ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Decreto 1342/2007

Sustitúyese del Anexo III al artículo 3º del Decreto Nº 357/2002 y sus modificatorios —Ambitos Jurisdiccionales— el Apartado XXI correspondiente al Ministerio de Salud. Conformación de un Consejo de Administración para la conducción estratégica y la gestión integral de la administración del Hospital Nacional "Profesor Alejandro Posadas", como organismo descentralizado dependiente de la Secretaría de Políticas, Regulación y Relaciones Sanitarias del Ministerio de Salud. Integración del Consejo de Administración. Presidencia. Deberes y Atribuciones. Designaciones. Retribuciones. Dispónese el cese de la intervención del mencionado Hospital Nacional.

Bs. As., 4/10/2007

VISTO el expediente Nº 2002-5924/07-5 del registro del MINISTERIO DE SALUD, el Presupuesto de la Administración Nacional vigente, aprobado por la Ley Nº 26.198 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 del 15 de enero de 2007, el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero, de 2002 y similares modificatorios y el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por la ley citada en el Visto se sustituyó el artículo 92 de la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672 (t.o. 2005), estableciéndose que el ESTADO NACIONAL continuará con la administración y financiación del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS", organismo descentralizado perteneciente a la órbita de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD.

Que por el Decreto Nº 357/02 y modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de las Unidades Organizativas determinadas en dicho organigrama, como así también la dependencia de los organismos descentralizados.

Que es decisión del Gobierno Nacional profundizar el proceso de fortalecimiento institucional para incrementar la capacidad del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS" en orden a materializar las políticas que el MINISTERIO DE SALUD tiene previstas en materia de provisión de servicios de salud.

Que en tal sentido se propicia constituir al HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS" como centro de Alta Complejidad de referencia nacional, en orden a la obtención de una mejora sustancial en términos de eficiencia y eficacia en la prestación pública de servicios de salud.

Que, en virtud de la complejidad que ello implica, resulta conveniente la conformación de un Consejo de Administración para la conducción estratégica del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS", y la gestión integral de su administración, como organismo descentralizado.

Que asimismo, en concordancia con este objetivo, resulta necesario complementar el accionar del Consejo de Administración con una Dirección Ejecutiva y las correspondientes direcciones de primer nivel operativo, para la eficaz ejecución de las acciones requeridas.

Que en virtud de la conformación de los órganos de dirección mencionados corresponde el cese de la intervención del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS" oportunamente dispuesta.

Que por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional.

Que los señores Miguel Angel HAXHI (M.I. Nº 6.188.753), Luis Adolfo SOLER (M.I. Nº 18.053.050) y Hernando Luis SALA (M.I. Nº 7.761.180) reúnen las exigencias de idoneidad y experiencia necesarias para cubrir el cargo de Vocal del Consejo de Administración del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS".

Que la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD evaluó la idoneidad del DOCTOR Daniel Ricardo FARIAS (M.I. Nº 13.359.774), propuesto por el MINISTRO DE SALUD de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Que el señor Eduardo Alfredo DURO (M.I. Nº 10.107.913) reúne las exigencias de idoneidad y experiencia necesarias para cubrir el cargo de Director Ejecutivo del HOSPITAL NACIONAL ‘"PROFESOR ALEJANDRO POSADAS".

Que los señores Lucrecia Silvia RAFFO (M.I. Nº 13.296.794); Eduardo Hernán LAZCANO (M.I. Nº 18.518.885) y Gustavo Marcelo DI SALVO (M.I. Nº 14.835.989) reúnen las exigencias de idoneidad y experiencia necesarias para cubrir, respectivamente, los cargos de Director de Prestaciones Asistenciales, Director de Administración y Finanzas, Director de Infraestructura, Equipamiento y Servicios Generales del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS".

Que han tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE SALUD y la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y los artículos 6º, 7º, 11 y 88 de la Ley Nº 26.198 de PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 2007.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Sustitúyese del ANEXO III al artículo 3º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, —AMBITOS JURISDICCIONALES—, el Apartado XXI correspondiente al MINISTERIO DE SALUD, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo.

(Nota Infoleg: Ver Decreto N° 1096/2015 B.O. 18/6/2015 por el cual ha quedado modificado el presente Decreto conforme la nueva estructura organizativa de primer nivel operativo del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS")

Art. 2º — El HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS", organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD, estará conducido y administrado por un CONSEJO DE ADMINISTRACION, que tendrá por finalidad la gestión integral de su administración y su planificación estratégica.

Art. 3º — El CONSEJO DE ADMINISTRACION que se crea por el artículo 2º del presente decreto, estará integrado por CUATRO (4) vocales, los que se constituirán, como órgano colegiado, en Autoridades Superiores del organismo, en los términos del Artículo 5º de la Decisión Administrativa Nº 1 del 15 de enero de 2007.

Art. 4º — La Presidencia del CONSEJO DE ADMINISTRACION será ejercida por uno de sus miembros, que será elegido por el titular del MINISTERIO DE SALUD a propuesta del SECRETARIO DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS. El CONSEJO DE ADMINISTRACION sesionará con TRES (3) de sus integrantes correspondiéndole doble voto al Presidente en caso de paridad.

Art. 5º — El CONSEJO DE ADMINISTRACION tendrá los siguientes deberes y atribuciones:

1. Ejercer por medio de su Presidente o quien lo sustituya, la representación legal y dirección del Hospital, ante instituciones públicas y privadas.

2. Administrar el Hospital y dictar las instrucciones y normas necesarias para optimizar su funcionamiento.

3. Articular acciones coordinadas con las distintas jurisdicciones del país, y fortalecer la integración provincial y municipal del Hospital en su lugar de asiento.

4. Elaborar el plan operativo anual y el plan estratégico plurianual que implemente las políticas y estrategias de desarrollo para el funcionamiento del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS" de acuerdo a los principios de equidad, eficiencia y eficacia, conforme los lineamientos definidos en el MINISTERIO DE SALUD.

5. Elevar una propuesta de estructura organizativa a la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD.

6. Administrar los recursos provenientes del Presupuesto Nacional y los bienes del organismo, de acuerdo a la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y reordenar los sistemas presupuestarios, de tesorería y de contabilidad.

7. Proyectar el presupuesto anual de gastos y el cálculo de recursos de acuerdo con el plan operativo y sus programas de actividades.

8. Sin perjuicio de lo establecido por la Ley Nº 24.156 antes mencionada, deberá elevar dentro de los TREINTA (30) días de concluido el ejercicio financiero, la memoria anual, inventario y estados contables financieros de su gestión anterior a la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD.

9. Recibir y entregar bajo inventario los bienes del Hospital.

10. Gestionar el nombramiento del personal y administrar su promoción y desempeño.

11. Promover y gestionar la obtención de recursos y fondos públicos y privados para el cumplimiento de los objetivos del Hospital, aceptar herencias, legados, donaciones u otras liberalidades de cualquier especie. Cuando éstas contuvieren cargos o condiciones deberán someterse a la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION, Y RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD.

12. Asegurar la compatibilización de la gestión con el régimen de Hospital Público de Gestión Descentralizada, establecido por el Decreto Nº 939/00.

13. Promover las relaciones institucionales del Hospital y, en su caso, firmar convenios con organizaciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, para el logro de sus objetivos.

14. Convocar al CONSEJO CONSULTIVO.

15. Crear Comités para el tratamiento de temas específicos.

16. Dictar su reglamento de funcionamiento.

Art. 6º — El CONSEJO DE ADMINISTRACION estará asistido por un Director Ejecutivo de carácter extraescalafonario, que será designado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta del MINISTRO DE SALUD y cuyas funciones serán:

1. Ejecutar las políticas emanadas del CONSEJO DE ADMINISTRACION y coordinar las acciones de las direcciones que le dependen.

2. Asistir al Consejo en todo lo inherente a la prestación de los servicios asistenciales, según pautas de eficiencia, a los efectos de asegurar su eficacia y la adecuación de su funcionamiento a las necesidades de los pacientes y al cumplimiento de los objetivos médicos programados;

3. Elevar al Consejo el anteproyecto de presupuesto del Hospital para la tramitación de su aprobación;

4. Evaluar periódicamente la ejecución presupuestaria, el plan operativo y sus programas de actividades;

5. Proponer al Consejo las normas de funcionamiento y las acciones técnico-administrativas necesarias para el buen funcionamiento del Hospital;

6. Recopilar, elaborar y analizar la información referente a producción y rendimiento del Hospital y evaluar las actividades de los servicios en términos de calidad y cantidad;

7. Proponer al Consejo modificaciones a la estructura orgánica y funcional del hospital;

8. Asistir al Consejo en la aprobación y aplicación del régimen disciplinario del establecimiento;

9. Proponer al Consejo las designaciones, contrataciones y demás movimientos de personal que resulten de sus respectivos regímenes regulatorios.

10. Asistir al Consejo en el desarrollo de planes de mantenimiento hospitalario, así como de los referentes a seguridad;

Art. 7º — Creánse las Direcciones de primer nivel operativo, que ejecutarán las acciones de las Direcciones Asistentes previstas en la Resolución Conjunta del ex MINISTERIO DE SALUD y ACCION SOCIAL, ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA Nº 56 de fecha 30 de junio de 1992, que por este acto quedan sin efecto, conforme el organigrama, responsabilidad primaria y acciones que como Anexos I y II forman parte integrante del presente.

Los Directores de estas unidades tendrán carácter extraescalafonario.

Art. 8º — Apruébase en forma transitoria el Organigrama de aplicación correspondiente a las aperturas inferiores a las creadas en el artículo 7º del presente Decreto, que, como Anexo III forma parte integrante de este Decreto.

Art. 9º — Facúltase al CONSEJO DE ADMINISTRACION del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS" a modificar el Organigrama de aplicación correspondiente a las segundas aperturas, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 10. — Mantiénese la vigencia de lo dispuesto por la Resolución Conjunta del ex MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL, ex MINISTERIO ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA Nº 56 de fecha 30 de junio de 1992, respecto del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS", con excepción de lo específicamente reglado en el presente Decreto.

Art. 11. — El CONSEJO DE ADMINISTRACION podrá constituir un CONSEJO CONSULTIVO que será convocado cuando lo considere conveniente, a fin de solicitarle su asesoramiento con relación a diversas cuestiones relacionadas con la gestión del Hospital, siendo sus dictámenes no vinculantes. Los miembros integrantes del CONSEJO CONSULTIVO desempeñarán sus funciones con carácter ad-honorem. En el caso de tratarse de funcionarios públicos, éstos actuarán sin perjuicio del desarrollo de las tareas propias de sus respectivos cargos.

No podrán integrar el CONSEJO CONSULTIVO quienes ejerzan actividades comerciales relacionadas con el Hospital, proveedores o contratistas del Hospital o quienes por integrarlo pudiesen encontrarse en situación de conflicto de intereses.

Art. 12. — Desígnase al Dr. Miguel Angel HAXHI (M.I. Nº 6.188.753), al Dr. Daniel Ricardo FARIAS (M.I. Nº 13.359.774), al Dr. Luis Adolfo SOLER (M.I. Nº 18.053.050) y al Dr. Hernando Luis SALA (M.I. Nº 7.761.180) como Vocales del Consejo de Administración del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS", con dependencia directa de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD.

Art. 13. — Desígnase al Dr. Eduardo Alfredo DURO (M.I Nº 10.107.913) como Director Ejecutivo del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS", con carácter extraescalafonario, con excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.198.

Art. 14. — Desígnase a la Dra. Lucrecia Silvia RAFFO (M.I. Nº 13.296.794) como Directora de Prestaciones Asistenciales del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS", con carácter extraescalafonario, con excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.198.

Art. 15. — Desígnase al Cont. P.N. Eduardo Hernán LAZCANO (M.I. Nº 18.518.885) como Director de Administración y Finanzas del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS", con carácter extraescalafonario, con excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.198.

Art. 16. — Desígnase al Arq. Gustavo Marcelo DI SALVO (M.I. Nº 14.835.989) como Director de Infraestructura, Equipamiento y Servicios Generales del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS", con carácter extraescalafonario, con excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.198.

Art. 17. — Asígnase al HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS", organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE SALUD, al nivel 2 del régimen establecido en el Decreto Nº 1716 de fecha 15 de septiembre de 1992 y normativa complementaria.

Art. 18. — La retribución de los vocales del Consejo de Administración del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS" será equivalente al NOVENTA POR CIENTO (90%) de la correspondiente al Presidente del CONSEJO DE ADMINISTRACION.

