MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 27/2007

Registro Nº 3/2008

Bs. As., 28/12/2007

VISTO el Expediente Nº 1.247.133/07 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 35/37 del Expediente Nº 1.247.133/07 obra el Acuerdo celebrado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 384/99 "E", por la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR y la empresa METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dicho Acuerdo las partes pactan el número de promociones a implementar en dos áreas de la empresa, a saber: 1) Material Rodante, y 2) Instalaciones Fijas, con vigencia a partir del 1 de noviembre de 2007, 1 de diciembre de 2007, 1 de enero de 2008, y 1 de febrero de 2008, conforme el detalle allí impuesto.

Que asimismo, los agentes negociadores acreditan su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias acompañadas por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo encuentra correspondencia con la actividad principal de la empresa suscriptora, como así con los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la entidad sindical firmante, emergentes de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 384/99 "E", por la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR y la empresa METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 35/37 del Expediente Nº 1.247.133/07, conforme a lo establecido en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivos, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo obrante a fojas 35/37 del Expediente Nº 1.247.133/07.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese al Departamento de Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias y procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.247.133/07

Buenos Aires, 4 de enero de 2008

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 27/07, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 35/37 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 3/08. — VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación – D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 4 días del mes de diciembre de 2007, entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR, representada en este acto por los Señores Roberto Carlos FERNANDEZ en su carácter de Secretario General, Carlos Andrés ARREJORIA en su carácter de Secretario de Asuntos Gremiales, Miguel Angel BUSTINDUY en su carácter de Prosecretario de Asuntos Gremiales, Alejandro Raúl LACQUANITI en su carácter de Adscripto al C.D.N y Raúl Horacio JERONIMO en su carácter de Adscripto al C.D.N., y la empresa METROVIAS S.A. representada por los Señores Daniel PAGLIERO en su carácter de Gerente de Recursos Humanos, Julio RAMIREZ en su carácter de Jefe de Relaciones Laborales y Marcelo GRAZIANO en su carácter de Coordinador de Relaciones Laborales, se celebra la presente reunión con el objeto de continuar las tratativas con relación al siguiente temario: 1) Promociones a categorías superiores en el área de mantenimiento de MATERIAL RODANTE; 2) Promociones a categorías superiores en el área de mantenimiento de INSTALACIONES FIJAS como consecuencia de las promociones a implementar en virtud del acuerdo de fecha 12/11/07.

Abierto el acto y luego de un exhaustivo análisis de los puntos incluidos en el temario, habiéndose considerado las necesidades y exigencias operativas de los distintos sectores de trabajo a los efectos de definir la cantidad de promociones que habrán de producirse en las dos áreas involucradas, LAS PARTES ACUERDAN la cantidad de promociones a implementar en cada una, de acuerdo con el siguiente detalle y según el cronograma que en cada caso se indica a continuación:

1º) MATERIAL RODANTE: se producirán en total cincuenta y tres (53) promociones en el área, según el siguiente detalle y cronograma:

1.1. TALLER POLVORIN/BONIFACIO: se realizarán en total trece (13) promociones, según el siguiente cronograma:

A partir del 01/11/07

una (1) promoción

A partir del 01/12/07:

cuatro (4) promociones

A partir del 01/01/08:

cuatro (4) promociones

A partir del 01/02/08:

cuatro (4) promociones

1.2. TALLER CONSTITUCION: se realizarán en total diez (10) promociones, según el siguiente cronograma:

A partir del 01/11/07:

tres (3) promociones

A partir del 01/12/07:

dos (2) promociones

A partir del 01/01/08:

dos (2) promociones

A partir del 01/02/08:

tres (3) promociones

1.3. TALLER CANNING: se realizarán en total ocho (8) promociones, según el siguiente cronograma:

A partir del 01/11/07:

dos (2) promociones

A partir del 01/12/07:

dos (2) promociones

A partir del 01/01/08:

dos (2) promociones

A partir del 01/02/08:

dos (2) promociones

1.4. TALLER RANCAGUA: se realizarán en total ocho (8) promociones, según el siguiente cronograma:

A partir del 01/11/07:

dos (2) promociones

A partir del 01/12/07:

dos (2) promociones

A partir del 01/01/08:

dos (2) promociones

A partir del 01/02/08:

dos (2) promociones

1.5. TALLER COLONIA: se realizarán en total cinco (5) promociones, todas ellas a partir del 01/11/07.

1.6. TALLER MARIANO ACOSTA: se realizarán en total cuatro (4) promociones, según el siguiente cronograma:

A partir del 01/11/07:

dos (2) promociones

A partir del 01/12/07:

dos (2) promociones

1.7. TALLER CONGRESO DE TUCUMAN: se realizarán en total cuatro (4) promociones, según el siguiente cronograma:

A partir del 01/12/07:

dos (2) promociones

A partir del 01/01/08:

dos (2) promociones

1.8. CENTRO INTEGRAL DE MANTENIMIENTO ELECTRONICO (CIME): se realizarán en total cinco (5) promociones, todas ellas a partir del 01/11/07, las cuales al día de la fecha ya han sido efectivizadas.

1.9. Se conviene que a través de las respectivas Jefaturas la empresa comunicará al personal seleccionado las respectivas promociones y las fechas a partir de las cuales las mismas se harán efectivas de conformidad con el cronograma estipulado precedentemente.

2º) INSTALACIONES FIJAS: como consecuencia de la implementación de las promociones convenidas en el acta firmada el día 12/11/07, las partes han abordado el análisis de las necesidades y exigencias operativas que derivarán para la empresa en los distintos sectores de esta área, en virtud de la recategorización del personal que será promocionado, habiendo concluido tras el pertinente análisis que ello implicará la implementación de ochenta y siete (87) promociones adicionales a las convenidas en el acta mencionada, las que se producirán de conformidad con el siguiente detalle y cronograma:

2.1. Cincuenta y seis (56) promociones se efectivizarán en un plazo que no excederá de noventa (90) días contados a partir de la fecha del presente instrumento.

2.2. Las treinta y un (31) promociones restantes se irán efectivizando en forma progresiva y ello en función de que el personal que actualmente se está capacitando alcance el nivel de conocimientos y experiencia requeridos por la empresa a tales fines.

2.3. A los efectos de implementar la totalidad de estas promociones, se conviene que se realizará el pertinente concurso interno, en el cual se considerarán los antecedentes, el desempeño y la idoneidad técnica de los postulantes.

Las partes se comprometen a presentar este acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, solicitando su homologación.