MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

Resolución Nº 250/2007

Registro Nº 1542/07

Bs. As., 21/11/2007

VISTO el Expediente Nº 1.045.129/01 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 156/157 del Expediente Nº 1.045.129/01 obra el Acuerdo con Anexo celebrado entre la UNION FERROVIARIA y el CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el acuerdo señalado ha sido concertado dentro del marco normativo del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 24/75 y del Acta de fecha 16 de Noviembre de 1993, homologada mediante Disposición D.N.R.T. Nº 1055/95, y tiene por objeto la recomposición salarial del personal empleado y obreros del Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca, representados por la Unión Ferroviaria, en los valores consignados en el Anexo adjunto.

Que la vigencia está establecida a partir del 1º de Junio de 2007.

Que asimismo es menester poner de resalto que, tanto el ámbito personal como el territorial de aplicación del presente acuerdo, se circunscriben a la correspondencia de la representatividad de las partes signantes del mismo.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por último correspondería, que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de proceder al cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo con Anexo celebrado entre la UNION FERROVIARIA y el CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA glosado a fojas 156/157 del Expediente Nº 1.045.129/01.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acuerdo, obrante a fojas 156/157 Expediente Nº 1.045.129/01.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese al Departamento Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias. Cumplido pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de elaborar el pertinente proyecto de base promedio y tope indemnizatorio de las escalas salariales que por este acto se homologan, de conformidad con lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. GUILLERMO E. J. ALONSO NAVONE, Subsecretario de Relaciones Laborales M.T.E. y S.S.

Expediente Nº 1.045.129/01

Buenos Aires, 28 de Noviembre de 2007

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL Nº 250/07, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 156/157 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 1542/07. — VALERIA A. VALETTI, Registro Convenios Colectivos de Trabajo Dto. Coordinación - D.N.R.T.

ACTA — ACUERDO

Entre el CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA, representado por su Presidente Lic. Jorge Scoccia y el Gerente General Ing. Valentín D. Morán, con domicilio legal en Av. Mario M. Guido s/Nº del Puerto de Ingeniero White —Bahía Blanca— Provincia de Buenos Aires y la UNION FERROVIARIA, representada por su Secretario General Sr. José Angel Pedraza, su Secretario de Educación Cultura y Capacitación Tecnológica Sr. Eduardo Raúl Fuertes, conjuntamente con los Delegados del Personal Sres. Carlos Echeverría y Miguel Ayoroa, convienen el presente acuerdo:

PRIMERO: Las partes con el objetivo de recomponer la capacidad adquisitiva del salario del personal empleado y obrero del Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca representado por la Unión Ferroviaria, pactan incrementar sus salarios conforme la planilla adjunta (Anexo 1) a partir del 01 de Junio de 2007, todo ello dentro del marco normativo establecido por el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 24/75, Acta de fecha 16 de Noviembre de 1993 homologada por la Autoridad de Aplicación mediante Disposición Nº 1055-DNRT-95.

SEGUNDO: Las partes atendiendo las exigencias de la operativa portuaria y con el objeto de lograr una eficaz prestación de los servicios, acuerdan incorporar a la estructura salarial vigente en el agrupamiento empleados un nuevo nivel para los trabajadores ingresantes al Consorcio de Gestión bajo la denominación "Administrativo 4" con la remuneración salarial establecida en la planilla adjunta (Anexo 1), todo ello también dentro del marco normativo establecido por el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 24/75, Acta de fecha 16 de Noviembre de 1993 homologada por la Autoridad de Aplicación mediante Disposición Nº 1055-DNRT-95.

De conformidad, las partes firman tres (3) ejemplares de la presente Acta-Acuerdo y del Anexo 1 adjunto, un ejemplar para cada parte y otro para ser elevado al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (Expediente 1.045.129/01) solicitando la homologación del presente. En la Ciudad de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, a los 14 días del mes de Setiembre de 2007.

ANEXO 1

CONSORCIO DE GESTION PUERTO BAHIA BLANCA

Escala Salarial: Vigencia 01 de Junio de 2007

Título

Secundario: 5% del básico del nivel

Terceario: 10% del básico del nivel

Universitario: 15% del básico del nivel

Posgrado: 20% del básico del nivel