Art. 19. — Fíjanse, en los importes que se indican a continuación, las retribuciones mensuales de las Autoridades Superiores del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS":

CARGO

SUELDO BASICO

DEDICACION FUNCIONAL

FUNCION DIRECTIVA

RETRIBUCION TOTAL

Presidente

1475

1475

3903

6853

Vocal

1328

1328

3512

6168

Art. 20. — Las retribuciones que se fijan por el artículo 19 del presente decreto, son las únicas que percibirán las Autoridades Superiores del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS" salvo las correspondientes al Sueldo Anual Complementario; las Asignaciones Familiares y el Complemento por Responsabilidad del Cargo contemplado en el Decreto Nº 140 de fecha 19 de febrero de 2007.

Art. 21. — La remuneración del Director Ejecutivo será equivalente al Nivel A, Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, y Nivel de Función Ejecutiva I, aprobado por Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995).

Art. 22. — La retribución de los Directores de las direcciones de primer nivel operativo del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS" será equivalente al Nivel A, Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, y Nivel de Función Ejecutiva II, aprobado por Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995).

Art. 23. — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con partidas específicas del presupuesto del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS".

Art. 24. — Cese la intervención del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS".

Art. 25. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Ginés M. González García.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

XXI - MINISTERIO DE SALUD

- Superintendencia de Servicios de Salud.

- Administración de Programas Especiales.

- Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.

SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS

- Instituto Nacional Central Unico Coordinador de Ablación e Implante.

- Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica.

- Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud "Dr. Carlos Malbrán".

- Hospital Nacional "Profesor Alejandro A. Posadas".

SECRETARIA DE PROGRAMAS SANITARIOS

- Hospital Nacional "Baldomero Sommer".

- Colonia Nacional "Dr. Manuel Montes de Oca".

- Servicio Nacional de Rehabilitación.

SUBSECRETARIA DE PROGRAMAS DE PREVENCION Y PROMOCION

- Centro Nacional de Reeducación Social.

- Instituto Nacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur.

ANEXO I

(Anexo sustituido conforme modificación del art. 13 del Decreto N° 1096/2015 B.O. 18/06/2015)

ANEXO II

(Anexo sustituido conforme modificación del art. 13 del Decreto N° 1096/2015 B.O. 18/06/2015)

HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”

UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

MISIONES Y FUNCIONES:

1. Establecer la planificación y elaborar el Plan Anual de Auditoría Interna.

2. Evaluar y asesorar en el cumplimiento de planes y metas, recomendando la corrección de los mismos cuando se produzcan desvíos.

3. Evaluar el desarrollo de los procesos y sistemas, recomendando la actualización y/o adecuación de los circuitos en uso.

4. Controlar el cumplimiento de los principios contables y niveles presupuestarios de la normativa legal vigente con relación a los ingresos y egresos.

5. Producir informes periódicos sobre las auditorías practicadas y comunicar a la autoridad superior y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION acerca de los desvíos que se detecten, con las recomendaciones y/u observaciones que se formulen en cuanto a los cursos de acción a seguir.

6. Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.

HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”

DIRECCIÓN NACIONAL EJECUTIVA

MISIONES Y FUNCIONES:

1. Ejercer la representación legal y dirección del Hospital.

2. Administrar el Hospital y dictar las normas necesarias para optimizar su funcionamiento.

3. Asegurar la buena gobernanza del Hospital promoviendo la equidad de oportunidades, la participación, el pluralismo, la transparencia, la responsabilidad, la idoneidad funcional, el crecimiento profesional, la eficiencia y eficacia en la gestión de los recursos y servicios, y la legalidad.

4. Planificar la administración de los servicios de salud a la población mediante la asistencia médica al paciente, la red como modelo de atención, la infraestructura y la tecnología puestos al servicio del desarrollo y la innovación de la ciencia médica.

5. Promover la mejora de los indicadores de salud en la zona de influencia de la institución médica.

6. Desarrollar acciones que favorezcan la accesibilidad de la ciudadanía al servicio de salud, en el ámbito de su competencia.

7. Asegurar la asistencia al paciente con calidad, precisión y celeridad.

8. Propiciar el desarrollo de una cultura de servicio público y garantía de derechos del ciudadano para acceder a la atención de la salud, de manera integral, equitativa e igualitaria, en el ámbito de su competencia.

9. Mejorar progresivamente los servicios del Hospital a partir del cumplimiento de normas de calidad.

10. Impulsar y vigorizar las actividades docentes y de investigación.

11. Aprobar el plan operativo anual y el plan estratégico plurianual que implemente las políticas y estrategias de desarrollo para el funcionamiento del Hospital, conforme los lineamientos definidos por el MINISTERIO DE SALUD.

12. Asegurar el cumplimiento de la normativa vigente en los procesos y servicios que brinda el Hospital.

13. Articular acciones coordinadas con las distintas jurisdicciones del país, y fortalecer la integración provincial y municipal del Hospital en su lugar de asiento.

14. Establecer las políticas y la aplicación de las normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su desarrollo, las relaciones laborales y la planificación y diseño organizacional.

15. Proyectar el presupuesto anual de gastos y el cálculo de recursos de acuerdo con el plan operativo y sus programas de actividades.

16. Promover y gestionar la obtención de recursos y fondos para el cumplimiento de los objetivos del Hospital, aceptar herencias, legados, donaciones u otras liberalidades de cualquier especie.

17. Efectuar las designaciones, contrataciones y demás movimientos de personal del Hospital.

18. Asegurar la compatibilización de la gestión con el régimen de Hospital Público de Gestión Descentralizada, establecido por el Decreto N° 939/00.

19. Promover las relaciones institucionales del Hospital y, en su caso, firmar convenios con organizaciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, para el logro de sus objetivos.

20. Convocar al CONSEJO CONSULTIVO en los términos del artículo 10 del presente.

21. Crear Comités Hospitalarios, para el tratamiento de temas específicos.

22. Dictar su reglamento de funcionamiento.

HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”

DIRECCIÓN NACIONAL EJECUTIVA

DIRECCIÓN GENERAL DE ASISTENCIA MÉDICA

MISIONES Y FUNCIONES:

1. Proponer la planificación estratégica de sus áreas de competencia.

2. Ejecutar las políticas aprobadas por el DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO, en el ámbito de su competencia.

3. Proponer al DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO las normas de procedimientos profesionales, técnicos y administrativos necesarios para la mejora continua de los procesos de las unidades organizativas que le dependen.

4. Asistir al DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO en la planificación y gestión de la atención médica integral, equitativa e igualitaria de los pacientes que demanden asistencia en el establecimiento.

5. Gestionar la atención médica clínica, quirúrgica y especializada de pacientes que demanden asistencia en el establecimiento, mediante acciones integrales oportunas, brindadas con sentido de equipo de salud en todos los ámbitos y modalidades asistenciales vigentes en el Hospital.

6. Asegurar la prestación de servicios de salud con calidad, precisión y celeridad a fin de satisfacer las expectativas del paciente, la de sus familiares y las del equipo de salud que lo asiste en el establecimiento.

7. Planificar, organizar y dirigir las acciones de promoción, recuperación y rehabilitación de la salud, así como la de prevención de enfermedades a cargo del personal que ejerce la profesión de enfermería en el Hospital.

HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”

DIRECCIÓN NACIONAL EJECUTIVA

DIRECCIÓN GENERAL DE REDES DE SALUD:

MISIONES Y FUNCIONES:

1. Proponer la planificación estratégica de sus áreas de competencia.

2. Ejecutar las políticas aprobadas por el DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO, en el ámbito de su competencia.

3. Proponer al DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO las normas de procedimientos profesionales, técnicos y administrativos necesarios para la mejora continua de los procesos de las unidades organizativas que le dependen.

4. Asistir al DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO en la articulación con organismos e instituciones y los distintos actores con los que se relaciona el Hospital, promoviendo el acceso a la atención integral de sus pacientes.

5. Garantizar la atención de calidad y el buen trato para el paciente y su familia.

6. Gestionar la integración de redes de servicios de salud con otros establecimientos asistenciales públicos y/o privados debidamente habilitados, en el ámbito de su competencia.

HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”

DIRECCIÓN NACIONAL EJECUTIVA

DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES:

MISIONES Y FUNCIONES:

1. Coordinar la formulación, desarrollo y ejecución de las políticas de relaciones institucionales del Organismo.

2. Promover el intercambio institucional, médico y docente, y la generación de posibles convenios de cooperación con instituciones del ámbito nacional e internacional.

3. Instrumentar un informe anual de gestión del Hospital para consideración del DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO.

4. Coordinar el funcionamiento del área de atención al paciente, derivando los reclamos pertinentes a sus respectivas áreas.

5. Elaborar los informes y presentaciones que requiera el DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO.

6. Impulsar la difusión de las metas y actividades del Hospital procurando establecer vínculos con otras instituciones fortaleciendo el intercambio médico e institucional.

HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”

DIRECCIÓN NACIONAL EJECUTIVA

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO

MISIONES Y FUNCIONES:

1. Proponer la planificación estratégica de sus áreas de competencia.

2. Ejecutar las políticas aprobadas por el DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO, en el ámbito de su competencia.

3. Proponer al DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO las normas de procedimientos profesionales, técnicos y administrativos necesarios para la mejora continua de los procesos de las unidades organizativas que le dependen.

4. Elevar al DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO la propuesta de planificación estratégica y operativa en materia de infraestructura hospitalaria e innovación tecnológica médica.

5. Fortalecer las condiciones de confort y seguridad en el establecimiento.

6. Proponer e implementar nuevas tecnologías de gestión hospitalaria.

HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”

DIRECCIÓN NACIONAL EJECUTIVA

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS HOSPITALARIOS

MISIONES Y FUNCIONES:

1. Proponer la planificación estratégica de sus áreas de competencia.

2. Ejecutar las políticas aprobadas por el DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO, en el ámbito de su competencia.

3. Proponer al DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO las normas de procedimientos profesionales, técnicos y administrativos necesarios para la mejora continua de las tareas de las unidades organizativas que le dependen.

4. Elevar al DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO la propuesta de planificación estratégica y operativa en materia de servicios generales hospitalarios del establecimiento.

5. Gestionar las áreas encargadas de proveer los servicios de higiene y alimentación del Hospital.

HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”

DIRECCIÓN NACIONAL EJECUTIVA

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

MISIONES Y FUNCIONES:

1. Proponer la planificación estratégica de sus áreas de competencia.

2. Ejecutar las políticas aprobadas por el DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO en el ámbito de su competencia.

3. Proponer al DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO las normas de procedimientos profesionales, técnicos y administrativos necesarios para la mejora continua de los procesos de las unidades organizativas que le dependen.

4. Elevar al DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO el anteproyecto de presupuesto del Hospital para la tramitación de su aprobación.

5. Supervisar los procesos administrativos para el abastecimiento del Hospital.

6. Evaluar periódicamente la ejecución presupuestaria, el plan operativo y los programas de actividades del Hospital.

7. Administrar los recursos económico-financieros del Hospital conforme a los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

8. Elevar al DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO la memoria anual, inventario y estados contables financieros de su gestión.

HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”

DIRECCIÓN NACIONAL EJECUTIVA

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

MISIONES Y FUNCIONES:

1. Proponer la planificación estratégica de los recursos humanos del Hospital.

2. Gestionar las relaciones laborales y sindicales del Hospital.

3. Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al personal del Hospital, su carrera administrativa, su desarrollo, y la planificación y diseño organizacional.

4. Entender, intervenir y proponer las modificaciones a la estructura orgánica y funcional del Hospital, diseño de perfiles y procesos.

5. Entender en las políticas de ingreso y selección de personal, sus designaciones, contrataciones y demás movimientos de personal del Hospital.

6. Planificar y promover la permanente actualización y formación del personal especializado que se desempeña en el Hospital.

7. Planificar capacitaciones, perfeccionamientos y actualizaciones para el personal del Hospital.


ANEXO III

CONSEJO DE ADMINISTRACION

Departamento Coordinación e Investigación

(ex Coordinación de Docencia e Investigación)

- Biblioteca Central

- Bioterio

- Coordinación de Docencia e Investigación

- Residencias

División Secretaría General

DIRECCION EJECUTIVA

Departamento Legal

(ex Asesoría Legal)

- Comisión de Auditoría Médica

- Servicio Religioso

- Comité Asesor Técnico Administrativo

Departamento de Personal

- Sec. Reconocimiento Médico

Departamento sistemas de información

(ex Departamento de Estadísticas)

Coordinación de Docencia e Inv. Bioética

Departamento de Articulación en redes

(ex Area Programática)

Departamento de Enfermería

- Area Asistencial

- Escuela de Enfermería

Dirección de Infraestructura, Equipamiento y Servicios Generales

(Departamento de Mantenimiento y Servicios Generales)

- División Servicios Generales

- División Mantenimiento.

(ex División de Termoelectromecánica)

Sección de Gases Medicinales (Sección incorporada por art. 1° de la Resolución N° 252/2012 del CONSEJO DE ADMINISTRACION DEL HOSPITAL NACIONAL PROFESOR ALEJANDRO POSADAS B.O. 23/3/2012 dependiente de la División Termoelectromecánica)

Departamento de Alimentación

- Cocina

- Internación

- Lactario

- Programa Nutricional

Dirección de Administración y Finanzas

(ex Dirección Asistente Administrativo Contable)

Departamento de Contaduría

- División Liquidación de Gastos

- División Movimientos y Facturación

- División Presupuesto

- División Rendición de Cuentas

Departamento de Contrataciones

- Cobranzas

Departamento de Liquidación de Sueldos

División Liquidación de Sueldos

Departamento de Recuperación de Costos

(ex Departamento de Facturación)

Departamento de Patrimonio

- Inventario Permanente

Departamento de Suministros

- División Suministros y Depósito

Departamento de Tesorería

Caja

- Registraciones

- Tesorería

División Despacho

Dirección de Prestaciones Asistenciales

(ex Dirección de Atención Médica)

Departamento Clínico

- Clínica Médica

Inmunología

Neumonología

Reumatología

Infectología

- Cardiología

Hemodinamia

- Dermatología

- Endocrinología

Nutrición

- Gastroenterología

Digestivo

Vías Biliares

- Hematología

- Medicina Física y Rehabilitación

Fonoaudiología

Kinesiología

- Nefrología

Diálisis

- Neurología

- Oncología

- Psiquiatría

- Psicología

- Reumatología

- Servicio de medicina Legal

Sección de Medicina Legal (Sección incorporada por art. 1° de la Resolución N° 201/2011 del CONSEJO DE ADMINISTRACION DEL HOSPITAL NACIONAL PROFESOR ALEJANDRO POSADAS B.O. 8/6/2011 dependiente de la Dirección de Prestaciones Asistenciales)

- Coordinación de la Unidad de Gestión de Internación (Coordinación incorporada por art. 1° de la Resolución N° 976/2013 del CONSEJO DE ADMINISTRACION DEL HOSPITAL NACIONAL PROFESOR ALEJANDRO POSADAS B.O. 24/6/2013 dependiente de la Dirección de Prestaciones Asistenciales)

- Departamento Materno Infantil

Adolescencia

- Obstetricia

Embarazo Normal

Embarazo de Alto Riesgo

- Neonatología

- Pediatría

Cardiología Infantil

Cirugía Infantil

Crecimiento y Desarrollo

Gastroenterología Infantil y Nutrición

Hemato - Oncología Pediátrica

Neumonología Infantil

Terapia Intensiva Pediátrica

Departamento Quirúrgico

- Anestesiología y Dolor

Dolor y Ambulatorio

- Cirugía General

Aparato Digestivo y Paredes

Cabeza y Cuello

Cirugía Plástica

Cirugía Vascular

Proctología

Kinesiología

- Ginecología

Fecundidad

Patología Cervical

Patología Mamaria

- Neurocirugía

- Odontología

Odontología Adultos

Odontología Infantil

- Oftalmología

- Ortopedia y Traumatología

Artroplastía

- Otorrinolaringología

- Urología

Esterilidad

Coordinación de Consultorios Externos

Coordinación de Cuidados Intensivos

Terapia Intensiva de Adultos

Unidad Coronaria

Coordinación de Emergencias

Urgencias

Departamento de Diagnóstico y Tratamiento

(ex Dirección Asistente de Servicios Centralizados)

- Anatomía Patológica

Citología

Morgue

Patología

Genética

- Endoscopía

- Exámenes Especiales

Electrodiagnóstico

Electroencefalografía

Funcional Respiratorio

- Hemoterapia

- Laboratorio

Bioquímica Bacteriológica

Bioquímica Clínica

Bioquímica de Emergencia

Bioquímica Estudios Especiales

Bioquímica Hematológica

- Medicina Nuclear

- Toxicología

Toxicomanías y Farmacovigilancia

- Medicina laboral

- Diagnóstico por imágenes (ex radiología)

Alta Complejidad

Emergencias

Estudios Especiales

Radiología General

Radiología Pediátrica

Departamento de Servicio Social

- Acción Social

- Prevención en Salud

Coordinación del Centro Quirúrgico

Departamento Coordinación de Atención al Paciente

(ex Dto. Coordinación Atención Domiciliaria)

Servicio Farmacia

- Despacho

- Laboratorio

Servicio de Esterilización y Central de Materiales

- Despacho y Esterilización

- Procesamiento