ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
Decreto 20/2007
Modifícase del Anexo I al artículo 1º y del Anexo II al artículo 2º del Decreto Nº 357/2002 y sus modificatorios, el Apartado XXII correspondiente al Ministerio de Desarrollo Social. Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del nombrado Ministerio. Transfiérense de la Jefatura de Gabinete de Ministros al Ministerio de Desarrollo Social, la Secretaría de Deporte, las Subsecretarías de Planeamiento y Gestión Deportiva y de Recursos Deportivos y sus áreas dependientes.
Bs. As., 10/12/2007
VISTO el Expediente Nº E-89203-2007 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y modificatorios, la Ley Nº 26.198, los Decretos Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, Nº 141 del 4 de junio de 2003, Nº 551 del 5 de mayo de 2006 y Nº 572 del 21 de mayo de 2007, las Resoluciones del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Nº 1573 del 23 de mayo de 2006 y Nº 2152 del 19 de junio de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley de Ministerios citada en el Visto y sus modificaciones se establecieron los Ministerios que conforman la organización de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL y sus competencias.
Que, mediante el Decreto Nº 357/02 y sus modificaciones, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de la Unidades Organizativas determinadas en dicho organigrama.
Que, mediante el Decreto Nº 141/03, fueron modificadas las competencias del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que, oportunamente, mediante el Decreto Nº 551/06 y la Resolución MDS Nº 1573/06, se aprobaron las estructuras organizativas de primer y segundo nivel operativo, respectivamente, del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que, por su parte, el Decreto Nº 572/07 y la Resolución MDS Nº 2152/07, aprobaron las estructuras organizativas de primer y segundo nivel operativo, respectivamente, de la COMISION NACIONAL DE COORDINACION DEL PROGRAMA DE PROMOCION DEL MICROCREDITO PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMIA SOCIAL y la creación de Coordinaciones Locales.
Que, consecuentemente, resulta necesario reordenar el flujo de responsabilidades en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con el objeto de posibilitar optimizar la administración de los recursos del Estado aplicados a la política social, potenciando asimismo criterios de efectividad y trabajo en equipo.
Que para ello, resulta menester readecuar la conformación organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en función de los criterios enunciados, sin que tal medida implique incrementar el presupuesto asignado y/o el total de las partidas de los cargos, para la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha intervenido conforme su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, —Organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional— el Apartado XXII correspondiente al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que se acompaña como planilla anexa al presente artículo.
Art. 2º — Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2º del Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios —Objetivos —, el Apartado XXII correspondiente al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que se acompaña como planilla anexa al presente artículo.
Art. 3º — Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones, y Dotación, los que como Anexos I, II y III forman parte integrante del presente decreto.
Art. 4º — Transfiérense de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, la SECRETARIA DE DEPORTE, las SUBSECRETARIAS DE PLANEAMIENTO Y GESTION DEPORTIVA, y DE RECURSOS DEPORTIVOS y sus áreas dependientes, así como los respectivos cargos, niveles de funciones ejecutivas, dotación de personal, patrimonio, bienes y créditos presupuestarios, manteniendo el personal transferido sus respectivos niveles y grados escalafonarios vigentes a la fecha.
Art. 5º — Facúltase al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a aprobar los cargos de conducción así como las unidades de nivel departamental que resulten necesarias de acuerdo con los cargos y créditos aprobados en las respectivas leyes de presupuesto, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 6º — En un plazo de SESENTA (60) días a partir de la publicación del presente Decreto, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL deberá aprobar el proyecto correspondiente a las aperturas inferiores que reemplazarán a las ya existentes.
Art. 7º — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas en el presente, las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias y dotaciones vigentes con sus respectivos niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995).
Art. 8º — La atención de las erogaciones de las áreas afectadas por el presente, hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de las jurisdicciones de origen.
Art. 9º — Dispónese, con relación al INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS, organismo descentralizado que funciona en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, que las actividades administrativas, financieras, legales y judiciales del mismo serán ejercidas por las respectivas áreas del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Art. 10. — Establécese que la representación del ESTADO NACIONAL en el capital accionario de LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO será ejercida por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Art. 11. — Derógase el Decreto Nº 551 del 5 de mayo de 2006 y el Artículo 4º del Decreto Nº 572 del 21 de mayo de 2007.
Art. 12. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Alicia M. Kirchner.
(Nota Infoleg: por art. 4° del Decreto N° 357/2016 B.O. 16/2/2016 se aprueba la conformación organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de acuerdo con el Organigrama que como Anexo I forma parte integrante del Decreto de referencia.)
ANEXO AL ARTICULO 1º
XXII - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
- SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL
- SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO
- SUBSECRETARIA DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL
- SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES
- SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA
- SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION Y CAPACITACION POPULAR
- SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL
- SUBSECRETARIA DE ABORDAJE TERRITORIAL
- SUBSECRETARIA DE POLITICAS ALIMENTARIAS
- SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
- SUBSECRETARIA DE DERECHOS PARA LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
- SUBSECRETARIA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL E INTEGRACION FEDERAL
- SECRETARIA DE DEPORTE
- SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y GESTION DEPORTIVA
- SUBSECRETARIA DE RECURSOS DEPORTIVOS
ANEXO AL ARTICULO 2º
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL
Objetivos:
1. Asistir al Ministro de Desarrollo Social en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
2. Diseñar los procedimientos de evaluación y seguimiento de los planes, programas y proyectos de la Jurisdicción y proponer las medidas tendientes a optimizar la gestión de los mismos.
3. Elaborar y proponer los instrumentos que permitan elevar los niveles de coherencia y complementariedad de los fines, así como también la coordinación y mejor aprovechamiento de los recursos disponibles en el ámbito de la jurisdicción.
4. Establecer y coordinar un canal permanente de intercambio con los sistemas de información y monitoreo de planes sociales para posibilitar la correcta evaluación del impacto de la implementación de las políticas sociales.
5. Realizar el control de cumplimiento de los proyectos, programas, planes y acciones.
6. Asistir en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero, efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo imprescindible para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.
7. Efectuar la planificación, coordinación y asistencia a las actividades administrativas de las áreas integrantes de la jurisdicción y de las entidades descentralizadas y desconcentradas dependientes.
8. Administrar los depósitos que dependan del Ministerio de Desarrollo Social articulando acciones con las áreas pertinentes designadas al efecto.
9. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos.
10. Asistir al Ministro de Desarrollo Social en la elaboración de políticas de formación, capacitación y asistencia técnica.
11. Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.
12. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.
13. Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a los organismos descentralizados.
14. Entender en la administración y control del funcionamiento técnico administrativo de las unidades ejecutoras de los programas de índole social con financiamiento internacional y controlar el cumplimiento de los compromisos financieros adquiridos, en lo relativo a proyectos internacionales en el área de competencia del Ministerio.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO
Objetivos:
1. Asistir al Ministro de Desarrollo Social en el diseño de una Red Federal de políticas nacionales que hagan eje en la persona y en su desarrollo a partir de la equidad territorial y la justicia social y estén destinadas a orientar, programar, promover, coordinar, ordenar y fiscalizar acciones tendientes a la promoción y protección de la familia, la sociedad civil y las organizaciones de la comunidad, en especial a los sectores comunitarios vulnerables o en riesgo social.
2. Entender en el diseño, aplicación y evaluación de políticas para la promoción del desarrollo local con integración regional, favoreciendo la plena inclusión de las comunidades y los actores sociales, y revalorizando el territorio y las economías regionales.
3. Asistir al Ministro de Desarrollo Social en todo lo relativo al desarrollo local, mediante intervenciones que promuevan la participación de los distintos actores locales y la coordinación del acceso al crédito destinado a los emprendimientos de los grupos con menores recursos económicos, apoyando su articulación con los demás sectores de la sociedad.
4. Promover desde subsidios, créditos y políticas de gestión, el financiamiento de proyectos de inversión social, en Localidades y Municipios de extrema pobreza, que den respuesta a las necesidades más apremiantes de la comunidad gestionando convenios para la provisión de fondos con las Provincias o Municipios.
5. Procurar la participación de los Gobiernos Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la promoción del desarrollo comunitario y productivo, a través de los instrumentos de consenso que resulten pertinentes para fortalecer una Red Federal de políticas sociales.
6. Consolidar un sistema integral de información social en el área de su competencia.
7. Supervisar y coordinar la vinculación institucional con el INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS.
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL
Objetivos:
1. Asistir al Secretario de Políticas Sociales y Desarrollo Humano en la promoción del desarrollo comunitario desde lo productivo en el marco de las estrategias locales y regionales.
2. Articular las acciones del Estado, el sector privado, empresas sociales y organizaciones de la sociedad civil, en vinculación con el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales para la creación y fortalecimiento de emprendimientos productivos y sociales que beneficien prioritariamente a sectores de la población en situación de riesgo y/o de vulnerabilidad social.
3. Promover el desarrollo local, para la interacción creciente de los actores estatales, privados y de la sociedad civil, en el marco de la Red Federal de políticas sociales.
4. Incrementar las capacidades productivas y la generación de ingresos, a través del apoyo técnico y/o financiero orientados al fortalecimiento de emprendimientos productivos, propiciando la sustentabilidad de los mismos.
5. Promover las distintas modalidades de economía social destinadas a generar actividades productivas o de servicios que permitan la inclusión social de los sectores de menores recursos.
6. Intervenir en los diagnósticos y lineamientos básicos de formulación de políticas habitacionales para los sectores más vulnerables, coordinando su accionar con el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES
Objetivos:
1. Dirigir las acciones tendientes a asistir a la población en situación de vulnerabilidad social a través de los programas de ingreso social actualmente en ejecución o aquellos que se generen en el futuro.
2. Establecer las políticas y los lineamientos necesarios para la elaboración y ejecución, de las acciones tendientes al desarrollo de programas de organización de ingresos sociales.
3. Planificar e instrumentar la ejecución, evaluación y control de los planes y programas con componentes de ingreso social, a efectos de contribuir a la mayor equidad social y a la promoción del desarrollo económico social sustentable.
4. Impulsar la gestión descentralizada de los planes y programas, bajo su jurisdicción; a través del fomento, capacitación y asistencia técnica, para la conformación y funcionamiento de los Consejos Consultivos provinciales, regionales y locales.
5. Entender en la organización, coordinación y administración del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.
6. Articular con la Subsecretaría de Desarrollo Local y Economía Social las acciones relacionadas con la promoción del empleo social referentes a los emprendimientos productivos, de servicios, Cooperativas, la capacitación y el fortalecimiento familiar.
7. Promover la permanente actualización de estrategias y herramientas de aplicación de las políticas de empleo e ingreso social.
8. Entender en el diseño y organización de los Centros de atención Territorial, de los Programas Sociales de Ingresos.
9. Asistir al Consejo Consultivo Nacional de Políticas Sociales, u otros organismos de la misma índole en los temas atinentes a las políticas y estrategias de programas de ingresos sociales.
SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA
Objetivos:
1. Jerarquizar la comunicación del área social, a través de un ámbito de información específico que difunda en forma permanente las acciones desarrolladas en el cumplimiento de las políticas sociales en todo el país, buscando optimizar recursos.
2. Fortalecer el desarrollo de las Políticas Sociales desde lo comunicacional ayudando al desarrollo de las capacidades de grupos y comunidades.
3. Entender en el diseño de instrumentos de intercambio de experiencias entre actores y organizaciones públicas y comunitarias a fin de publicar, compartir y potenciar experiencias en el campo social.
4. Favorecer la recopilación y difusión de proyectos sociales.
5. Difundir las acciones conjuntas desarrolladas con las Provincias, Municipios y organizaciones no gubernamentales, en el área de competencia específica.
6. Entender en las políticas de aprovechamiento de técnicas metodológicas adecuadas para potenciar la disponibilidad territorial de los recursos relacionados con las artes y oficios populares y su aplicación en las economías regionales.
7. Participar en el diseño, elaboración, definición de ajustes y actualizaciones de instrumentos, herramientas y procedimientos tendientes a posibilitar la disponibilidad oportuna de insumos de información social de alta calidad para la medición de vulnerabilidad, para la formulación y la ejecución de las políticas sociales.
8. Asistir al Ministro de Desarrollo Social en la elaboración de políticas de formación en saberes populares.
9. Entender en la elaboración de políticas que fortalezcan la gestión social a través de la capacidad de gestión de los actores sociales, fomentando espacios de intercambio y cooperación de saberes.
SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION Y CAPACITACION POPULAR
Objetivos:
1. Asistir a la SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA en la elaboración de políticas que fortalezcan la gestión social a partir de los saberes comunitarios que hagan al desarrollo social.
2. Construir sistemas de intercambios comunitarios que permitan superar barreras geográficas, sociales, culturales y tecnológicas desde el conocimiento y apropiación de estrategias y herramientas de satisfacción de las necesidades sociales.
3. Potenciar aptitudes y saberes populares que contribuyan al desarrollo del capital humano social.
4. Acompañar los procesos de implementación de experiencias autogestionarias promoviendo efectiva sustentabilidad de los mismos con la puesta en disponibilidad de herramientas técnicas apropiadas al alcance de los actores sociales.
5. Fortalecer la integración y la mediación social, promoviendo la formación de actores claves en las organizaciones civiles de base y religiosas en todo el territorio nacional.
SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL
Objetivos:
1. Asistir al Ministro de Desarrollo Social en el diseño de la red federal de políticas nacionales en las áreas de su incumbencia y en su vinculación con el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales.
2. Coordinar el fomento y promoción de las relaciones de intercambio internacional y en especial en materia de su competencia en todo lo referente a la vinculación institucional con el MERCOSUR.
3. Entender en la recepción, disposición y afectaciones que se hagan en función de la legislación vigente con respecto a donaciones y/o elementos y/o productos de Aduana, de carácter no alimentario, para su distribución en coordinación con las áreas pertinentes designadas al efecto.
4. Entender en la coordinación, en la faz de su competencia, de las acciones tendientes a asistir socialmente a la población ante situaciones extraordinarias o emergencias que se produzcan en territorio nacional.
5. Entender en la definición, diseño y coordinación de políticas y acciones destinadas a brindar asistencia directa frente a situaciones de riesgo o necesidad manifiesta, orientada a individuos, comunidades o instituciones.
6. Entender en la ejecución de proyectos especiales intersectoriales, interjurisdiccionales, e interdisciplinarios, a fin de viabilizar la ejecución de las políticas diseñadas en el ámbito de su competencia.
7. Supervisar y coordinar el organismo desconcentrado COMISION NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES.
8. Asistir al Ministro de Desarrollo Social en el diseño de la política alimentaria que asegure el derecho a una alimentación adecuada y suficiente de toda la población y en especial la atención de las necesidades básicas nutricionales de la población en condiciones de vulnerabilidad y riesgo de subsistencia.
9. Entender en la implementación de políticas sociales destinadas a jóvenes con el fin de mejorar su calidad de vida, facilitar la satisfacción de sus necesidades y el ejercicio de sus derechos políticos y sociales.
SUBSECRETARIA DE ABORDAJE TERRITORIAL
Objetivos:
1. Acompañar a la SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL en la coordinación de las acciones tendientes a asistir socialmente a la población ante situaciones de carencias sociales críticas extraordinarias o emergentes que se produzcan en el territorio nacional.
2. Intervenir en el apoyo a situaciones especiales originadas por temas de salud o sociales.
3. Apoyar, con la intervención de la Dirección Nacional de Apoyo Logístico, a las organizaciones instituciones de la comunidad que presenten necesidades prioritarias urgentes o emergentes y que sirvan para consolidar su accionar dentro de las pautas presupuestarias de la Secretaría.
4. Articular con las áreas del Ministerio o del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales que correspondan a proyectos especiales que hagan a las funciones específicas de esta Subsecretaría.
5. Definir programas o proyectos integrales de ayuda social a grupos poblacionales en situación de riesgo inmediato, en función de los factores críticos a los que están expuestos y los daños que son pasibles de sufrir, coordinando y articulando la oferta socio-institucional de carácter público o privado, a través de acciones integradas, desarrollando programas de asistencia y recuperación, organizando recursos y estableciendo prioridades.
6. Elaborar, definir y testear planes de acción rápida, priorizando los procesos de recuperación contención de las demandas que se originen y la rehabilitación y reconstrucción de la estructura social dañada.
7. Elaborar diagnósticos básicos, investigaciones aplicadas y estudios que faciliten la focalización e implementación de programas o acciones preventivas.
8. Diseñar estudios e investigaciones en gabinete o terreno que, con orientación epidemiológica, permitan; detectar alertas tempranas e identificar y cuantificar indicadores de situaciones de alta vulnerabilidad social.
9. Diseñar procedimientos para el accionar conjunto entre provincias, municipios y organizaciones sociales o empresariales en la línea que permitan respuestas inmediatas a las necesidades urgentes o emergentes que se presenten no superponiendo redes desde la institucionalidad ministerial.
10. Identificar áreas de la sociedad civil que, habiendo quedado aisladas del crecimiento y desarrollo, requieren una asistencia integral prioritaria por parte del Estado, desarrollando las estrategias de intervención Jurisdiccional, a través del Programa Mi Pueblo.
SUBSECRETARIA DE POLITICAS ALIMENTARIAS
Objetivos:
1. Asistir al Secretario de Gestión y Articulación Institucional en el diseño de la política alimentaria a nivel nacional y en la evaluación de su cumplimiento.
2. Proponer, planificar y coordinar la ejecución de políticas y acciones desde una Red Federal que garantice la seguridad alimentaria de la población con alta vulnerabilidad social, priorizando el fortalecimiento de la unidad doméstica en riesgo social.
3. Planificar y programar la ejecución de acciones de prevención y respuesta inmediata ante eventuales situaciones de emergencia alimentaria.
4. Planificar, coordinar y evaluar las estrategias alimentarias de la Subsecretaría con las implementadas por otros programas sociales nacionales, provinciales y municipales a fin de garantizar el funcionamiento de la Red Federal de Alimentación y Nutrición, procurando maximizar la cobertura y haciendo efectivo el principio de equidad social.
5. Planificar acciones destinadas a mejorar la calidad de dieta alimentaria mediante la autoproducción, promoviendo alternativas agroalimentarias.
6. Efectuar un diagnóstico nacional de las necesidades de asistencia alimentaria nutricional de la población y desarrollar planes de educación alimentaria nutricional a nivel nacional.
7. Fortalecer redes solidarias en la comunidad estimulando a las familias y las personas a participar activamente, tanto de manera individual como a través de las organizaciones de la sociedad, a efectos de contribuir a la seguridad alimentaria.
COMISION NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES
Objetivos:
1. Formular, planificar y coordinar las políticas conducentes a asegurar en todo el ámbito de la Nación el otorgamiento y/o denegatoria de pensiones no contributivas y las emergentes de leyes especiales, dentro del marco de las políticas emanadas del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
Objetivos:
1. Garantizar el funcionamiento del Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia y establecer en forma conjunta, la modalidad de coordinación entre ambos organismos con el fin de establecer y articular políticas públicas integrales.
2. Elaborar con la participación del Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia, un Plan Nacional de Acción como política de derechos para el área específica, de acuerdo a los principios jurídicos establecidos en la Ley 26.061.
3. Ejercer la representación necesaria ante todos los organismos oficiales de asesoramiento y contralor en materia de medios de comunicación.
4. Ejercer la representación del Estado Nacional en las áreas de su competencia.
5. Participar en forma conjunta con el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia en la celebración y ejecución de los instrumentos de carácter internacional que la Nación suscriba o a los cuales adhiera, cuando estos afecten o se refieran a la materia de su competencia.
6. Realizar los informes previstos en el art. 44 de la Convención de los Derechos del Niño y ejercer la representación del Estado Nacional en su presentación, constituyéndose en depositario de las recomendaciones que se efectúen.
7. Promover el desarrollo de investigaciones en materia de Niñez, Adolescencia y Familia.
8. Diseñar normas generales de funcionamiento y principios rectores que deberán cumplir las instituciones públicas o privadas de asistencia y protección de derechos de los sujetos de la Ley 26.061.
9. Apoyar a las organizaciones no gubernamentales en la definición de sus objetivos institucionales hacia la promoción del ejercicio de derechos de las niñas, niños y adolescentes y la prevención de su institucionalidad.
10. Promover políticas activas de promoción y defensa de los derechos de las niñas, niños y adolescentes y sus familias.
11. Coordinar acciones consensuadas con los poderes del Estado, organismos gubernamentales y organizaciones no gubernamentales fomentando la participación activa de las niñas, niños y adolescentes.
12. Propiciar acciones de asistencia técnica y capacitación a organismos provinciales y municipales y agentes comunitarios participantes en servicios de atención directa o en el desarrollo de los procesos de transformación institucional.
13. Gestionar juntamente con el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia, la obtención de recursos financieros nacionales e internacionales para la efectivización de las políticas públicas de niñez, adolescencia y familia.
14. Efectivizar juntamente con el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia la transferencia de los fondos a los estados provinciales para la financiación de dichas políticas.
15. Organizar un sistema de información único y descentralizado que incluya indicadores para el monitoreo, evaluación y control de las políticas y programas de niñez, adolescencia y familia.
16. Fortalecer el reconocimiento en la sociedad de niñas, niños y adolescentes como sujetos activos de derechos.
17. Impulsar mecanismos descentralizados para la ejecución de programas y proyectos que garanticen el ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes y sus familias.
18. Asignar juntamente con el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia los recursos públicos para la formulación y ejecución de las políticas previstas en el plan nacional de acción.
19. Establecer en coordinación con el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia mecanismos de seguimiento, monitoreo y evaluación de las políticas públicas destinadas a la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
20. Promover políticas que garanticen el adecuado desarrollo psicológico, afectivo, social e intelectual de niños, niñas y adolescentes, con especial énfasis en la atención de la primera infancia.
21. Promover, planificar y ejecutar acciones destinadas a fortalecer los derechos de los adultos mayores, propendiendo su inserción en la familia y en la comunidad.
22. Articular las políticas dirigidas a los adultos mayores desde una perspectiva de integralidad, que considere a los mayores, sus núcleos familiares, sus organizaciones y comunidad, como sujetos de políticas públicas.
23. Desarrollar acciones orientadas al diseño, implementación y monitoreo de políticas, programas o dispositivos de intervención dirigidos a adolescentes infractores a la ley penal.
24. Dirigir, conforme a las disposiciones de la Ley Nº 26.061, los programas de asistencia directa que dependieran del Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y que no hayan sido objeto de transferencias a la fecha de la sanción de la estructura administrativa de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia.
25. Asistir y acompañar a las Provincias, Municipios, y/u organismos locales en la definición del modelo de gestión de la política de infancia.
26. Fomentar la articulación entre el Estado Nacional, las Organizaciones no Gubernamentales, las Universidades y el Sector Privado para potenciar la responsabilidad social.
SUBSECRETARIA DE DERECHOS PARA LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
Objetivos:
1. Coordinar y supervisar políticas y programas de carácter nacional que tengan como finalidad la promoción, protección y restitución de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, así como las acciones preventivas y socio-educativas relacionadas con personas menores de edad que hayan infringido la legislación penal.
2. Propiciar acciones de promoción y defensa de los derechos de las niñas, niños y adolescentes y sus familias, con énfasis en el reconocimiento de las personas menores de edad como sujetos activos de derechos, fomento de su activa participación y ejercicio del derecho a ser escuchados.
3. Asistir en el desarrollo de acciones de promoción, fortalecimiento y asistencia a las familias, como los ámbitos más adecuados para la crianza, el cuidado, el desarrollo y la educación de los niños, niñas y adolescentes.
4. Asistencia en la promoción de políticas que garanticen el adecuado desarrollo psicológico, afectivo, social e intelectual de niños, niñas y adolescentes, con especial énfasis en la atención de la primera infancia.
5. Fortalecer políticas y prácticas de protección de derechos amenazados o vulnerados protegiendo los ámbitos familiares de origen y eludiendo las separaciones injustificadas de los niños, niñas y adolescentes de los mismos y sus comunidades.
6. Suscitar cuidados alternativos transitorios, respetuosos de los derechos de los niños, niñas y adolescentes provisionalmente privados de crianza parental, privilegiando los cuidados en ámbitos familiares y limitando la protección en establecimientos institucionales para situaciones excepcionales que así lo justifiquen.
7. Desarrollar acciones orientadas a la definición y/o redefinición e implementación de programas o dispositivos de intervención en relación con adolescentes infractores de la ley penal, respetuosos de los derechos de los jóvenes y con un sentido socio-educativo y de fortalecimiento de la ciudadanía
8. Fortalecer la participación transversal de las entidades gubernamentales y no gubernamentales para la inclusión social de la infancia y la adolescencia.
9. Promover protocolos de intervención y estándares mínimos de atención.
10. Coordinar circuitos de asistencia en instituciones y programas de atención integral a niños, niñas y adolescentes.
11. Contribuir al diseño, monitoreo, asistencia técnica y capacitación en relación con políticas y programas de asistencia a grupos infanto-juveniles vulnerables.
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL E INTEGRACION FEDERAL
Objetivos:
1. Coordinar, orientar, supervisar e implementar planes y programas de carácter nacional y federal para la niñez, la adolescencia y la familia.
2. Promover las acciones aprobadas del Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia.
3. Ejecutar el plan nacional de acción normado en la Ley 26.061.
4. Establecer la coordinación con el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia con referencia al seguimiento, monitoreo y evaluación de las políticas públicas destinadas a la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
5. Asistir en la coordinación, orientación, supervisión e implementación de planes y programas de carácter nacional que fortalezcan las instituciones de gestión estatal y de la sociedad civil que compongan el Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
6. Asistir en el diseño de normas generales de funcionamiento y principios rectores que deberán cumplir las instituciones públicas o privadas de asistencia y protección de derechos de los sujetos de la Ley 26.061.
7. Coordinar, orientar, supervisar e implementar planes y programas de carácter nacional que consoliden políticas públicas estratégicas de alcance regional y nacional.
8. Asistir a la Secretaría en la adecuación de las tecnologías de intervención aplicadas a las nuevas problemáticas en el área de la niñez, adolescencia y familia.
9. Asistir a la Secretaria en la coordinación, orientación, supervisión e implementación de planes y programas de carácter nacional y federal que promuevan y desarrollen el conocimiento acerca de la situación de la infancia, adolescencia y familia como así también de las políticas públicas orientadas a la protección integral de las niñas, niños, adolescentes.
10. Asistir y consolidar la base del Registro Nacional de Organizaciones de la Sociedad Civil con personería jurídica, sobre el desarrollo de programas, servicios de asistencia, promoción, tratamiento, protección y defensa de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
11. Articular con entidades gubernamentales y no gubernamentales dedicadas a la temática de niñez, adolescencia y familia.
12. Desarrollar habilidades y destrezas técnico metodológicas para el abordaje integral de la niñez y la adolescencia desde una perspectiva participativa, territorial y multiactoral.
13. Propiciar acciones de asistencia técnica y capacitación a organismos provinciales, municipales y agentes comunitarios participantes en servicio de atención directa o en el desarrollo de los procesos de transformación institucional.
14. Generar instancias comunicacionales para la promoción y protección de derechos.
15. Apoyar en la definición, validación e instalación de un modelo de gestión institucional basado en la protección integral de los derechos.
16. Promover y fomentar el desarrollo de redes sociales, generando espacios de trabajo promocional y de participación social.
SECRETARIA DE DEPORTE
Objetivos:
1. Asistir a la Ministra de Desarrollo Social en toda cuestión relativa a la promoción y el desarrollo en el país de la actividad deportiva y recreativa en todas sus formas.
2. Aprobar los planes, programas y proyectos destinados al fomento del deporte, asegurando los principios de la ética deportiva y haciendo partícipe de ella a todos los integrantes del sistema deportivo nacional.
3. Promover y asistir las prácticas deportivas al nivel competitivo nacional, regional e internacional, en procura de alcanzar crecientes niveles y logros, asegurando así que las representaciones del deporte argentino, en todas sus modalidades y disciplinas, sean una expresión adecuada de la jerarquía cultural y deportiva del país.
4. Fomentar y apoyar la actividad física y la recreación, como medio para promover la integración, la inclusión y la cooperación social.
5. Impulsar el desarrollo del deporte de base en todo el territorio de la Nación, en coordinación con los organismos públicos nacionales, provinciales, municipales e instituciones privadas, como así también las actividades físicas relacionadas con la utilización del tiempo libre, en contacto con el ambiente natural.
6. Impulsar el desarrollo de mejores condiciones en materia de infraestructura y recursos accesorios para la práctica deportiva en el territorio de la Nación.
SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y GESTION DEPORTIVA
Objetivos:
1. Asistir al Secretario de Deporte en la planificación del deporte de representación nacional, del desarrollo del deporte federado y del deporte social, en todas sus disciplinas y modalidades.
2. Elaborar planes y acciones que tengan por finalidad la generación de condiciones que garanticen el acceso a la actividad física y deportiva de todos los habitantes del país.
3. Asistir al Secretario en la supervisión de las condiciones técnicas que deberán cumplimentar las federaciones, las asociaciones deportivas y los organismos públicos y privados para recibir, por parte del Estado Nacional, asistencia material y financiera destinada al cumplimiento de las metas que, para cada disciplina deportiva, se establezcan en las Planificaciones Anuales y Plurianuales del Deporte de Representación Nacional, del desarrollo del Deporte Federado y del Deporte Social.
4. Asistir al Secretario, en la coordinación con las entidades federativas nacionales, regionales o locales, así como con las entidades públicas y privadas, en la elaboración, ejecución y monitoreo de programas de captación y desarrollo de talentos deportivos y de programas para el desarrollo del Deporte Federado y Social, procurando, para tales fines, la aplicación de principios éticos y pedagógicos.
5. Asistir al Secretario en el uso eficiente y racional de los recursos de la inversión pública y privada destinados a la promoción del deporte en todas sus manifestaciones
6. Asistir al Secretario en la planificación y supervisión de los programas y acciones médicodeportivas así corno en el desarrollo de actividades científicas y tecnológicas aplicadas al deporte.
7. Generar condiciones para facilitar la continuidad educativa y el desarrollo deportivo de los jóvenes talentos, coordinando acciones con organismos públicos y privados de educación y deportes de todo el país
SUBSECRETARIA DE RECURSOS DEPORTIVOS
Objetivos:
1. Asistir al Secretario de Deporte en la planificación del uso de los recursos aplicados al desarrollo del deporte en general.
2. Asistir al Secretario en la supervisión de las condiciones que deberán cumplimentar los organismos públicos y privados para recibir, por parte del Estado Nacional, asistencia material y financiera destinada al cumplimiento de las metas que se establezcan en los programas anuales y plurianuales destinados al desarrollo de la infraestructura, a la puesta en valor de predios deportivos y en todos aquellos planes y programas vinculados, entre otros, a la prevención y el control antidoping, a la capacitación, investigación y censos y la seguridad deportiva.
3. Asistir al Secretario en las políticas pertinentes al cuidado de la salud y el desarrollo de medidas preventivas a los efectos de evitar el uso indebido de drogas en la práctica del deporte.
4. Asistir al Secretario en el planeamiento y el desarrollo de la infraestructura deportiva, en todos los aspectos vinculados con la ampliación, la refacción, la remodelación y la puesta en valor de las instalaciones de dominio privado de la Secretaría de Deporte.
5. Asistir al Secretario en la coordinación con organismos públicos y privados para el desarrollo de infraestructura deportiva en el territorio nacional.
6. Asistir al Secretario en el diseño, la implementación y el seguimiento de las políticas generales vinculadas con la seguridad deportiva.
7. Asistir al Secretario en el diseño y en la evaluación de los aspectos normativos vinculados a la legislación que rige en materia deportiva.
8. Asistir al Secretario en la elaboración de programas, planes y acciones vinculados con la capacitación de los recursos humanos que intervengan en el desarrollo del deporte en todas sus manifestaciones; la investigación científica sobre cuestiones deportivas que se consideren relevantes y la realización de censos, encuestas y otros instrumentos de medición estadística que permitan el conocimiento de diversas realidades y fenómenos deportivos.
ANEXO Ia
Anexo Ib
(Anexo sustituido por art. 6° del Decreto N° 527/2012 B.O. 16/4/2012)
Anexo Ic
(Anexo sustituido por art. 3° del Decreto N° 2035/2013 B.O. 5/12/2013)
Anexo Id
(Anexo sustituido por art. 4° del Decreto N° 190/2014 B.O. 14/02/2014)
Anexo Ie
(Anexo sustituido por art. 3° del Decreto N° 2035/2013 B.O. 5/12/2013)
Anexo If
(Anexo sustituido por art. 6° del Decreto N° 505/2010 B.O. 21/4/2010)
Anexo Ig
ANEXO II
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
Responsabilidad Primaria:
Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de control interno incorporado a la organización de la Jurisdicción, privilegiando las pautas dictadas por la economía, eficiencia y eficacia.
Acciones:
1. Establecer la planificación de la Auditoría Interna de la Jurisdicción, conforme a las generales de control interno y auditoría interna.
2. Elaborar el Plan Anual de la Auditoría Interna.
3. Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos determinados por la autoridad superior.
4. Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios del Sistema de Control Interno.
5. Tomar conocimiento integral de los actos y evaluar aquellos de significativa trascendencia económica.
6. Verificar si en las erogaciones e ingresos de la Jurisdicción, se cumplen los principios contables y niveles presupuestarios de la normativa legal vigente.
7. Constatar la confiabilidad de los antecedentes utilizados en la elaboración de los informes y/o estados informativos contables.
8. Precisar la exactitud del registro de los activos y las medidas de resguardo adoptadas para su protección.
9. Emitir opinión, en el ámbito de su competencia, en todo estado informativo contable emitido por las unidades ejecutoras.
10. Producir informes periódicos sobre las auditorías desarrolladas y otros controles practicados.
11. Comunicar a las autoridades superiores y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, los desvíos que se detecten con las recomendaciones y/u observaciones que se formulen.
12. Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.
13. Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION le requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.
SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL
Dirección de Sumarios
Responsabilidad Primaria:
Realizar todas las actividades vinculadas con la información y con la substanciación de los sumarios administrativos disciplinarios que corresponda promover en órbita de la jurisdicción ministerial.
Acciones:
1. Realizar todas las actividades vinculadas con la información y con la substanciación de los sumarios administrativos disciplinarios que corresponda instruir al personal de la jurisdicción ministerial.
2. Realizar las investigaciones de los hechos u omisiones que han dado lugar a la realización del sumario.
3. Realizar las investigaciones de aquellos hechos u omisiones que, tomado conocimiento, se infiera pudiera dar lugar a un sumario.
4. Supervisar la recopilación de informes y la documentación necesaria para determinar el perjuicio fiscal y la responsabilidad patrimonial emergente, proponiendo a los organismos competentes el ejercicio de las acciones de recupero.
5. Fiscalizar la realización de diligencias a que alude el reglamento de investigaciones y de toda otra que resulte necesaria.
6. Mantener actualizado un registro unificado de todos los sumarios en trámite en el ámbito de la jurisdicción.
SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL
SUBSECRETARIA DE COORDINACION, MONITOREO Y LOGISTICA
Dirección General de Administración
(Por art. 5° del Decreto N°527/2012 B.O. 16/4/2012 la presente Dirección fue transferida desde la Secretaria de Coordinación y Monitoreo Institucional a la Subsecretaría de Coordinación, Monitoreo y Logística dependiente de la Secretaría mencionada.)
Responsabilidad Primaria:
Efectuar la elaboración del presupuesto del Ministerio y ejercer la gestión económica y el monitoreo y control del sistema de tramitación administrativa de la jurisdicción.
Acciones:
1. Formular el anteproyecto de presupuesto.
2. Programar y controlar la ejecución del presupuesto aprobado por el Ministerio.
3. Gestionar las contrataciones de mantenimiento.
4. Atender las necesidades de bienes y servicios y mantenimiento del Ministerio dirigiendo las respectivas contrataciones.
5. Coordinar la gestión de los actos administrativos emanados del Ministerio, en el ámbito de su dependencia.
6. Administrar los ingresos y egresos de fondos de origen presupuestario.
7. Identificar y registrar los recursos económicos y financieros en función de las diferentes fuentes de financiamiento.
8. Administrar el patrimonio del Ministerio.
9. Administrar el ingreso y egreso de la documentación proveniente de otras jurisdicciones y/o particulares, y llevar el despacho de la jurisdicción, monitoreando en forma sistemática y permanente los circuitos de la gestión administrativa.
10. Integrar el funcionamiento técnico-administrativo de aquellos programas con financiamiento internacional, realizando las gestiones, evaluaciones y controles pertinentes para el cumplimiento de los objetivos propuestos.
Dirección General de Asuntos Jurídicos
(Por art. 5° del Decreto
N°527/2012 B.O. 16/4/2012
la presente Dirección fue transferida desde la Secretaria de
Coordinación y Monitoreo Institucional a la Subsecretaría de
Coordinación, Monitoreo y Logística dependiente de la Secretaría
mencionada.)
Responsabilidad Primaria:
Representar judicialmente al Ministerio y ejercer el patrocinio letrado en juicios y dictaminar y asesorar en todos los asuntos de carácter jurídico de competencia del Ministerio y en los recursos de alzada provenientes de Organismos descentralizados de la Jurisdicción y de LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO.
Acciones:
1. Ejecutar el control de la legalidad y legitimidad de los actos administrativos.
2. Redactar o colaborar en la redacción de los proyectos de leyes, decretos, convenios y otros actos administrativos que le sean requeridos por los organismos del Ministerio.
3. Asesorar en forma permanente en los aspectos legales a las distintas áreas del Ministerio.
4. Atender las actividades derivadas de la presentación de recursos y emitir dictámenes.
5. Diligenciar los Oficios Judiciales dirigidos al Ministerio y fiscalizar el cumplimiento de los términos prescritos y/o anteproyectos de decretos, resoluciones y disposiciones que deban ser elevados a consideración y/o aprobación de las autoridades superiores del Ministerio.
6. Representar al Ministerio y ejercer el patrocinio letrado en las causas en que sea parte el organismo y en aquellas en que le fuere encomendado.
(Por art. 5° del Decreto N°527/2012 B.O. 16/4/2012 la presente Dirección fue transferida desde la Secretaria de Coordinación y Monitoreo Institucional a la Subsecretaría de Coordinación, Monitoreo y Logística dependiente de la Secretaría mencionada.)
Responsabilidad Primaria:
Asistir y asesorar al Secretario de Coordinación y Monitoreo Institucional en la elaboración de estudios, planes, normas e informes de las acciones desarrolladas por la jurisdicción.
Acciones:
1. Coordinar con las unidades orgánicas de la Jurisdicción las acciones desarrolladas por ellas, en el marco de la programación estratégica diagramada por la superioridad y realizar la evaluación expost de las acciones emprendidas en función del logro de los objetivos prefijados.
2. Realizar la planificación de las acciones de evaluación, monitoreo y medición de impacto de los distintos proyectos y programas sociales de la jurisdicción a efectos de consolidar un sistema integral de información social en el área de su competencia.
3. Mantener permanentemente actualizada la base de datos resultante de insumos informativos provenientes de fuentes de procesamiento internas y de otros sistemas de información y monitoreo de planes sociales, propiciando la maximización de posibilidades para una correcta focalización, formulación, ejecución y evaluación del impacto de las políticas sociales implementadas por la Jurisdicción.
4. Realizar actividades de investigación y elaborar informes técnicos periódicos de relevamiento de las demandas recepcionadas y tramitadas con el objeto de brindar información de relevancia para la reorientación o profundización de las áreas de acción de los diferentes proyectos y acciones.
5. Detectar desvíos derivados del desajuste entre la programación y la ejecución determinando su grado de criticidad, y elaborar los proyectos de modificación de procedimientos y normas, redefiniendo eventualmente los flujogramas realizados en vistas a una mayor calidad y eficiencia en la respuesta directa.
(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 2º del Decreto Nº 1182/2011 B.O. 11/08/2011)
(Por art. 5° del Decreto N°527/2012 B.O. 16/4/2012 la presente Dirección fue transferida desde la Secretaria de Coordinación y Monitoreo Institucional a la Subsecretaría de Coordinación, Monitoreo y Logística dependiente de la Secretaría mencionada.)
Responsabilidad Primaria:
Administrar los elementos tecnológicos necesarios para permitir el adecuado flujo de datos entre las dependencias de la Jurisdicción, asegurando la disponibilidad y proveyendo los niveles de seguridad necesarios para salvaguardar la información institucional sin comprometer las potencialidades de su uso y aprovechamiento por parte de los generadores y los usuarios de la misma.
Acciones:
1. Desarrollar y proponer los planes de acción necesarios para actualizar y mantener la infraestructura de redes de comunicación de datos digitales a fin de posibilitar los más altos niveles de disponibilidad para el procesamiento de la información y para las telecomunicaciones tanto internas como con otros organismos o sedes geográficamente distantes de la sede de la Jurisdicción.
2. Dirigir la ejecución de las actualizaciones a realizar en las instalaciones y los equipamientos informáticos del Ministerio a fin de cumplimentar con los adecuados estándares de calidad en cuanto a tecnologías informáticas se refiere.
3. Diseñar y monitorear la utilización del sistema de gestión de requerimientos de servicio técnico, provisión de insumos y necesidades de adquisiciones de bienes y servicios vinculados a la actividad de informática y comunicaciones.
4. Establecer los lineamientos teóricos y operativos a seguir en la programación y ejecución de las acciones de asistencia técnica para todos los integrantes de la Jurisdicción, brindando apoyo en el uso adecuado del equipamiento y de las herramientas tecnológicas.
5. Dirigir las acciones concernientes al cumplimiento de las medidas de seguridad física y lógica necesarias para salvaguardar equipos, programas fuente, programas ejecutables y documentación de sistemas, como así también proveer a la confidencialidad de la información que se procesa y almacena en las dependencias del Ministerio.
6. Elaborar los lineamientos generales a seguir para la selección de arquitecturas básicas en los sistemas de procesamiento y comunicación de la información, proponiendo la adopción de aquellas que mejor se adapten a los requerimientos de cada caso particular, priorizando el aprovechamiento de las experiencias organizacionales y promoviendo la interoperabilidad entre sistemas específicos.
7. Dirigir los esfuerzos necesarios para el mantenimiento y actualización de los sistemas de almacenamiento y procesamiento de datos vigentes en el Ministerio, así como el desarrollo de aplicaciones que mejoren su intercomunicación.
8. Conducir las acciones de análisis de nuevos requerimientos, de operacionalización de los problemas, de diseño y desarrollo de nuevas aplicaciones informáticas que den solución a los mismos, de acuerdo a los lineamientos recibidos desde la superioridad.
9. Elaborar las normas de calidad a observar para los sistemas informáticos del Ministerio, manteniendo la integralidad y complementariedad entre los manuales de procedimientos que las reflejen.
10. Diseñar los planes de auditoría de calidad informática pertinentes, dirigiendo las acciones para su implementación, elevando los informes y recomendaciones que de ellas se deriven para la valoración de la superioridad.
SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL
(Responsabilidad
Primaria y Acciones de la presente Dirección sustituida por art.5° del Decreto
N° 2083/2011 B.O.12/12/2011)
Dirección
Nacional de Promoción de la Comercialización (Dirección transferida de la ex Secretaría de Políticas
Sociales y Desarrollo Humano- reemplazada
por Decreto
N°505/2010 21/4/2010 por la SECRETARIA DE ECONOMIA SOCIAL- a la
Subsecretaría de Comercialización de la Economia Social por Decreto
N° 2194/2008 B.O.30/12/2008.) Responsabilidad Primaria: Asistir
al Subsecretario de Desarrollo Territorial y Economía Social en el
diseño de acciones promotoras para canalizar la producción obtenida por
los efectores de la economía social, generando e impulsando espacios de
intercambio comercial a efectos de afianzar procesos de desarrollo
micro empresarial locales sustentables. Acciones: 1.
Apoyar y orientar a los efectores de la economía social en la
comercialización de sus productos para su inserción en el mercado
interno y de exportación en especial de artesanos. 2.
Generar espacios de exposición, encuentros e intercambio donde
distintos sectores de la sociedad confluyan en cadenas de
comercialización. 3.
Impulsar cadenas y consorcios de comercialización que vinculen a
distintos efectores locales bajo instrumento contractual que regule el
aporte y el desarrollo del mismo con entidades públicas y privadas. 4.
Afianzar la identidad micro empresarial en la lógica de la economía
social y en el marco de procesos de desarrollo local sustentable y
sostenible. 5.
Canalizar con prioridad las compras para el Estado de productos que
generen los efectores de la economía social de acuerdo a las normativas
vigentes en lo que respecta a calidad y precio.
(Por art. 5° del Decreto N° 505/2010 B.O. 21/4/2010 se aprueba la estructura organizativa de primer nivel operativo de la presente SECRETARIA incorporando a éste Anexo las Responsabilidades Primarias y las Acciones de la misma)
SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES
Dirección Nacional de Ejecución de Proyectos Sociales Integrales y Cooperativos
Responsabilidad Primaria:
Asistir a la SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES en la ejecución de proyectos de la economía social, cooperativos, socioproductivos, cadenas y redes de producción y servicios que permitan mejorar los ingresos de los grupos y familias más vulnerables, articulando con la SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL.
Acciones:
Promover a los efectores sociales de la economía social a partir de las actividades de generación de ingresos en los espacios locales, ya sea en mercados incompletos, ámbitos de producción regional y servicios que se relacionen con la vida cotidiana, atención domiciliaria de la infancia, nuevas tecnologías, comercio de proximidad, servicios de ocio, turismo, y culturales.
2. Impulsar políticas públicas que promuevan la organización y consolidación de talleres familiares y comunitarios.
3. Impulsar a las cooperativas de trabajo como parte de la economía social.
4. Tramitar los subsidios de carácter no reintegrable previstos en el Plan Nacional de Desarrollo Local y Economía Social "Manos a la Obra", emprendimientos productivos y de servicios unipersonales, familiares y asociativos para la incorporación de materia prima, insumos, herramientas y maquinarias.
5. Colaborar con las áreas pertinentes de la SUBSECRETARIA DE FORTALECIMIENTO
INSTITUCIONAL y la SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION en la actualización de la base de datos de los efectores sociales con los aportes específicos de su área de competencia.
SUBSECRETARIA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
Dirección de Desarrollo y Posicionamiento de Marca Colectiva
Responsabilidad Primaria:
Dirigir la aplicación de herramientas e instrumentos de política social tendientes a estimular la adopción de la "Marca Colectiva", Ley 26.355, como herramienta para la promoción del desarrollo integral, el fortalecimiento de las economías regionales y la gestión asociada de iniciativas productivas solidarias y de servicios en el marco de la Economía Social.
Acciones:
1. Desarrollar las estrategias y los instrumentos necesarios para posibilitar el posicionamiento del concepto de Marca Colectiva como herramienta viabilizadora del desarrollo local y comunitario en el marco de la economía social.
2. Difundir los alcances y beneficios de la Marca Colectiva e identificar posibles usuarios entre los Titulares de Derecho.
3. Acompañar y financiar a los emprendedores en la consolidación de la marca, incluyendo acciones de capacitación, colaboración en el desarrollo de reglamentos de uso, acompañamiento en el registro, y asistencia técnica para la mejora de productos y procesos.
4. Asesorar a los titulares de derecho en el cumplimiento de la normativa que regula los productos o servicios ofrecidos y ofrecer tutoría específica para los procesos.
5. Contribuir en el desarrollo de estrategias de posicionamiento de la marca y de canales comerciales.
SUBSECRETARIA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
Dirección de Asistencia Técnica a Emprendedores y Redes Productivas
Responsabilidad Primaria:
Fortalecer y asistir técnicamente a emprendimientos de economía social, en sus distintas formas e instancias, desde su constitución y desarrollo, hasta la generación y consolidación de redes, cadenas productivas y mejoras en la calidad y el valor de producción.
Acciones:
1. Fortalecer la capacidad de gestión y logística a los proyectos asociados que respondan a las nuevas oportunidades de empleo relacionadas con la vida comunitaria, con la atención de la persona, con el apoyo a la producción y servicios, con el medio ambiente y el turismo.
2. Desarrollar el talento gerencial de los emprendedores para que éstos puedan identificar, generar y aprovechar las oportunidades del mercado, brindando asistencia técnica a unidades económicas productivas familiares y colectivas según lo que demande la SUBSECRETARIA DE ORGANIZACIÓN DE INGRESOS SOCIALES.
3. Articular con organismos e instituciones públicas y del sector privado, el desarrollo de asistencias técnicas específicas para la mejora de los procesos o la calidad de los productos y servicios de emprendimientos, grupos asociativos o redes productivas de la economía social.
(Responsabilidad Primaria y Acciones de las unidades dependientes de la ex SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL suprimidas por art. 4° del Decreto N° 505/2010 B.O. 21/4/2010)
COMISION NACIONAL DE COORDINACION DEL PROGRAMA DE PROMOCION DEL MICROCREDITO PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMIA SOCIAL
Dirección Nacional del Microcrédito Social
Responsabilidad Primaria:
Desarrollar, promover y fortalecer el desarrollo y adopción del Microcrédito Social como herramienta efectiva para estimular el desarrollo integral de las personas, los grupos de escasos recursos y el fortalecimiento institucional de organizaciones no lucrativas de la sociedad civil que colaboran en el cumplimiento de las políticas sociales.
Acciones:
1. Dirigir la ejecución de los procedimientos normados para la eficiente administración del Fondo Nacional de Promoción del Microcrédito, procurando la maximización de los resultados y cuidando la evolución de indicadores críticos que aseguren respuestas rápidas ante eventuales desvíos.
2. Desarrollar mecanismos para la ejecución y el seguimiento de los programas de financiamiento, asistencia técnica y capacitación de las Instituciones de Microcrédito.
3. Diseñar, gestionar, y monitorear los procedimientos que regulen y reduzcan los costos operativos e intereses cuya influencia resulte negativa para la consecución de los objetivos esperados por el Programa de Promoción del Microcrédito para el Desarrollo de la Economía Social.
4. Diseñar y dirigir acciones promotoras del desarrollo de la calidad y cultura productiva, propiciando la sustentabilidad de los Emprendimientos de la Economía Social que se ejecuten a través del Programa de Promoción del Microcrédito para el Desarrollo de la Economía Social.
5. Participar en la elaboración de propuestas normativas para la administración del Fondo Nacional de Promoción del Microcrédito, la fijación de tasas y cargos relacionados con las operaciones financiadas por el mismo, y los actos administrativos que de las mismas se infieran.
6. Dirigir la organización de los sistemas de información y la elaboración de los productos informativos derivados de los mismos, a fin de brindar los insumos necesarios para posibilitar al Comité Asesor de la COMISION NACIONAL DE COORDINACION DEL PROGRAMA DE PROMOCION DEL MICROCREDITO PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMIA SOCIAL, el seguimiento y monitoreo de la gestión del Fondo Nacional de Promoción del Microcrédito.
7. Determinar y dirigir los procedimientos de seguimiento, monitoreo y evaluación de las operaciones de otorgamiento y aplicación de microcréditos, a efectos de brindar las herramientas necesarias a la COMISION para que la misma elabore las propuestas de aprobación o rechazo de rendiciones de cuentas y aplicación de sanciones a las Instituciones de Microcrédito.
SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA
Dirección de Capacitación
(Nota Infoleg: por art. 4º del Decreto Nº 2194/2008 B.O. 30/12/2008, se transfirió la presente Dirección, desde la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL a la SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACIÓN COMUNITARIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, la que mantendrá sus acciones y dotaciones vigentes a la fecha, con sus respectivos niveles, grados de revista y Función Ejecutiva prevista en la normativa vigente).
Responsabilidad Primaria:
Asistir al Secretario de Coordinación y Monitoreo Institucional en todo lo relacionado con el diseño y monitoreo de metodologías y acciones relacionadas con los programas de asistencia técnica y capacitación de recursos humanos extrajurisdiccionales relacionados con las políticas sociales fijadas por el Ministerio de Desarrollo Social.
Acciones:
1. Planificar, administrar, evaluar y fiscalizar metodológicamente objetivos y programas de asistencia técnica y capacitación de recursos humanos relacionados con las políticas sociales fijadas por el Ministerio de Desarrollo Social.
2. Construir y ejecutar instrumentos de gestión y monitoreo de los programas de capacitación implementados en su ámbito de competencia a efectos de incrementar su eficacia, eficiencia y detectar las necesidades de reformulación.
3. Coordinar y difundir actividades de capacitación externa con organismos académicos, unidades organizativas y/u otros organismos e instituciones del ámbito público y privado.
Dirección Nacional de Diseño y Comunicación Institucional
Responsabilidad Primaria:
Intervenir en el diseño, elaboración, propuesta y difusión de las acciones del gobierno nacional en el ámbito social propiciando el mayor aprovechamiento de la información específica disponible a tal fin, y propendiendo a que ésta sea un insumo adecuado para su aprovechamiento por las distintas instancias de la jurisdicción y de las instituciones del área, tanto en los diferentes niveles gubernamentales como en las organizaciones de la sociedad civil.
Acciones:
1. Maximizar las posibilidades de uso y aprovechamiento de las fuentes informativas disponibles para las unidades organizativas y programas del Ministerio.
2. Desarrollar estrategias de intervención de comunicación institucional, produciendo materiales gráficos, videos para la consolidación de las acciones que se desprenden de los planes sociales de la jurisdicción.
3. Intervenir en la elaboración de información y publicaciones de los servicios sustantivos del área social, propiciando la concientización de la población en materia social.
4. Establecer mecanismos que garanticen un mayor conocimiento y una mejor visualización pública de las actividades desarrolladas por las organizaciones de la sociedad civil.
5. Proponer instancias de reformulación de políticas de comunicación social, así como sus planes y programas, de acuerdo a los resultados de la observación en los diferentes ámbitos de competencia, tendiendo a incrementar la receptividad y comprensión de las acciones emprendidas.
6. Asistir a la superioridad en el diseño, elaboración, monitoreo y definición de ajustes y actualizaciones de instrumentos, herramientas y procedimientos relacionados con la obtención, procesamiento, aprovechamiento y difusión de la información social.
Dirección de Evaluación y Seguimiento de Políticas
(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 7° del Decreto N° 190/2014 B.O. 14/02/2014)
Responsabilidad Primaria:
Asistir a la SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA en
el diseño, elaboración y propuesta de los lineamientos e insumos
necesarios para la evaluación y seguimiento de planes, programas y
proyectos de su competencia.
Acciones:
1. Asistir a la SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA
en los lineamientos para la evaluación y seguimiento de los planes,
programas y proyectos de la SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION
COMUNITARIA.
2. Colaborar en el diseño de las acciones de coordinación intrajurisdiccional
3. Elaborar indicadores de gestión atendiendo a los resultados y
productos de las políticas que implementa la SECRETARIA DE ORGANIZACION
Y COMUNICACION COMUNITARIA.
SUBSECRETARIA DE JUVENTUD
Dirección Nacional de Juventud
(Nota Infoleg: por art. 2° del Decreto N° 2310/2009 B.O. 10/2/2010 la presente Dirección fue transferida desde la SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL a la órbita de la SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA manteniendo sus acciones y dotaciones vigentes a la fecha, con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en la normativa vigente)
(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 5° del Decreto N° 190/2014 B.O. 14/02/2014)
Responsabilidad Primaria:
Asistir a la SUBSECRETARIA DE JUVENTUD en la planificación,
coordinación y ejecución de políticas territoriales destinadas a la
población juvenil.
Acciones:
1. Articular y coordinar las acciones a implementar en el territorio
nacional con las jurisdicciones locales con competencia en materia de
juventud.
2. Promover instancias de organización social en todo el territorio
nacional con el fin de fortalecer y viabilizar el concepto de
ciudadanía juvenil activa, difundiendo valores tales como solidaridad,
equidad, compromiso, justicia, responsabilidad, ética e identidad
nacional.
3. Mantener actualizado un registro nacional de organizaciones de jóvenes.
4. Desarrollar programas y acciones de cooperación directa destinados a
satisfacer las demandas y carencias de las organizaciones juveniles
mediante acciones de asistencia técnica, orientación y subsidios
específicos.
5. Generar instancias de acompañamiento y fortalecimiento de los
Centros de Estudiantes y fomentar el Programa Jóvenes Padre Mugica en
todo el territorio nacional.
6. Asistir a la SUBSECRETARIA DE JUVENTUD en la evaluación y
seguimiento de las políticas implementadas a través de la
sistematización de la información relevada en el territorio nacional.
7. Proponer a la SUBSECRETARIA DE JUVENTUD los planes estratégicos
necesarios para abordar las problemáticas juveniles detectadas.
8. Coordinar los Centros Juveniles en el ámbito de los Centros
Integradores Comunitarios, procurando la integración entre los aportes
de la jurisdicción y los recursos y esfuerzos propios de las
instituciones juveniles del territorio nacional.
9. Coordinar acciones y campañas de concientización sobre los derechos de los jóvenes.
10. Participar en la planificación y ejecución de las acciones
necesarias para la generación de emprendimientos socio-comunitarios y
productivos, que permitan aumentar las capacidades de los jóvenes
revalorizando sus conocimientos, experiencias e iniciativas.
(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 6° del Decreto N° 190/2014 B.O. 14/02/2014)
Responsabilidad Primaria:
Asistir a la SUBSECRETARIA DE JUVENTUD en la planificación,
coordinación y ejecución de políticas territoriales destinadas a la
población juvenil.
Acciones:
1. Articular y coordinar las acciones a implementar en el territorio
nacional con las jurisdicciones locales con competencia en materia de
juventud.
2. Promover instancias de organización social en todo el territorio
nacional con el fin de fortalecer y viabilizar el concepto de
ciudadanía juvenil activa, difundiendo valores tales como solidaridad,
equidad, compromiso, justicia, responsabilidad, ética e identidad
nacional.
3. Mantener actualizado un registro nacional de organizaciones de jóvenes.
4. Desarrollar programas y acciones de cooperación directa destinados a
satisfacer las demandas y carencias de las organizaciones juveniles
mediante acciones de asistencia técnica, orientación y subsidios
específicos.
5. Generar instancias de acompañamiento y fortalecimiento de los
Centros de Estudiantes y fomentar el Programa Jóvenes Padre Mugica en
todo el territorio nacional.
6. Asistir a la SUBSECRETARIA DE JUVENTUD en la evaluación y
seguimiento de las políticas implementadas a través de la
sistematización de la información relevada en el territorio nacional.
7. Proponer a la SUBSECRETARIA DE JUVENTUD los planes estratégicos
necesarios para abordar las problemáticas juveniles detectadas.
8. Coordinar los Centros Juveniles en el ámbito de los Centros
Integradores Comunitarios, procurando la integración entre los aportes
de la jurisdicción y los recursos y esfuerzos propios de las
instituciones juveniles del territorio nacional.
9. Coordinar acciones y campañas de concientización sobre los derechos de los jóvenes.
10. Participar en la planificación y ejecución de las acciones
necesarias para la generación de emprendimientos socio-comunitarios y
productivos, que permitan aumentar las capacidades de los jóvenes
revalorizando sus conocimientos, experiencias e iniciativas.
SUBSECRETARIA DE ORGANIZACIÓN COMUNITARIA
Dirección Nacional de Comunicación Estratégica
Responsabilidad Primaria:
Asegurar la creación de las condiciones necesarias para el establecimiento de lazos y redes sociales que generen la integración social, promuevan la participación ciudadana y el desarrollo sociocultural en el territorio.
Acciones:
1. Promover el aprovechamiento de recursos de infraestructura y equipamiento a través de Centros Integradores Comunitarios, redes de transmisión que tiendan a crear o aumentar el patrimonio comunitario y el capital social.
2. Brindar los espacios para la discusión y enriquecimiento necesarios que posibiliten el trabajo conjunto de áreas técnicas nacionales, provinciales, municipales y organizaciones no gubernamentales en la búsqueda de articulaciones tendientes a dar respuesta a las necesidades locales.
3. Establecer los estándares necesarios y diseñar y dirigir las acciones que permitan evaluar en conjunto con las áreas pertinentes, los impactos que, desde una visión abarcativa y con un marco de referencia integral se lleven adelante en el territorio, de acuerdo a las necesidades y potencialidades locales y de su respectiva zona de influencia.
4. Promover la creación de redes comunicacionales que permitan efectivizar las tareas de investigación, difusión, docencia, organización y sistematización de actividades en conjunto con las organizaciones sociales.
Dirección Nacional de Gestión de los Centros de Referencia
(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 3° del Decreto N° 2310/2009 B.O. 10/2/2010)
Responsabilidad Primaria:
Diseñar las estrategias de gestión necesarias, y dirigir las acciones resultantes, para facilitar la mayor participación y organización comunitaria de los actores institucionales involucrados en la implementación de las Políticas Sociales en todo el ámbito del territorio nacional.
Acciones:
1. Diseñar los lineamientos de gestión para los Centros de Referencia, su interrelación con otras áreas del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y con los distintos organismos nacionales, provinciales, municipales y comunales.
2. Elaborar los planes de acción y los instrumentos necesarios para integrar los esfuerzos de las Coordinaciones Locales a fin de afianzar la institucionalidad en el territorio nacional.
3. Brindar apoyo logístico de gestión en territorio a los Centros de Referencia de cada Provincia, y a través de ellas a los Centros Integradores Comunitarios y a las Coordinaciones Locales, para potenciar su funcionamiento y fomentar el logro de los objetivos planteados.
4. Monitorear y facilitar la celebración de acuerdos marco de cooperación de los Centros de Referencia provinciales con los actores institucionales involucrados en la aplicación de las Políticas Sociales llevadas adelante por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
5. Analizar las realidades territoriales y establecer prioridades de relevamiento de necesidades, programando las acciones a fin de asegurar su cumplimiento.
6. Evaluar los resultados de los relevamientos realizados y proponer las acciones a emprender, direccionando asimismo los requerimientos detectados a las áreas competentes.
7. Efectivizar las acciones del Plan Nacional de Abordaje Integral (Plan Ahí) en el interior del país.
SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION Y CAPACITACION POPULAR
Dirección Nacional de Educación Social y Popular
Responsabilidad Primaria:
Desarrollar, respaldar y fortalecer procesos de capacitación y asistencia técnica tendientes a promover la organización e integración con miras a lograr una plena ciudadanía social y estimular la generación, representatividad, autosostenimiento y participación plena de los actores sociales.
Acciones:
1. Participar en el diseño y ejecutar las actividades de formación y capacitación a fin de posibilitar a los actores sociales el desarrollo de capacidades que contribuyan a mejorar su calidad de vida.
2. Diseñar mecanismos a fin de potenciar aptitudes y saberes populares que contribuyan al desarrollo del capital humano, cultural y social.
3. Acompañar los procesos de implementación de experiencias auto gestionarias promoviendo la efectiva sustentabilidad de los mismos desde la puesta en disponibilidad de herramientas técnicas apropiadas al alcance de los actores sociales.
4. Dirigir la formación de educadores populares y organizar espacios de aprendizaje y sociabilización de los saberes populares que respeten las realidades regionales.
Dirección Nacional de Formación de Actores Territoriales
Responsabilidad Primaria:
Desarrollar, coordinar y profundizar el proceso de formación, capacitación y fortalecimiento de las potencialidades y saberes comprometidos con el cambio social a través de procedimientos de aprendizaje en servicio, que realicen y recuperen desde la práctica territorial metodologías, modalidades y capacidades locales en un marco de construcción federal multiactoral e integral.
Acciones:
1. Crear estrategias educacionales con el objeto de lograr políticas de promoción e integración social.
2. Generar herramientas, mecanismos, recursos, materiales, lazos y vínculos adecuados para cada realidad social y territorial, como aporte integral al proceso de transformación social.
3. Diseñar herramientas de formación a efectos de desplegar capacidades para analizar la complejidad de la realidad actual y de las problemáticas sociales desde una concepción multidimensional.
4. Generar nuevas oportunidades locales impulsando el análisis, la investigación, evaluación y acción directa para el desarrollo social y la promoción comunitaria impulsando la instalación de capacidades y metodologías innovadoras para un desarrollo territorial equitativo y participativo.
5. Respaldar procesos de capacitación, asistencia técnica, educación popular y formación de líderes comunitarios que promuevan la organización y la integración con el fin de lograr una plena ciudadanía social a través de la participación de los actores sociales en un marco de igualdad de oportunidades fortaleciendo la identidad y la inclusión social.
SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL
(Nota Infoleg: La Dirección Nacional de Apoyo Logístico que dependía de esta Secretaría fue suprimida por art. 4° del Decreto N° 527/2012 B.O. 16/4/2012)
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL
Dirección Nacional de Dispositivos Territoriales Móviles
(Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 4° del Decreto N° 2035/2013 B.O. 5/12/2013)
Responsabilidad Primaria:
Promover la atención directa territorial, mejorando el acceso a
servicios y prestaciones a través de dispositivos territoriales
móviles, con equipos técnicos interdisciplinarios que den respuesta a
las necesidades críticas que se detecten en los distintos lugares y sus
comunidades.
Acciones:
1. Diseñar las estrategias logísticas específicas para efectivizar la
disponibilidad de los Dispositivos Territoriales Móviles coordinando su
accionar con los Centros de Referencia del Ministerio de Desarrollo
Social.
2. Acercar la atención de diversas áreas jurisdiccionales a aquellas
zonas que resulten de difícil acceso y/o no posean esas prestaciones de
forma habitual.
3. Ordenar las herramientas organizativas disponibles en coordinación
con otros Ministerios para equipar y mantener la funcionalidad
operativa de los equipos humanos y materiales que resulten necesarios
para la atención de las necesidades detectadas en las localizaciones
territoriales priorizadas.
4. Dirigir el accionar de la Coordinación de Centros de Integración
Comunitaria Móviles de conectividad ferro-fluvial y de la Coordinación
de Centros de Integración Comunitaria Móviles de conectividad terrestre.
5. Apoyar territorialmente las acciones programadas por el Consejo
Nacional de Coordinación de Políticas Sociales a través de la
articulación con la Coordinación del Plan Nacional de Abordaje Integral
- “Plan Ahí” y otras unidades jurisdiccionales que soliciten su
colaboración en cada caso particular.
6. Monitorear, registrar y evaluar el impacto de las acciones llevadas
adelante por los dispositivos bajo su órbita, a fin de detectar
posibles campos de mejora continua y eventuales desvíos en el
aprovechamiento de los recursos asignados, trazando al efecto las
líneas de acción que resulten necesarias para su corrección.
7. Orientar respecto a la instalación fija en el territorio de nuevos Centros Integradores Comunitarios.
SUBSECRETARIA DE ABORDAJE TERRITORIAL
Dirección Nacional de Asistencia Crítica
Responsabilidad Primaria:
Coordinar y evaluar las acciones emergentes que afectan a grupos de personas con índices de riesgo crítico, para lo cual es necesario recurrir a proyectos especiales y el cumplimiento de acciones específicas para mitigar o impedir sus efectos negativos.
Acciones:
1. Identificar la carencia crítica de los grupos afectados para intervenir en función de los recursos adecuados.
2. Diseñar estudios e investigaciones en gabinete o terreno que, con orientación epidemiológica, permitan detectar alertas tempranas e identificar y cuantificar indicadores de situaciones de alta vulnerabilidad social.
3. Elaborar diagnósticos básicos, investigaciones aplicadas y estudios que faciliten la focalización e implementación de programas o acciones preventivas.
4. Elaborar, definir y testear planes de acción rápida, priorizando los procesos de recuperación y contención de las demandas que se originen y la rehabilitación y reconstrucción de la estructura social dañada.
5. Definir programas o proyectos integrales de ayuda social a grupos poblacionales en situación de riesgo inmediato, en función de los factores críticos a los que están expuestos y los daños que son pasibles de sufrir, coordinando y articulando la oferta socio institucional de carácter público o privado, a través de acciones integradas, desarrollando programas de asistencia y recuperación, organizando recursos y estableciendo prioridades.
SUBSECRETARIA DE POLITICAS ALIMENTARIAS
(Nota Infoleg: por arts. 1° y 2° del Decreto N° 2035/2013 B.O. 5/12/2013 se transfiere la SUBSECRETARIA DE POLITICAS ALIMENTARIAS a la órbita de la Secretaría de Economía Social)
Dirección Nacional de Seguridad Alimentaria
Responsabilidad Primaria:
Asistir a la SUBSECRETARIA DE POLITICAS ALIMENTARIAS en la concepción, diseño, implementación y evaluación de los programas, proyectos y acciones a ejecutar para dar cumplimiento a los objetivos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL en materia de política alimentaria.
Acciones:
1. Administrar la inversión de la Red Federal de Alimentación y Nutrición en lo referente a la elaboración del presupuesto, disponibilidad de fondos, circuitos de compras y transferencias y ejecución presupuestaria.
2. Elaborar y proponer los instrumentos legales necesarios para viabilizar las acciones de la Red Federal de Alimentación y Nutrición.
3. Proponer controles de gestión presupuestaria, legales y de prestaciones en el terreno de las transferencias de fondos realizadas.
4. Participar en la elaboración de las herramientas de recolección de datos que cumplimenten los requerimientos de los convenios suscriptos.
5. Elaborar los informes técnicos de gestión de avance y cierre de cada transferencia y de cierres de expedientes.
6. Planificar, programar y coordinar la ejecución de acciones de prevención y respuesta inmediata ante eventuales situaciones de emergencia alimentaria.
COMISION NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES
Dirección Nacional de Promoción y Gestión de Derechos
Responsabilidad Primaria:
Planificar los cursos de acción necesarios para la aplicación de las normas legales y reglamentarias correspondientes a fin de asegurar el correcto otorgamiento de las pensiones no contributivas y de las emergentes de leyes especiales, interpretando y haciendo cumplir las políticas del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL para el área, y coordinando las acciones de interés común con otros entes u organismos relacionados.
Acciones:
1. Diseñar los procedimientos necesarios para ejecutar correctamente la determinación de derechos y asignación de beneficios a los solicitantes de pensiones no contributivas, a través de tramitaciones normadas adecuadamente, a fin de asegurar equidad en el otorgamiento o denegatoria de los mismos.
2. Planificar y controlar la correcta ejecución de los procesos necesarios para asegurar la adecuada administración de los beneficios otorgados con especial énfasis en las acciones relacionadas con la incorporación de nuevos beneficiarios, las liquidaciones mensuales y la conciliación de información con el ANSES.
3. Asegurar la correcta atención y orientación al público brindando la información relativa a las condiciones necesarias para iniciar una solicitud de pensión y poniendo a disposición la información relativa al estado de los trámites ya iniciados.
4. Diseñar y controlar la realización de "operativos de campo", tendiendo al acercamiento de la COMISION NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES con los destinatarios del beneficio.
5. Proponer e implementar mecanismos de difusión del programa de pensiones no contributivas.
ANEXO III
PLANTA PERMANENTE
JURISDICCION: 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
ESCALAFON: 300 - ESCALAFON DECRETO 993/91 - SINAPA
PLANTA PERMANENTE
JURISDICCION: MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
ENTIDAD: SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
PROGRAMA PRESUPUESTARIO: 44
ESCALAFON 802 - PERSONAL DE SEGURIDAD Y DEFENSA DEL SERVICIO PENITENCIARIO
- Anexo Ia sustituido por art. 4° del Decreto N° 190/2014 B.O. 14/02/2014;
- Anexo Ia sustituido por art. 3° del Decreto N° 2035/2013 B.O. 5/12/2013;
- Anexo Id sustituido por art. 6° del Decreto N° 527/2012 B.O. 16/4/2012;
- Anexo Ia sustituido por art. 6° del Decreto N°527/2012 B.O. 16/4/2012;
- Anexo Ie sustituido por art. 6° del Decreto N° 527/2012 B.O. 16/4/2012;
- Anexo Ib al art. 3°, Organigrama de la Secretaría de Coordinación y Monitoreo Institucional, sustituido por art. 3º del Decreto N° 2083/2011 B.O. 12/12/2011;
- Anexo I al art. 3°, Organigrama de la Secretaría de Coordinación y Monitoreo Institucional, sustituido por art. 1º del Decreto Nº 1182/2011 B.O. 11/08/2011;
- Anexo II, Secretaría de Organización y Comunicación Comunitaria, Subsecretaría de Juventud, Responsabilidad primaria y acciones sustituidas por art. 1° del Decreto N° 124/2011 B.O. 10/2/2011;
- Anexo Ia al artículo 3°, sustituido por art. 6° del Decreto N° 505/2010 B.O. 21/4/2010 ;
- Anexo Ib al artículo 3°, sustituido por art. 6° del Decreto N° 505/2010 B.O. 21/4/2010;
- Anexo Ic sustituido por art. 6° del Decreto N° 505/2010 B.O. 21/4/2010;
- Anexo Id al artículo 3°, sustituido por art. 6° del Decreto N° 505/2010 B.O. 21/4/2010;
- Anexo Ie al artículo 3°, sustituido por art. 6° del Decreto N° 505/2010 B.O. 21/4/2010;
- Anexo Ig sustituido por art. 6° del Decreto N° 505/2010 B.O. 21/4/2010;
- Anexo I al art. 3, por art. 2° del Decreto N° 2310/2009 B.O. 10/2/2010 se transfiere la Dirección Nacional de Juventud dependiente de la SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL a la SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, la que mantendrá sus acciones y dotaciones vigentes a la fecha, con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en la normativa vigente;
- Anexo I al art. 3°, por art. 3° del Decreto N° 2310/2009 B.O. 10/2/2010 se incorpora a la SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL la Dirección Nacional de Gestión de los Centros de Referencia;
-
Anexo II al art. 3°,
Responsabilidad Primaria y Acciones de la ex-Dirección Nacional de
Apoyo Logístico dependiente de la Secretaría de Gestion y Articulación
Institucional, sustituidas por art. 4° del Decreto
N° 2310/2009 B.O. 10/2/2010;
-
Anexo II al art. 3°, Responsabilidad primaria y acciones Dirección
Nacional de Fomento del Monotributo Social de la SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA
ECONOMIA SOCIAL incorporadas por art. 5° del Decreto
N° 1164/2009 B.O.4/9/2009;
- Anexo I al art. 3°, Dirección de Desarrollo y Posicionamiento de Marca Colectiva incorporada por art. 5º del Decreto Nº 2194/2008 B.O. 30/12/2008;
- Anexo II al art. 3° Apartado XIX, SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO, Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización (Nota Infoleg: por art. 3º del Decreto Nº 2194/2008 B.O. 30/12/2008, se transfiere la presente Dirección, dependiente de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL de la SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO a la SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL, dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, las que mantendrán sus acciones y dotaciones vigentes a la fecha, con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en la normativa vigente.)
- Anexo I al art. 3, Nota Infoleg: se deja constancia que por la modificación del Organigrama de Aplicación de la Administración Pública Nacional del presente Ministerio, dispuesta por el art. 2º del Decreto Nº 2194/2008 B.O. 30/12/2008, se ha incorporado la "Subsecretaría de Comercialización de la Economía Social" dependiente de la Secretaría de Coordinación y Monitoreo Institucional;
- Anexo II al art. 3°, Apartado XIX, SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO, Dirección del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social (Nota Infoleg: por art. 3º del Decreto Nº 2194/2008 B.O. 30/12/2008, se transfiere la presente Dirección, dependiente de la SUBSECRETARIA DE ORGANIZACIÓN DE INGRESOS SOCIALES de la SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO a la SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL, dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, las que mantendrán sus acciones y dotaciones vigentes a la fecha, con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en la normativa vigente.)
(Nota Infoleg: según consta en el Organigrama que obra como Anexo I del presente Decreto, la Dirección del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social depende de la Subsecretaría de Organización de Ingresos Sociales de la Secretaría de Políticas Sociales y Desarrollo Humano)
- Anexo II al art. 3°, Apartado XIX, SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO, Dirección de Desarrollo y Posicionamiento de Marca Colectiva, incorporada por art. 5º del Decreto Nº 2194/2008 B.O. 30/12/2008;