MINISTERIO DE SALUD

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución Nº 792/2007

Bs. As., 19/12/2007

VISTO el expediente Nº 126.700/07-SSSALUD y las leyes 23.660, 23.661, 22.431 y 24.901, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las normas citadas en el visto se regulan las prestaciones a que se encuentran obligados los Agentes del Seguro de Salud respecto de los beneficiarios discapacitados.

Que se han detectado algunas deficiencias de información, tanto poblacionales como de recursos físicos, que atentan contra equidad e igualdad en las prestaciones que reciben las personas con discapacidad.

Que es necesario avanzar en un relevamiento poblacional, de recursos y patologías, con el objeto de diseñar —en el ámbito de los Agentes nacionales del Seguro de Salud— una única estrategia sanitaria para el abordaje integral, con igual calidad de cobertura, a las personas con discapacidad.

Que la Superintendencia de Servicios de Salud es una de las instituciones miembro de pleno derecho de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social y mantiene con ella diversos vínculos que incluyen convenios de colaboración.

Que la Organización Iberoamericana de la Seguridad Social es un organismo internacional, de carácter técnico y especializado, que tiene como finalidad promover el bienestar económico y social de los países iberoamericanos y de todos aquellos que se vinculan por el idioma español y portugués mediante la coordinación, intercambio y aprovechamiento de sus experiencias mutuas en Seguridad Social.

Que dentro de las funciones de dicho Organismo internacional se encuentra la de poder realizar las tareas antes aludidas.

Que en virtud de lo expuesto, se ha elaborado el pertinente proyecto de Convenio de Cooperación a celebrarse entre esta Superintendencia y la Organización Iberoamericana de Seguridad Social.

Que ha tomado la intervención que le compete la gerencia de Asuntos Jurídicos de este Organismo.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1615/96, 96/ 06 y 131/06.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébese la suscripción del Convenio de Cooperación con la ORGANIZACIÓN IBEROAMERICANA DE SEGURIDAD SOCIAL, que como Anexo forma parte integrante de este acto administrativo.

ARTICULO 2º — Autorízase a la Subgerencia de Administración de este Organismo a liquidar y abonar a la Organización Iberoamericana de Seguridad Social los importes establecidos en el Convenio aprobado por el artículo 1º.

ARTICULO 3º — Aféctase al presupuesto de la Superintendencia de Servicios de Salud los montos comprometidos en el Convenio para los ejercicios año 2007 y 2008 e impútese a la partida presupuestaria específica.

ARTICULO 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente archívese. — HECTOR ADRIAN CAPACCIOLI, Superintendente, Superintendencia de Servicios de Salud.

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NOTA: ESTA RESOLUCION SE PUBLICA SIN ANEXO. LA DOCUMENTACION NO PUBLICADA PUEDE SER CONSULTADA EN LA SEDE CENTRAL DE ESTA DIRECCION NACIONAL (SUIPACHA 767-CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES) Y EN www.boletinoficial.gov.ar.

e. 28/12/2007 Nº 567.763 v. 28/12/2007