MINISTERIO DEL INTERIOR

Resolución Nš 2801/2007

Bs. As., 15/11/2007

VISTO el Expediente Nš S02:0023376/06, cuerpos I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII, del registro de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario para la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA contratar la adquisición de prendas de equipo y uniformes para proveer al personal de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.

Que en tal sentido, las DIRECCIONES DEL MATERIAL y DE ADMINISTRACION FINANCIERA de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, elaboraron el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, conforme a las pautas de los Decretos Nš 436 del 30 de mayo de 2000 y Nš 1023 del 13 de agosto de 2001 modificado por los Decretos Nš 666 del 20 de marzo de 2003 y Nš 204 del 19 de febrero de 2004.

Que dicho Pliego fue aprobado mediante la Resolución Nš 96 del 4 de mayo de 2007 del registro de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR.

Que en función de dicha Resolución se llevó a cabo la Licitación Pública Nš 15/07 de "Etapa Unica Nacional" del registro de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, en los alcances de los artículos 20 inciso a), 21 incisos a) y c), 22 inciso c), 30, 32 y 34 del "Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional" aprobado por Decreto Nš 436/00 y los artículos 25 inciso a) apartado 1 y 26 inciso a) apartado 1 e inciso b) apartado 1 del "Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional" aprobado por Decreto Nš 1023/01 y sus modificatorios.

Que dando cumplimiento a lo previsto en los artículos 5š y 14 del Anexo del Decreto Nš 436/00, se agregan constancias de la remisión de invitaciones a la CAMARA ARGENTINA DE COMERCIO, a la CAMARA INDUSTRIAL ARGENTINA DE LA INDUMENTARIA, a la ASOCIACION DE INDUSTRIALES TEXTILES ARGENTINOS, a la UNION ARGENTINA DE PROVEEDORES DEL ESTADO y a las empresas para participar en el presente llamado, del envío del requerimiento de publicación a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y de la convocatoria y circular aclaratoria I a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES para su difusión en Internet, como así también constancia de la publicación de apertura de actos licitarios exhibida en la cartelera de acceso público obrante en la DIVISION CONTRATACIONES de la DIRECCION DE ADMINISTRACION FINANCIERA de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.

Que en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Nš 79 del 5 de agosto de 2005 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, se elevó al citado Organismo, la solicitud de "Precio Testigo", siendo contestada la misma mediante la NOTA SIGEN Nš 2578/06 GNyPE conteniendo la Orden de Trabajo Nš 337/07 según constancias que obran de fojas 1396/1401.

Que analizado el informe producido por el Organismo citado precedentemente en el cual se determinó un valor de referencia para algunos renglones componentes del Pliego de Bases y Condiciones, se desprende que lo cotizado como menor precio en la oferta correspondiente a "MACRITEX S.A." para el renglón Nš 27, "CUEROVAL S.R.L." el renglón Nš 39, "MARIA CATALINA MEDINA" los renglones Nros. 03, 32, 33 y 34, "INDUMENTARIA SOLEDAD S.R.L." los renglones Nros. 01, 10, 12, 13, 15, 28, 29 y 31, "SABADO URSI S.A." el renglón Nš 02, "FABIANO CONFECCIONES S.R.L." el renglón Nš 06 y "VICLA S.A." el renglón Nš 26, se hallan por encima del DIEZ POR CIENTO (10%) del valor indicado mediante la Orden de Trabajo mencionada precedentemente.

Que a fin de cumplimentar lo establecido en el Anexo I - Punto IV de la Resolución Nš 79/05, por notas glosadas a fojas 1428/1435 se solicitó a las Firmas aludidas una mejora de oferta, obteniéndose una bonificación con entrega de mayor cantidad de prendas por parte de "VICLA S.A.", "MARIA CATALINA MEDINA", "SABADO URSI S.A.", "MACRITEX S.A.", "CUEROVAL S.R.L.", "INDUMENTARIA SOLEDAD S.R.L.", "FABIANO CONFECCIONES S.R.L.", "CONFECCIONES MARDIN S.A." y "TORELLO HERMANOS S.A.".

Que en función de lo establecido en la Resolución General Nš 1814 del 11 de enero de 2005 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, "VANVOR Y OTTONE S.R.L.", "MACRITEX S.A.", "CONFECCIONES MARDIN S.A.", "SABADO URSI S.A.", "CUEROVAL S.R.L.", "MARIA CATALINA MEDINA", "INDUSTRIAS FEMAR S.R.L.", "INDUMENTARIA SOLEDAD S.R.L.", "FABIANO CONFECCIONES S.R.L.", "BORCAL S.A.I.C.", "TORELLO HERMANOS S.A.", "CONFECCIONES JOSE CONTARTESE y CIA. S.R.L." y "A Y M D’ESPOSITO S.R.L." presentaron sus respectivas constancias de habilitación. (Certificado Fiscal para Contratar).

Que la COMISION EVALUADORA mediante el Dictamen de Evaluación Nš 73 del 31 de julio de 2007 glosado a fojas 1487/1506 se expidió sugiriendo preadjudicar a "VANVOR Y OTTONE S.R.L." (oferta Nš 1) el renglón Nš 35 por menor precio; "MACRITEX S.A." (oferta Nš 2) los renglones Nros. 04 y 09 por única oferta valedera, "CONFECCIONES MARDIN S.A." (oferta Nš 5) los renglones Nros. 17, 20 y 21 por menor precio, "SABADO URSI S.A." (oferta Nš 6) los renglones Nros. 40, 42 y 43 por menor precio, el renglón Nš 14 por única oferta valedera y los renglones Nros. 08 y 37 por única oferta, "CUEROVAL S.R.L." (oferta Nš 7) el renglón Nš 07 por menor precio, "MARIA CATALINA MEDINA" (oferta Nš 8) el renglón Nš 30 por mejor oferta valedera y el renglón Nš 38 por menor precio, "INDUSTRIAS FEMAR S.R.L." (oferta Nš 9) los renglones Nros. 36 y 41 por menor precio, "INDUMENTARIA SOLEDAD S.R.L." (oferta Nš 11) los renglones Nros. 16 y 19 por única oferta valedera, "FABIANO CONFECCIONES S.R.L." (oferta Nš 12) los renglones Nros. 23 y 24 por menor precio y el renglón Nš 18 por única oferta, "BORCAL S.A.I.C." (oferta Nš 14) el renglón Nš 25 por única oferta valedera, "TORELLO HERMANOS S.A." (oferta Nš 16) el renglón Nš 22 por menor precio, "CONFECCIONES JOSE CONTARTESE y CIA. S.R.L." (oferta Nš 17) el renglón Nš 05 por menor precio y "A Y M D’ESPOSITO S.R.L." (oferta Nš 18) el renglón Nš 11 por mejor oferta valedera, ajustándose todos a lo solicitado y ser sus precios normales en plaza.

Que notificadas las Firmas oferentes del citado Dictamen, se presentó dentro del plazo establecido en el artículo 80 del Decreto Nš 436/00 "CUEROVAL S.R.L." mediante nota del 13 de agosto de 2007, la que originó el Expediente Nš PNA - S02:0024589/2007 obrante a fojas 1517/1518 impugnándolo.

Que mediante el Dictamen Nš 3681 del 06 de septiembre de 2007 glosado a fojas 1536/1537, tomó intervención la ASESORIA JURIDICA de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.

Que el citado Organo Asesor consideró que desde el punto de vista formal, la presentación debe ser reputada como procedente toda vez que se efectuó dentro del plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente a la notificación del Dictamen de Evaluación Nš 73/07.

