MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 15/07

REGIMEN DE ORIGEN DEL MERCOSUR

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 41/03 del Consejo del Mercado Común, la Resolución Nº 37/04 del Grupo Mercado Común y la Directiva Nº 03/06 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.

CONSIDERANDO:

Que la Resolución GMC Nº 37/04, al reglamentar los Artículos 1º y 2º de la Decisión CMC Nº 41/ 03, previó la elaboración de una lista por país en la cual se indicaría la fecha en la que cada producto alcanzará el nivel de preferencia de 100%, sin límites cuantitativos, en los cuatro Estados Parte del MERCOSUR con relación a cada uno de los Países Andinos.

LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

Art. 1 — Apruébese la lista de ítems arancelarios prevista en el Artículo 6º de la Resolución GMC Nº 37/04 que figura como Anexo y forma parte de la presente Directiva.

Art. 2 — Derógase la Directiva CCM Nº 03/06.

Art. 3 — Solicitar a los Estados Parte que instruyan a sus respectivas Representaciones ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), para que protocolicen la presente Directiva en el marco del Acuerdo de Complementación Económica Nº 18, en los términos establecidos en la Resolución GMC Nº 43/03.

Art. 4 — Los Estados Parte deberán incorporar la presente Directiva a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del 30/XI/07.

XCV CCM - Montevideo, 06/IX/07

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NOTA: El Acta y los Anexos de la XCV Reunión Ordinaria de la Comisión de Comercio del Mercosur, celebrada los días 4 al 6 de septiembre de 2007, en la Ciudad de Montevideo, pueden ser consultadas en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires), en www.boletinoficial.gov.ar y en el sitio de Internet de la Dirección Nacional de Asuntos Económicos Comerciales del Mercosur.

e. 5/11 Nº 562.372 v. 5/11/2007