ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Nota Externa Nº 5/2008

Nota Externa Nº 48/07 (DGA). Zona de Vigilancia Especial. Dirección Regional Aduanera Resistencia.

Bs. As., 10/1/2008

VISTO la Resolución General Nº 2048 AFIP, modificatoria de la Resolución Nº 697/1986 (Ex ANA), que reglamenta el funcionamiento de la Zona de Vigilancia Especial, y la Nota Externa Nº 48/07 (DGA) por la cual se instrumentan los controles en la jurisdicción de la Aduana de Clorinda, dependiente de la Dirección Regional Aduanera Resistencia, y;

CONSIDERANDO:

Que posteriormente, mediante la Nota Externa Nº 53/07, esta Dirección General de Aduanas ha pospuesto la aplicación de la Nota Externa citada, ordenando la implementación de controles preventivos en los puestos de control establecidos al ingreso de la Zona de Vigilancia Especial.

Que la Dirección Regional Aduanera Resistencia eleva informe detallando los resultados obtenidos como consecuencia de las medidas de control adoptadas al ingreso de las mercaderías sensibles a la citada zona de control.

Que los mismos son evaluados como positivos, motivo por el cual se considera prudente continuar ejerciendo los controles preventivos dispuestos en la actualidad, posponiendo la implementación de la Nota Externa Nº 48/07 (DGA).

Que en consecuencia, y en orden a lo solicitado por la Dirección Regional Aduanera Resistencia, la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS en virtud de las facultades conferidas en el artículo 9, punto 2, incisos b) y p) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997 y el artículo 125 del Código Aduanero, dispone:

POSPONER hasta el 10 de febrero de 2008 la aplicación de la Nota Externa Nº 48/07 (DGA) en jurisdicción de la Dirección Regional Aduanera Resistencia.

REGISTRESE. PUBLIQUESE en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETIN OFICIAL. Archívese. — Abog. RICARDO ECHEGARAY, Director General de Aduanas.

e. 11/01/2008 Nº 569.008 v. 11/01/2008