Que en cuanto al fondo de la cuestión planteada, "CUEROVAL S.R.L." presentó como único agravio el cuestionamiento de la preadjudicación del renglón Nš 11 a la oferta de la firma "A Y M D’ESPOSITO S.R.L." considerando que carece de habilitación específica para fabricar los elementos (guantes) requeridos en el aludido renglón, invocando la cláusula particular 3 -IDONEIDAD DEL OFERENTE— del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que taxativamente expresa: "Deberá contar con el Certificado de Habilitación Municipal, como "taller propio" de fabricación del rubro que corresponda, según los elementos que coticen, debiendo adjuntar a su oferta, fotocopia legalizada de dicha habilitación. La empresa deberá encontrarse habilitada a la fecha del acto de apertura de las ofertas".

Que "A Y M D’ESPOSITO S.R.L." presentó con su oferta copia debidamente certificada por Escribano Público del Certificado de Habilitación Municipal de fecha 29 de enero de 1988 extendido para el taller de su propiedad sito en la calle Av. Almirante Brown Nš 1469/75, el que indica que está habilitado para la confección de artículos de lana y sucedáneos de lana, etc.

Que a fin de dilucidar la duda planteada sobre el alcance del Certificado de Habilitación Municipal del taller, la DIVISION SUMINISTROS dependiente de la DIRECCION DEL MATERIAL de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA consultó mediante Nota de fecha 15 de agosto de 2007 a la DIRECCION GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS del MINISTERIO DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, recibiendo como respuesta la transcripción de todas las tareas para la cuales se halla habilitado el taller de la Firma aludida.

Que habiendo tomado intervención el DEPARTAMENTO TECNICO LEGAL del citado Ministerio, consideró que "A Y M D’ESPOSITO S.R.L." podría fabricar guantes, toda vez que éstos son prendas de vestir y el taller se encuentra habilitado para producir prendas de vestir en general.

Que en razón de lo expuesto, corresponde rechazar la impugnación impetrada contra el Dictamen de Evaluación Nš 73/07 al no advertirse la existencia de elementos de juicio que autoricen a conmover el pronunciamiento objetado.

Que el DEPARTAMENTO ECONOMICO FINANCIERO de la DIRECCION DE PLANEAMIENTO de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA a foja 1540 informó que se cuenta con Crédito y Cuota de Compromiso para afrontar la presente erogación, acorde a lo establecido en el artículo 5š del Decreto Nš 1060 del 22 de agosto de 2001.

Que han tomado la intervención que les compete la ASESORIA JURIDICA de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 inciso f) del Decreto Nš 1023 del 13 de agosto de 2001 y por el artículo 2š del Decreto Nš 2662 del 29 de diciembre de 1992, modificado por la Decisión Administrativa Nš 215 del 21 de julio de 1999.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1š — Apruébase la Licitación Pública Nš 15/07 de "Etapa Unica Nacional" realizada con el objeto de contratar la adquisición de prendas de equipo y uniformes para proveer al personal de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y adjudíquese a "VANVOR Y OTTONE S.R.L." el renglón Nš 35 en la suma de PESOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 10.450,00); "MACRITEX S.A." los renglones Nros. 04 y 09 en la suma de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($ 490.680,00), "CONFECCIONES MARDIN S.A." los renglones Nros. 17, 20 y 21 en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($ 142.950,00), "SABADO URSI S.A.:" los renglones Nros. 08, 14, 37, 40, 42 y 43 en la suma de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS CINCO ($ 550.905,00), "CUEROVAL S.R.L." el renglón Nš 07 en la suma de PESOS CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA ($ 5.550,00), "MARIA CATALINA MEDINA" los renglones Nros. 30 y 38 en la suma de PESOS OCHENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS ($ 88.500,00), "INDUSTRIAS FEMAR S.R.L." los renglones Nros. 36 y 41 en la suma de PESOS DIECISIETE MIL DOSCIENTOS ($ 17.200,00), "INDUMENTARIA SOLEDAD S.R.L." los renglones Nros. 16 y 19 en la suma de PESOS CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL SETECIENTOS ($ 421.700,00), "FABIANO CONFECCIONES S.R.L." los renglones Nros. 18, 23 y 24 en la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CIENTO DIEZ ($ 466.110,00), "BORCAL S.A.I.C. el renglón Nš 25 en la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 164.250,00), "TORELLO HERMANOS S.A. el renglón Nš 22 en la suma de PESOS UN MILLON DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA ($ 1.002.540,00), "CONFECCIONES JOSE CONTARTESE y CIA. S.R.L." el renglón Nš 05 en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($ 443.950,00) y "A Y M D’ESPOSITO S.R.L." el renglón Nš 11 en la suma de PESOS CIENTO QUINCE MIL DOSCIENTOS ($ 115.200,00).

ARTICULO 2š — Acéptese las bonificaciones ofrecidas por "MACRITEX S.A. para el renglón Nš 04 ONCE (11) Overoles rip-stop de color azul con cierres y el renglón Nš 09 DIEZ (10) Pilotos impermeables de PVC color arena; "CONFECCIONES MARDIN S.A’’. el renglón Nš 20 DOS (2) Uniformes gala invierno para Oficial, personal masculino, compuesto por Saco y Pantalón y el renglón Nš 21 UN (1) Uniforme gala invierno para Oficial, personal femenino, compuesto por Saco y Pollera; "INDUMENTARIA SOLEDAD S.R.L." el renglón Nš 16 SEIS (6) Uniformes mimetizado desértico, compuesto por Camisa-Chaqueta y Pantalón y el renglón Nš 19 VEINTICINCO (25) Uniformes mimetizado selva, compuesto por Camisa-Chaqueta, Pantalón y Sombrero; "FABIANO CONFECCIONES S.R.L." el renglón Nš 23 DOS (2) Uniformes gala verano para Oficial, personal masculino, compuesto por Chaquetilla blanca y Pantalón de sarga color azul-negro y el renglón Nš 24 CUATRO (4) Uniformes de gabardina color arena, personal masculino, compuesto por Saco y Pantalón y "TORELLO HERMANOS S.A." el renglón Nš 22 CATORCE (14) Uniformes patagónico color arena, compuesto por Gorra con visera y orejeras, Chaquetilla y Pantalón.

ARTICULO 3š — El monto total de la adjudicación asciende a PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO ($ 3.919.985,00).

ARTICULO 4š — Desestímense de las ofertas presentadas por "INDUMENTARIA SOLEDAD S.R.L." los renglones Nros. 01, 03, 10, 12, 13, 15, 27, 28, 29 y 31, "SABADO URSI S.A." el renglón Nš 02, "MARIA CATALINA MEDINA" los renglones Nros. 03, 32, 33, 34 y 39, "FABIANO CONFECCIONES S.R.L." el renglón Nš 06, "TORELLO HERMANOS S.A." el renglón Nš 13, "A y M D’ESPOSITO S.R.L." el renglón Nš 13; "MACRITEX S.A." los renglones Nros. 15 y 27, "SUMINISTROS HECAR S.A.C.I.A." el renglón Nš 27, "VICLA S.A." el renglón Nš 26, "BORCAL S.A.I.C." el renglón Nš 26 y "CUEROVAL S.R.L.’’ el renglón Nš 39 por superar el precio ofertado el valor informado por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION -precio testigo-nota SIGEN Nš 2578/2007 O.T. Nš 337/2007; "FABIANO CONFECCIONES S.R.L.’’ los renglones Nros. 20 y 21, "INDUSTRIAS FEMAR S.R.L." el renglón Nš 43 y "CONFECCIONES JOSE CONTARTESE Y CIA. S.R.L." el renglón Nš 22 por no presentar las muestras requeridas en el punto 5 inciso i) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares; "TORELLO HERMANOS S.A." el renglón Nš 13 y "A y M D’ESPOSITO S.R.L." el renglón Nš 13 por no ajustarse a lo requerido en las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones Particulares norma PNA Nš CPTN-01/05 y muestra patrón oficial PNA; "INDECAL CALZADOS S.R.L." el renglón Nš 25 por no ajustarse a lo requerido en las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones Particulares norma PNA Nš ZNM/01 y muestra patrón oficial de PNA; "BORCAL S.A.I.C." el renglón Nš 26 por no ajustarse a lo requerido en las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, norma PNA Nš: 2.34-5.2 y muestra patrón oficial de PNA; "INDUMENTARIA SOLEDAD S.R.L." el renglón Nš 27 por no ajustarse a lo requerido en las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones Particulares norma PNA Nš 1.25-5.1 y muestra patrón oficial de PNA; "FATHIA S.R.L." los renglones Nros. 14 y 30 por no presentar las muestras requeridas en el punto 5 inciso i) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, por no presentar el Certificado de Habilitación Municipal como taller propio punto 3 del mencionado Pliego y no presentar Constancia de Inscripción en el Registro Industrial de la Nación punto 11 apartado o) del citado Pliego, el renglón Nš 15 por no ajustarse a lo requerido en las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones Particulares norma PNA Nš BLCA/01, acorde lo informado por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial O.T.N.: 21-31651, por no presentar el Certificado de Habilitación Municipal como taller propio punto 3 del mencionado Pliego y no presentar Constancia de Inscripción en el Registro Industrial de la Nación punto 11 apartado o) del citado Pliego y el renglón Nš 25 por no ajustarse a lo requerido en las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones Particulares norma PNA Nš ZNM/01, muestra patrón oficial de PNA, por no presentar el Certificado de Habilitación Municipal como taller propio punto 3 del mencionado Pliego y no presentar Constancia de Inscripción en el Registro Industrial de la Nación punto 11 apartado o) del citado Pliego; "SUMINISTROS HECAR S.A.C.I.A." el renglón Nš 09 por no ajustarse a lo requerido en las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones Particulares norma PNA Nš PIMP/02 y muestra patrón oficial PNA, el renglón Nš 19 por no ajustarse a lo requerido en las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones Particulares norma PNA Nš UCMS/01 y muestra patrón oficial PNA y el renglón Nš 27 por no ajustarse a lo requerido en las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones Particulares norma PNA Nš 1.25-5.1 y muestra patrón oficial de PNA.

ARTICULO 5š — Desestímese la oferta presentada por "GUILLERMO JAVIER FUNES" por no poseer vigente a la fecha de apertura de ofertas el Certificado Fiscal para Contratar acorde lo establece la Circular Nš 18 del 4 de febrero de 2005 de la Oficina Nacional de Contrataciones, en concordancia con lo dispuesto por la Resolución General AFIP Nš 1814/05.

ARTICULO 6š — Declárese fracasados los renglones Nros. 01, 02, 03, 06, 10, 12, 13, 15, 26, 27, 28, 29, 31, 32, 33, 34 y 39 por no recibirse oferta admisible alguna.

ARTICULO 7š — Recházase la impugnación presentada por la firma "CUEROVAL S.R.L." en contra del Dictamen de Evaluación Nš 73/07, al no advertirse elementos de juicio que autoricen a conmover el pronunciamiento objetado.

ARTICULO 8š — Autorízase a la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA a emitir las órdenes de Compra correspondientes.

ARTICULO 9š — Impútese el total adjudicado al Ejercicio 2007 - Jurisdicción 30 – Subjurisdicción 5 - Programa 37 - Actividad 1 - Inciso 2 la suma de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($ 2.233.680,00), Programa 31 - Actividad 6 - Inciso 2 la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA ($ 1.293.480,00) e Inciso 3 - Partida Principal 39 - Partida Parcial 399 la suma de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO ($ 392.825,00) - Fuente de Financiamiento 13 - RECURSOS CON AFECTACION ESPECIFICA del presupuesto de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA - Jurisdicción 30 MINISTERIO DEL INTERIOR.

ARTICULO 10. — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Cdor. ANIBAL D. FERNANDEZ, Ministro del Interior.

e. 27/11 Nš 564.853 v. 27/11/2007