PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 458/2007

Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007.

Bs. As., 26/9/2007

VISTO el Expediente Nº 160.517/2007 del Registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007, aprobado por la Ley Nº 26.198, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 15 de enero de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 757 de fecha 19 de junio de 2007 determinó el incremento del gasto en personal, resultando insuficiente la previsión crediticia vigente para el presente ejercicio.

Que los créditos autorizados para el cumplimiento de las obligaciones de la Ley Nº 25.914 de hijos nacidos en cautiverio o privados de su libertad, han sido afectados en su totalidad en el primer semestre del corriente ejercicio, por lo que se encuentra en suspenso el trámite de un considerable número de expedientes.

Que se debe cancelar parte de la deuda con las provincias por gastos provenientes de los detenidos federales alojados en cárceles provinciales.

Que a los efectos de atender obligaciones en materia de cánones penitenciarios es necesario ampliar los créditos para tal fin.

Que en consecuencia resulta preciso incrementar el presupuesto vigente de la JURISDICCION 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a efectos de posibilitar la atención de los gastos emergentes.

Que la modificación prevista se financiará con el incremento de Recursos con Afectación Específica - Fuente de Financiamiento 13 que se proyecta para el ejercicio en curso.

Que en virtud de lo establecido por el Artículo 9º de la Ley Nº 26.198, corresponde destinar al TESORO NACIONAL el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) de los recursos que financian la ampliación presupuestaria que se tramita por la presente medida.

Que el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º de la Ley Nº 26.198 y por el Artículo 100 incisos 1) y 2) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — El aporte al TESORO NACIONAL dispuesto por el Artículo 1º deberá ser cancelado en cuotas mensuales, iguales y consecutivas a partir del mes siguiente a la fecha del dictado de la presente medida.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Miguel G. Peirano. — Alberto J. B. Iribarne.

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NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar