SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 719/2007

Suspéndense los efectos de la Resolución Nº 287/2007.

Bs. As., 1/11/2007

VISTO la Resolución Nº 287/2007 del Registro de esta Superintendencia de Servicios de Salud; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución citada en el VISTO se dispuso la aprobación del Instructivo que los Agentes del Seguro de Salud deben utilizar para suministrar información sobre el consumo de medicamentos de su población beneficiaria.

Que la mencionada norma prevé plazos de remisión de la información, a través del sistema de registración que impone el artículo 2º del referido acto administrativo, es decir, por intermedio de la página web del Organismo.

Que razones operativas de esta Superintendencia de Servicios de Salud hacen necesario disponer la suspensión de los efectos de la norma en cuestión, y por ende posponer el envío de información por parte de las obras sociales.

Que el plazo de tal suspensión debe vincularse con la solución a las dificultades operativas planteadas, estimándose dicha solución en el término de noventa (90) días.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos 1615/96, 96/06 y 131/06.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1º — Suspéndase los efectos de la Resolución Nº 287/2007 del Registro de esta Superintendencia de Servicios de Salud.

Art. 2º — La suspensión dispuesta por el artículo 1º de esta Resolución se mantendrá por el plazo de noventa (90) días.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese. — Héctor A. Capaccioli.