Comisión Nacional de Trabajo Agrario

SALARIOS

Resolución 63/2007

Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en las tareas de cosecha de papas, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional Nº 5, para la provincia de Córdoba.

Bs. As., 14/11/2007

VISTO, el expediente Nº 1.205.399/07 del Registro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y

CONSIDERANDO:

Que en el citado expediente la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 5 eleva una propuesta de remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la Cosecha de Papa, para la Provincia de CORDOBA.

Que considerada la mencionada propuesta y analizados los antecedentes respectivos, las representaciones sectoriales consideran proceder a implementar una adecuación en las remuneraciones mínimas.

Que habiendo coincidido las representaciones sectoriales en cuanto al monto de las remuneraciones, con el voto negativo de los representantes de CONINAGRO y FEDERACION AGRARIA ARGENTINA, debe procederse a su determinación.

Que en consecuencia, corresponde hacer uso de las facultades conferidas por el artículo 86 del Régimen Nacional de Trabajo Agrario, anexo a la Ley 22.248.

Por ello;

LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

RESUELVE:

Artículo 1º — Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en las tareas de COSECHA DE PAPAS, las que tendrán vigencia a partir del 1º de noviembre de 2007, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 5, para la Provincia de CORDOBA, serán las siguientes:

Art. 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — José M. Iñíguez. — Mario Burgueño Hoesse. — Alfredo Megna. — Abel F. Guerrieri. — Guillermo Giannasi. — Miguel A. Giraudo. — Ricardo Grimau. — Jorge Herrera. — Oscar H. Gil.