PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 69/2007

Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007.

Bs. As., 28/12/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0432539/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007, aprobado por Ley Nº 26.198, distribuido por Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 15 de enero de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 6610 de fecha 13 de abril de 1956 se define como servicio extraordinario requerido a aquel servicio relacionado con las tareas vinculadas con la fiscalización para certificar calidad o estado sanitario, a solicitud de particulares, brindado fuera del horario oficial establecido o en días no laborales para la Administración Nacional.

Que a partir de lo establecido por el Artículo 11 del Decreto Nº 6610/56, el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION debe liquidar mensualmente las sumas devengadas en concepto de servicios extraordinarios que brinda a terceros.

Que a los efectos de afrontar dichas erogaciones correspondientes al inciso 1 – Gastos en Personal, originadas en la retribución al personal por los citados servicios extraordinarios requeridos por particulares, resulta imprescindible modificar el Presupuesto General vigente del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que la modificación propiciada será atendida con un incremento de los recursos propios del citado Organismo, generados como consecuencia del aumento sustancial suscitado en la recaudación de la venta de servicios por las prestaciones a terceros aludidas.

Que la GENDARMERIA NACIONAL entonces en el MINISTERIO DEL INTERIOR cuenta con mayores ingresos por aportes y contribuciones, los cuales se destinan a financiar el pago de las pasividades del Organismo.

Que por otra parte es menester reforzar el presupuesto vigente de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD y del ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO, organismos descentralizados dependientes de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, con el objeto de afrontar la totalidad de los servicios de la deuda de los mismos.

Que asimismo resulta necesario incrementar los créditos, recursos y las fuentes financieras correspondientes a la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION, organismo descentralizado del PODER LEGISLATIVO NACIONAL.

Que el citado incremento se financia mediante la incorporación de los saldos remanentes del Ejercicio 2006 correspondientes a la Subvención Banco Mundial - IDF Fondo Internacional de Desarrollo - Subvención Argentina IDF AR A-B y los recursos provenientes de los desembolsos previstos para el presente ejercicio.

Que es menester reforzar los créditos presupuestarios correspondientes al INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO, organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, a efectos de posibilitar la atención de gastos emergentes de compromisos contraídos.

Que el aludido refuerzo se financia con la incorporación de recursos provenientes de los fondos que la Agencia Española de Cooperación Internacional —AECI— otorga al INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO, bajo la forma de subsidio no reembolsable, en el marco del PROGRAMA DE ESTADO POR LA NO DISCRIMINACION ENTRE VARONES Y MUJERES.

Que dicho Programa tiene por objetivo contribuir a erradicar la discriminación por género y promover la igualdad de oportunidades y de trato en la REPUBLICA ARGENTINA, aportando a la construcción de ciudadanía de las mujeres.

Que es menester modificar mediante compensación de créditos el Presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, a efectos de incrementar los créditos destinados a solventar gastos de funcionamiento de su Sistema de Centros de Investigación y Desarrollo.

Que para ello, se reducen las Aplicaciones Financieras existentes en la órbita del organismo descentralizado citado en el considerando anterior.

Que deben reforzarse las partidas de Gastos en Personal del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, organismo desconcentrado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, disminuyendo para ello créditos presupuestarios del inciso 4 - Bienes de Uso.

Que, asimismo, deben incrementarse los créditos vigentes del SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE MINERIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del Artículo 9º de la Ley Nº 26.198 y del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007, de acuerdo con el detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Martín Lousteau.

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NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar.