MERCOSUR/GMC/RES. Nš 52/07

DEROGACION DE LA RES. GMC Nš 30/02

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Resoluciones Nš 30/02 y 13/07 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Las recomendaciones contenidas en el Reglamento Sanitario Internacional (2005).

La necesidad de armonizar las acciones y procedimientos del Manejo Sanitario de Residuos Sólidos en las Areas Portuarias, Aeroportuarias, Terminales Internacionales de Cargas y Pasajeros y Pasos Fronterizos terrestres en el ámbito del MERCOSUR.

La necesidad de identificar la responsabilidad del Manejo Sanitario de los Residuos Sólidos producidos en los Puertos, Aeropuertos, Terminales Internacionales de Cargas y Pasajeros y Pasos Fronterizos Terrestres, así corno aquellos residuos sólidos producidos en los medios de transportes y que deben ser descargados en estos puntos.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1 - Derogar la Resolución GMC Nš 30/02.

Art. 2 - La presente Resolución deberá ser incorporada a los ordenamientos jurídicos internos de Argentina y Paraguay antes del 1/VII/2008.

LXX GMC - Montevideo, 11/XII/07