INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

Resolución 189/2007

Integración del Consejo Consultivo Honorario.

Bs. As., 18/12/2007

VISTO, el Expediente Nº 1128/07, el Decreto Nº 1288 de fecha 4 de noviembre de 1998 y su modificatorio Nº 721 de fecha 25 de agosto de 2000; y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1288/ 98, modificado por el artículo 4º del Decreto Nº 721/00, se dispuso la creación, en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL (INAES), del CONSEJO CONSULTIVO HONORARIO, presidido por el Presidente del Instituto, e integrado por DOS (2) Consejeros en representación del Poder Ejecutivo Nacional, TRES (3) Consejeros en representación de las Asociaciones Mutuales, TRES (3) Consejeros en representación de las Cooperativas, UN (1) Consejero en representación de los profesionales especialistas en Cooperativismo y UN (1) Consejero en representación de los profesionales especialistas en mutualismo.

Que la citada norma prevé que los integrantes del Consejo serán designados por el Directorio del INAES, a propuesta de las entidades representadas.

Que dichas entidades han elevado a este Organismo las respectivas propuestas.

Que el mismo artículo 1º del Decreto Nº 1288/ 98, in fine, establece que el Directorio podrá ampliar el número de integrantes del Consejo a solicitud de las entidades, o por iniciativa propia, cuando esta ampliación resulte imprescindible para el cumplimiento eficaz y eficiente de sus funciones.

Que el Directorio ha considerado el expediente mencionado en el Visto del presente acto administrativo, habiendo decidido, luego de la evaluación de las propuestas efectuadas, sobre quiénes debían ser designados como consejeros.

Que asimismo resolvió la ampliación del número de integrantes del Consejo Consultivo Honorario con el primer Secretario de Acción Cooperativa, dirigentes representativos del sector cooperativo y mutual, con profesionales destacados y calificados, y con quienes coordinen las diversas comisiones temáticas que se desempeñan en el ámbito de este Instituto, pues ello resulta imprescindible para un cumplimiento eficaz y eficiente de sus funciones, en atención que las comisiones antes citadas habrán de trabajar en forma coordinada con el referido Consejo en orden a las funciones que a éste le han sido asignadas por el Decreto Nº 1288/98, y su modificatorio Nº 721/00.

Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo mediante el cual se ejecute la resolución adoptada por el Directorio.

Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que le compete con carácter previo al dictado del presente.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 420/96, 721/00 y 35/ 07

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º — Desígnanse integrantes del CONSEJO CONSULTIVO HONORARIO en representación del Poder Ejecutivo Nacional a D. Néstor Francisco SARRÍA (L.E. Nº 4.087.047), en su carácter de ex Presidente del Instituto Nacional de Acción Mutual, y a D. Héctor Pedro GARAY (D.N.I. Nº 5.151.053), por su destacada trayectoria en el cooperativismo; en representación de las Asociaciones Mutuales a D. Carlos DALLA TEA (L.E. Nº 4.768.661), D. Gabriel Alejandro GONZALEZ MARTOS (D.N.I. Nº 17.362.306) y D. Francisco SAVOINI (D.N.I. Nº 11.735.809); en representación de las Cooperativas a D. Fernando GIOINO (L.E. Nº 7.692.477), D. Ricardo Luis LOPEZ (D.N.I. Nº 8.447.357), y D. José GUISASOLA (D.N.I. Nº 11.830.863); en representación de los profesionales especialistas en Mutualismo y Cooperativismo al C.P. D. Carlos FERRETTI (L.E. Nº 6.133.736) y al C.P. D. Sergio Fidel MARTINO (D.N.I. Nº 8.281.881), respectivamente.

Art. 2º — Amplíase el número de integrantes del CONSEJO CONSULTIVO HONORARIO y desígnase al Dr. D. Héctor Teodoro POLINO (L.E. Nº 4.103.711), en su carácter de primer Secretario de Acción Cooperativa, Dr. D. Adalberto F. BOCCOLI (D.N.I. Nº 6.117.368), por su destacada trayectoria en el cooperativismo, D. Alberto LETTIERI (D.N.I. Nº 7.698.031), en su carácter de Presidente de la primera entidad de Segundo Grado integrada por cooperativas y mutuales, C.P. Da. María Argentina GOMEZ URÍA (D.N.I. Nº 2.255.745), C.P. D. Rodolfo Antonio MANGAS (D.N.I. Nº 13.103.501), Dr. D. Armando Alfredo MOIRANO (L.E. Nº 4.372.802) y Técnico D. Oscar Luis COSTA (D.N.I. Nº 8.210.348), en su carácter de profesionales calificados en Cooperativismo y Mutualismo.

Art. 3º — Amplíase el número de integrantes del CONSEJO CONSULTIVO HONORARIO con quienes coordinen las Comisiones temáticas que se desempeñan en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL (INAES).

Art. 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Patricio J. Griffin.