MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 16/07

ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO

POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución Nº 69/00 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la CCM analizó las solicitudes presentadas por la República Federativa del Brasil sobre reducción arancelaria temporal por imposibilidad de abastecimiento normal y fluido.

Que la CCM aprobó la reducción arancelaria solicitada.

LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR

APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

Art. 1 - Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC Nº 69/00 la rebaja arancelaria solicitada por la República Federativa del Brasil para el siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:

NCM 7208.51.00 " - - Placas espesas de acero carbono de espesor de 22,2 mm y 25,4 mm, según la norma API 5L - X65 - PSL2 con los requisitos para cumplir con la prueba de resistencia a la corrosión ácida según norma, NACE - TM 0284, solución prueba nivel A de la norma NACE - TM 0177"

Cantidad: 25.000 toneladas

Plazo: 12 meses

Alícuota: 2%

Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurídico interno de la República Federativa del Brasil. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 31/X/07.

XCVI CCM - Montevideo, 11/X/07

———

NOTA: El Acta y los Anexos de la XCVI Reunión Ordinaria de la Comisión de Comercio del Mercosur, celebrada los días 9 al 11 de octubre de 2007, en la Ciudad de Montevideo, pueden ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional - Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en www.boletinoficial.gov.ar y en el sitio de internet de la Dirección Nacional de Asuntos Económicos Comerciales del Mercosur.

e. 23/11 Nº 564.495 v. 23/11/2007