MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE TRANSPORTE

Resolución Nº 20/2008

Bs. As., 31/1/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0253926/2007 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Conjunta Nº 784 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE y Nº 1017 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS ambas del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de fecha 5 de octubre de 2005, se conformó la UNIDAD DE SUPERVISION que tiene a su cargo la fiscalización del contrato de consultoría para la realización de los Anteproyectos y Pliegos Licitatorios de las Obras de acuerdo a las previsiones del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación, destinadas al Reordenamiento de los Accesos Ferroviarios y Viales a la Región Metropolitana de ROSARIO (Provincia de SANTA FE) y Corredor de Circunvalación.

Que por Resolución Conjunta Nº 298 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE y Nº 553 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS ambas del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, con fecha 24 de abril de 2006 se conformó la UNIDAD EJECUTORA prevista en la cláusula cuarta del convenio celebrado entre la Provincia de SANTA FE, la SECRETARIA DE TRANSPORTE y la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS el 30 de agosto de 2005, a la que se le delegó el desarrollo del proceso de licitaciones necesarias para emprender la construcción, de todas las obras ferroviarias y viales, que integran el reordenamiento de Accesos Ferroviarios y Viales a la Región Metropolitana de ROSARIO (Provincia de SANTA FE) y Corredor de Circunvalación.

Que dentro del listado de obras previstas en el Proyecto de Licitación de las obras viales y ferroviarias del reordenamiento de Accesos Ferroviarios y Viales a la Región Metropolitana de ROSARIO y Corredor de Circunvalación que totalizan CINCUENTA Y TRES (53) obras (DIECIOCHO (18) ferroviarias y TREINTA Y CINCO (35) Viales), resulta necesario iniciar en una primera etapa las obras menos conflictivas en cuanto a su desarrollo; entre éstas se encuentra la obra: "Duplicación de una Vía entre Cabin 8 y la Estación San Lorenzo".

Que en consecuencia, con fecha 12 de julio de 2006, la empresa NUEVO CENTRAL ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA, presentó el pliego licitatorio para realizar la obra ferroviaria: "Duplicación de una Vía entre Cabin 8 y la Estación San Lorenzo", el que fue aprobado por la UNIDAD EJECUTORA con fecha 18 de julio de 2006.

Que la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, comunicó el día 1 de septiembre de 2006 a la empresa NUEVO CENTRAL ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA, la aprobación de los pliegos a fin de formalizar el llamado a licitación, autorizando a la empresa a realizarlo.

Que con fecha 16 de febrero de 2007, la empresa NUEVO CENTRAL ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA, efectuó el correspondiente llamado a licitación.

Que con fecha 21 de febrero de 2007, se procedió a la recepción y apertura de ofertas conforme lo establecido en el sobre Nº 1, por parte de las empresas ALSTOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA; HERSO SOCIEDAD ANONIMA y LUIS CARLOS ZONIS SOCIEDAD ANONIMA.

Que con fecha 12 de marzo de 2007, se procedió a la apertura de los sobres Nº 2 "Oferta económica y mantenimiento de garantía de ofertas" presentado oportunamente por las empresas ALSTOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA; HERSO SOCIEDAD ANONIMA y LUIS CARLOS ZONIS SOCIEDAD ANONIMA, las cuales cumplieron con los puntos especialmente establecidos en el llamado a licitación.

Que efectuados los análisis correspondientes por parte de la empresa NUEVO CENTRAL ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA, la oferta de menor valor resultó ser la de la empresa HERSO SOCIEDAD ANONIMA, que presentó un monto de PESOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y UNO CON ONCE CENTAVOS ($ 84.614.441,11) más Impuesto al Valor Agregado para la variante con durmientes de hormigón armado y PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES TREINTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON SETENTA Y UN CENTAVOS ($ 77.034.347,71) más Impuesto al Valor Agregado, para la variante con durmientes de madera dura.

Que con fecha 1 de junio de 2007 se recibió la propuesta de la empresa HERSO SOCIEDAD ANONIMA con un descuento comercial del orden de un DOS COMA CINCO POR CIENTO (2,5%) sobre el monto inicialmente ofertado, correspondiendo PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES CIENTO OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON DOS CENTAVOS ($ 75.108.489,02) más Impuesto al Valor Agregado, para la variante con durmientes de madera dura y PESOS OCHENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHENTA CON OCHO CENTAVOS ($ 82.499.080,08) más Impuesto al Valor Agregado para la variante con durmientes de hormigón armado como valores finales de oferta.

Que con fecha 12 de junio de 2007, la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, produjo el informe correspondiente, en el que estableció que la variante con durmientes de hormigón armado que el oferente había presentado en su oferta, es de una tecnología superior a la habitualmente utilizada y que en consecuencia tendrá plena compatibilidad con los parámetros estructurales previstos para el desarrollo del proyecto y presentará mayor confort para la circulación de trenes de pasajeros en el corredor Buenos Aires-Tucumán y los futuros servicios metropolitanos del Gran Rosario. Por dicha causa, sugirió que se adjudicase la obra a la empresa HERSO SOCIEDAD ANONIMA.

Que habiéndose cumplimentado los procedimientos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación que nos ocupa, corresponde aprobar la preadjudicación efectuada por la empresa NUEVO CENTRAL ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA, para la realización del Proyecto de Ingeniería, Proyecto Ejecutivo y Ejecución de Obra "Duplicación de una vía entre Cabin 8 y la Estación San Lorenzo", en la Región Metropolitana de ROSARIO (Provincia de SANTA FE), por el monto total de PESOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON NOVENTA CENTAVOS ($ 99.826.886,90) Impuesto al Valor Agregado incluido, a la empresa HERSO SOCIEDAD ANONIMA.

Que asimismo y de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, el monto máximo a reconocer en concepto de gastos de administración y gerenciamiento, asciende a PESOS OCHO MILLONES SESENTA MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 8.060.778,87) Impuesto al Valor Agregado incluido.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003 y el Decreto Nº 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébase la preadjudicación efectuada por la empresa NUEVO CENTRAL ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA concesionaria del servicio integral de cargas del Ferrocarril Mitre, para la realización del Proyecto de Ingeniería, Proyecto Ejecutivo y Ejecución de la Obra "Duplicación de una vía entre Cabin 8 y la Estación San Lorenzo" en la Región Metropolitana de ROSARIO (Provincia de SANTA FE), a la empresa HERSO SOCIEDAD ANONIMA, por el monto total de PESOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON NOVENTA CENTAVOS ($ 99.826.886,90) Impuesto al Valor Agregado incluido.

ARTICULO 2º — Apruébase el monto máximo a erogar en concepto de gastos de administración y gerenciamiento de los trabajos indicados en el Artículo 1º de la presente resolución, por la suma de PESOS OCHO MILLONES SESENTA MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 8.060.778,87) Impuesto al Valor Agregado incluido.

ARTICULO 3º — Dentro de los TREINTA (30) días de la fecha de notificación de la presente resolución, la Empresa NUEVO CENTRAL ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA presentará para su aprobación, ante la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la documentación correspondiente y el cronograma de obras, a fin de posibilitar la firma del Acta de Inicio de los trabajos.

La COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, procederá a la aprobación de la documentación dentro de los QUINCE (15) días de su recepción.

ARTICULO 4º — La Empresa NUEVO CENTRAL ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA podrá facturar, en concepto de anticipo, un VEINTE POR CIENTO (20%) del costo de la obra, dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días de la vigencia de la presente resolución, el que será abonado previo cumplimiento de lo establecido en el Artículo 3º de la misma. El anticipo será descontado en forma proporcional de cada Certificado de Obra.

La Empresa NUEVO CENTRAL ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA deberá acompañar la documentación del anticipo con una Póliza de Seguro de Caución por igual monto, a fin de garantizarconvenientemente el adelanto que se otorgue.

ARTICULO 5º — Las erogaciones emergentes de la presente resolución serán atendidas con cargo al Presupuesto del ejercicio 2008 - MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Actividad 3 Optimización del Sistema de Transporte Ferroviario - Acuerdos Internacionales, Programa 62 Formulación y Ejecución de Políticas de Transporte Ferroviario.

ARTICULO 6º — Notifíquese a las empresas ALSTOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA; HERSO SOCIEDAD ANONIMA y LUIS CARLOS ZONIS SOCIEDAD ANONIMA.

ARTICULO 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. RICARDO RAUL JAIME, Secretario de Transporte.

e. 08/02/2008 Nº 570.630 v. 08/02/2008