MINISTERIO DE DEFENSA

Resolución 1480/2007

Creáse el "Sistema de Evaluación y Control de Ejecución de Planes, Programas y Proyectos de Investigación y Desarrollo para la Defensa".

Bs. As., 24/9/2007

VISTO la Ley Nº 25.467 y el Decreto Nº 788 del 25 de junio de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 25.467 (SISTEMA NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION) resulta imprescindible la reorganización del Sistema de Ciencia y Tecnología para la Defensa.

Que, en este sentido, por el Decreto Nº 788 del 25 de junio de 2007, se modificó la estructura organizativa del MINISTERIO DE DEFENSA en general creándose la SUBSECRETARIA DE INNOVACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA dependiente de la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO y aprobando los objetivos que debe cumplir la misma.

Que, por los citados objetivos, se instruye al Subsecretario de Innovación Científica y Tecnológica a asistir al Secretario de Planeamiento en la formulación de políticas, planes, programas, medidas e instrumentos para el establecimiento, puesta en marcha y funcionamiento de un Sistema Científico y Tecnológico para la Defensa.

Que, asimismo, el Subsecretario de Innovación Científica y Tecnológica debe asistir al Secretario de Planeamiento en la definición y en el control de la ejecución de los planes, programas y proyectos de investigación y desarrollo para la defensa, que realicen los institutos y organismos, del área del MINISTERIO DE DEFENSA y de las Fuerzas Armadas, coordinando las acciones que aseguren la continuidad y el control de gestión de los mismos.

Que, además es el responsable de la elaboración de la propuesta del capítulo sectorial del PLAN NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA E INNOVACION, según lo define el artículo 9º, inciso a) de la Ley Nº 25.467, en articulación con la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.

Que la Defensa Nacional tiene en la órbita del MINISTERIO DE DEFENSA una serie de organismos y otras organizaciones con diferentes dependencias, dedicados a las actividades de Investigación y Desarrollo para la Defensa, que actúan en forma coordinada, sólo a través de la presupuestación para su funcionamiento y la administración de su Personal Científico.

Que, por lo expuesto, es necesario generar las unidades y los sistemas técnicos y administrativos que permitan cumplimentar los objetivos precitados, creando, en la órbita del MINISTERIO DE DEFENSA, los procedimientos y las coordinaciones que permitan brindar la apoyatura que se requiere.

Que, además, los planes, programas y proyectos de Investigación y Desarrollo del ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA deben estar en concordancia con los planes de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA que concentra las actividades de investigación y desarrollo del Estado Nacional.

Que es necesario crear el "Sistema de Evaluación y Control de Ejecución de Planes, Programas y Proyectos de Investigación y Desarrollo para la Defensa", a fin de aprobar el planeamiento estratégico y establecer los criterios y medios para la evaluación, financiamiento y ejecución de todos los proyectos de desarrollo tecnológico que surjan de las necesidades expuestas por el instrumento militar y el propio MINISTERIO DE DEFENSA que funcionará bajo la conducción de la SUBSECRETARIA DE INNOVACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA dependiente de la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO.

Que, el desarrollo de proyectos no debe subsidiar la existencia de las instituciones ligadas al desarrollo tecnológico de las Fuerzas Armadas, sino que deben ser los proyectos los que ordenen y justifiquen la existencia de las citadas instituciones del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que, por tal motivo, y en el marco del "Sistema de Evaluación y Control de Ejecución de Planes, Programas y Proyectos de Investigación y Desarrollo para la Defensa" es necesario diseñar un "Programa de Financiamiento de Proyectos de Investigación y Desarrollo para la Defensa", en la órbita de la SUBSECRETARIA DE INNOVACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA, para la promoción del desarrollo tecnológico a través de la selección de los proyectos por concurso, con evaluación técnica y de pertinencia, y monitoreo periódico en base a las políticas, objetivos y prioridades definidos para el MINISTERIO DE DEFENSA por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que, a fin de proveer la apoyatura técnica y administrativa que se necesita para el correcto funcionamiento del "Sistema de Evaluación y Control de Ejecución de Planes, Programas y Proyectos de Investigación y Desarrollo para la Defensa", es necesaria la creación de la COORDINACION DE EVALUACION Y CONTROL DE PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACION Y DESARROLLO DE LA DEFENSA en la órbita de la SUBSECRETARIA DE INNOVACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA.

Que por otra parte, el Subsecretario de Innovación Científica y Tecnológica es responsable de la gestión, elaboración y concreción, con otros países, de programas, tratados, acuerdos y convenios de cooperación bilateral científica y tecnológica de empresas y organismos de investigación y desarrollo del MINISTERIO DE DEFENSA, como así también de coordinar las reuniones bilaterales sobre Ciencia y Tecnología programadas según los convenios vigentes.

Que, para brindar la apoyatura técnica y administrativa requerida, es necesario crear la COORDINACION DE CONVENIOS BILATERALES DE DESARROLLO CIENTIFICO– TECNOLOGICO en la órbita de la SUBSECRETARIA DE INNOVACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA.

Que, debido a que las coordinaciones creadas por la presente Resolución, entrarán en funcionamiento inmediatamente, es imprescindible la asignación de funciones a los agentes de planta permanente que realizarán las tareas de coordinación.

Que lo dispuesto en la presente medida no implica erogación para el presupuesto de la jurisdicción.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la suscripta es competente para el dictado de la presente Resolución en virtud del artículo 4º de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias y sus complementarios.

Por ello,

LA MINISTRA DE DEFENSA

RESUELVE:

Artículo 1º — Créase el "Sistema de Evaluación y Control de Ejecución de Planes, Programas y Proyectos de Investigación y Desarrollo para la Defensa", que será coordinado por la SUBSECRETARIA DE INNOVACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA de la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO, con el fin de asegurar la coherencia de los citados planes, programas y proyectos en el ámbito de la Jurisdicción Ministerial.

Este Sistema deberá garantizar, mediante la presentación de informes y evaluaciones técnicas periódicas, la calidad científica y tecnológica de los planes, programas y proyectos de Investigación y Desarrollo y su concordancia con las directivas y políticas establecidas por el Gobierno Nacional para la Defensa.

Art. 2º — Apruébase, en el marco del "Sistema de Evaluación y Control de Ejecución de Planes, Programas y Proyectos de Investigación y Desarrollo para la Defensa" creado por el artículo anterior, el "Programa de Financiamiento de Proyectos de Investigación y Desarrollo para la Defensa".

Este programa permitirá la asignación de fondos de la Subjurisdicción MINISTERIO DE DEFENSA a proyectos de Investigación y Desarrollo propuestos por los distintos organismos de la Jurisdicción Ministerial. Dichos proyectos serán evaluados por comisiones de expertos designados ad hoc y aprobados por el Subsecretario de Innovación Científica y Tecnológica de acuerdo con las bases de convocatoria que el citado Subsecretario fijará oportunamente.

Art. 3º — Créase la COORDINACION DE EVALUACION Y CONTROL DE PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACION Y DESARROLLO DE LA DEFENSA en la órbita de la SUBSECRETARIA DE INNOVACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA.

Art. 4º — Serán funciones de la COORDINACION DE EVALUACION Y CONTROL DE PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACION Y DESARROLLO DE LA DEFENSA las que se detallan en el Anexo I que forma parte de la presente Resolución.

Art. 5º — Asígnase funciones de Coordinador de la COORDINACION DE EVALUACION Y CONTROL DE PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACION Y DESARROLLO DE LA DEFENSA al agente (Nivel B Grado 8) Ing. Juan Antonio Eugenio FACIO (L.E. 5.175.354).

Art. 6º — Desígnase representante alterno de la Ministra de Defensa ante el Gabinete Científico y Tecnológico (GACTEC), creado por la Ley Nº 25.467 (Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación) al Subsecretario de Innovación Científica y Tecnológica.

Art. 7º — Desígnanse al Subsecretario de Innovación Científica y Tecnológica y al Jefe del Departamento de Ciencia y Tecnología de la citada Subsecretaría, como representantes del MINISTERIO DE DEFENSA en la Comisión de Gestión creada entre el MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA y el MINISTERIO DE DEFENSA por el Convenio Marco de Cooperación MD Nº 23 de fecha 3 de julio de 2007.

Art. 8º — Créase la COORDINACION DE CONVENIOS BILATERALES DE DESARROLLO CIENTIFICO–TECNOLOGICO en la órbita de la SUBSECRETARIA DE INNOVACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA de la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO.

Art. 9º — Serán funciones de la COORDINACION DE CONVENIOS BILATERALES DE DESARROLLO CIENTIFICO–TECNOLOGICO las que se detallan en el Anexo II que forma parte de la presente Resolución.

Art. 10. — Asígnase la función de coordinadora de la COORDINACION DE CONVENIOS BILATERALES DE DESARROLLO CIENTIFICO –TECNOLOGICO a la agente (Nivel B Grado 6) Dra. María Cecilia ALONSO (DNI Nº 13.017.516).

Art. 11. — Las definiciones operacionales del "Sistema de Evaluación y Control de Ejecución de los Planes, Programas y Proyectos de Investigación y Desarrollo para la Defensa" y del "Programa de Financiamiento de Proyectos de Investigación y Desarrollo para la Defensa", serán dispuestas por el Subsecretario de Innovación Científica y Tecnológica.

Art. 12. — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Nilda Garré.

———

NOTA: Los Anexos de la presente Resolución no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar