MINISTERIO DEL INTERIOR DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición Nº 2159/2008

Bs. As., 8/1/2008

VISTO el Expediente Nº S02:0000402/2008 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, su decreto reglamentario y el Decreto Nº 1410 del 3 de diciembre de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Nº 1410/96 se confirieron las atribuciones inherentes al cargo de Director Nacional de Migraciones.

Que la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 en su artículo 3º establece que las autoridades superiores de entes descentralizados se encuentran facultadas para delegar la competencia asignada en sus inferiores jerárquicos.

Que a efectos de agilizar las tramitaciones, resulta necesario delegar en el Director de Administración y Recursos Humanos la facultad de suscribir los contratos efectuados en el marco del artículo 9º de la Ley Nº 25.164 y del Decreto Nº 1184 del 20 de septiembre de 2001, y los Convenios Individuales de Pasantías celebrados con alumnos pertenecientes a Universidades Nacionales y Privadas de toda la República Argentina en concordancia a lo establecido en la Ley 25.565.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 29 de la Ley Nº 25.565 y el Decreto Nº 1410 de fecha 3 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTICULO 1º — Delégase en el Director de Administración y Recursos Humanos de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, la facultad de suscribir los contratos efectuados en el marco del artículo 9º de la Ley Nº 25.164 y del Decreto Nº 1184 del 20 de septiembre de 2001, y los Convenios Individuales de Pasantías celebrados con alumnos pertenecientes a Universidades Nacionales y Privadas de toda la República Argentina en concordancia a lo establecido en la Ley 25.565.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN A. ARIAS DUVAL, Director Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior.

e. 14/01/2008 Nº 568.834 v. 14/01/2008