BIENES DE INTERES HISTORICOARTISTICO

Ley 26.333

Declárase Bien de Interés Histórico-Artístico al edificio del "Teatro Español" de la ciudad de Comodoro Rivadavia, provincia del Chubut.

Sancionada: Diciembre 4 de 2007

Promulgada de Hecho: Enero 2 de 2008

El Senado y Cámara de Diputados

de la Nación Argentina reunidos

en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de

Ley:

ARTICULO 1ş — Declárase Bien de Interés Histórico- Artístico al edificio del "Teatro Español", ubicado en la calle San Martín 668/674, de la ciudad de Comodoro Rivadavia, provincia del Chubut.

ARTICULO 2ş — A los fines dispuestos en el artículo 1ş de la presente, el citado bien queda amparado en las disposiciones de las Leyes 12.665 y 25.197.

ARTICULO 3ş — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos convendrá con el titular del inmueble los términos y alcances de la cooperación a brindar por aquélla a efectos de la mejor preservación, conservación y guarda del edificio que se declara bien de interés histórico-artístico por esta ley.

ARTICULO 4ş — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos practicará las inscripciones correspondientes en el Registro Nacional de Bienes Históricos e Históricos Artísticos con la referencia "Bien de Interés Histórico-Artístico" al "Teatro Español de Comodoro Rivadavia" y en los registros catastrales y de la Propiedad Inmueble que correspondan.

ARTICULO 5ş — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.

— REGISTRADO BAJO EL Nş 26.333 —

ALBERTO BALESTRINI. — JOSE J. B. PAMPURO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.