Resolución Conjunta 5/2007

Bs. As., 25/9/2007

VISTOS: La Resolución Conjunta Nro. 2/07 y el artículo 40 del Reglamento del Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público de la Nación, aprobado por Resolución Conjunta Nro. 3/06; y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Conjunta Nro. 2/07 del 31 de agosto del año en curso, se aprobaron las modificaciones al Reglamento del Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público de la Nación, por las que se instrumentó el funcionamiento de la Secretaría Permanente del Ministerio Público Fiscal y la Secretaría Permanente del Ministerio Público de la Defensa.

Que a fin de hacer válidos frente a terceros los artículos del mencionado Reglamento, que fueron modificados, a la luz de la cláusula de vigencia prevista en su artículo 40, que establece que sus normas tendrán vigor el día hábil siguiente a su publicación en el Boletín Oficial, es preciso ordenar que se publicite, por ese medio, la decisión citada en el acápite precedente.

Que, asimismo, ante la instrumentación de las referidas Secretarías, resulta imprescindible establecer su domicilio legal. Por ese motivo, se fija el domicilio de la Secretaría Permanente del Ministerio Público, Fiscal en Avenida de Mayo 760, 3er. piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por otro lado, se establece como domicilio de la Secretaría Permanente del Ministerio Público de la Defensa, el de Avenida Callao 970, 3er. piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por ello,

EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACION

Y

LA DEFENSORA GENERAL DE LA NACION

RESUELVEN:

Artículo 1º — ORDENAR la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución Conjunta Nro. 2/07 del 31 de agosto de 2007.

Art. 2º — ESTABLECER el domicilio de la Secretaría Permanente del Ministerio Público Fiscal en Avenida de Mayo 760, 3er. piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 3º — ESTABLECER el domicilio de la Secretaría Permanente del Ministerio Público de la Defensa en Avenida Callao 970, 3er. piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 4º — Protocolícese, publíquese en el Boletín Oficial y, oportunamente, archívese. — Esteban Righi. — Stella Maris Martínez.