PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 575/2007

Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007.

Bs. As., 8/11/2007

VISTO el Expediente Nº 1491/2007 del Registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION (COMFER), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007 aprobado por la Ley Nº 26.198 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 15 de enero de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 9º de la Ley Nº 26.198 contempla los supuestos y condiciones en los que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá disponer ampliaciones en los créditos presupuestarios de los organismos descentralizados y su correspondiente distribución, financiados con incrementos en los recursos propios provenientes de estas últimas.

Que la Entidad 102 - COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION (COMFER), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION, solicitó ampliar los créditos presupuestarios asignados al Ejercicio 2007, para afrontar el gasto que demanda la continuidad y ampliación del Convenio de Colaboración y Asistencia Técnica con la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL —FACULTAD REGIONAL BUENOS AIRES—, en virtud de la adecuación del cálculo de recursos, con el fin de incorporar los mayores ingresos producidos por el aumento en la recaudación del gravamen a la radiodifusión, como consecuencia del crecimiento de la actividad económica sectorial.

Que el cumplimiento del convenio mencionado, permite optimizar el proceso de fiscalización de emisiones de radiodifusión en todo el país, al tiempo de cumplimentar con lo requerido por el PODER JUDICIAL DE LA NACION, respecto de la colaboración para la realización de la auditoría de medios radiales y televisivos vinculada a la propaganda de los partidos políticos, alianzas y confederaciones con motivo de la campaña para las elecciones presidenciales y legislativas nacionales del próximo 28 de octubre.

Que el Artículo 9º de la Ley Nº 26.198 impone la obligación de aportar al Tesoro Nacional el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) de la mayor recaudación que se incorpore al presupuesto vigente al amparo del mismo.

Que asimismo debe determinarse el destino del incremento de recursos en cabeza del Tesoro Nacional, producto del aumento que se propicia en el rubro Contribuciones Figurativas.

Que la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION (COMFER) ha emitido el pertinente dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas al señor Jefe de Gabinete de Ministros por el Artículo 9º de la Ley Nº 26.198.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — El aporte al Tesoro Nacional dispuesto por el Artículo 1º deberá ser cancelado en cuotas iguales y consecutivas a partir del mes siguiente a la fecha del dictado de la presente medida.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Miguel G. Peirano.

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NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar