MERCOSUR/GMC/RES Nº 26/07
REGLAMENTO INTERNO DEL FORO CONSULTIVO DE MUNICIPIOS, ESTADOS
FEDERADOS, PROVINCIAS Y DEPARTAMENTOS DEL MERCOSUR
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Decisión Nº 41/04 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que el FCCR fue creado con la finalidad de estimular el diálogo y la cooperación entre las autoridades de nivel municipal, estadual, provincial y departamental de los Estados Parte.
Que es necesario establecer normas que regulen el funcionamiento interno del FCCR y su articulación con otros órganos del MERCOSUR, a cuyos efectos el Foro elevó la propuesta de Reglamento Interno.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1 — Aprobar el "Reglamento Interno del Foro Consultivo de Municipios, Estados Federados, Provincias y Departamentos del MERCOSUR", que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 — Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Parte, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
LXIX GMC – Montevideo, 27/IX/07
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NOTA: El Acta y los Anexos de la LXIX Reunión Ordinaria del Grupo Mercado Común, celebrada entre los días 26 y 27 de septiembre de 2007, en la Ciudad de Montevideo pueden ser consultadas en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires), en www.boletinoficial.gov.ar y en el Sitio de Internet de la Dirección Nacional de Asuntos Económicos Comerciales del Mercosur.
e. 5/11 Nº 562.373 v. 5/11/2007