuerdo a la facultad conferida al suscripto por el artículo 43 de la Ley Nº 26.215.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR

RESUELVE:

Artículo 1º — Sustitúyese el artículo 14 de la Resolución del suscripto Nº 2023 del 28 de agosto de 2007, el que queda redactado de la siguiente manera:

"ARTICULO 14º.- La Dirección Nacional Electoral asignará los espacios de forma tal que los partidos, confederaciones o alianzas que hayan oficializado candidaturas reciban un mínimo de espacios equivalente a 90 segundos diarios en radio y 60 segundos diarios en televisión durante 24 días."

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández.