MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

Decreto 1840/2007

Facúltase al titular de la citada cartera a incorporar un cargo de conducción a la estructura organizativa correspondiente a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.

Bs. As., 5/12/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0238733/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios y 1359 de fecha 5 de octubre de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Pública Nacional hasta el nivel de Subsecretarías, estableciéndose sus competencias.

Que mediante el Decreto Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, entre ésta la correspondiente a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS.

Que atendiendo a la carga de trabajo que las responsabilidades de la mencionada Secretaría conllevan y con el objeto de organizar y propender a un mejor y más eficiente logro de los objetivos fijados, resulta menester incorporar un cargo de conducción a la estructura organizativa correspondiente a los niveles inferiores de dicha Secretaría.

Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado su debida intervención.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Facúltase al titular del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION a incorporar, en un plazo de SESENTA (60) días a partir de la publicación del presente decreto, UN (1) cargo de conducción a la estructura organizativa correspondiente a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, aprobada por el Decreto Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Miguel G. Peirano.