MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 56/2007

Registro Nº 22/2008

Bs. As., 28/12/2007

VISTO el Expediente Nº 1.232.881/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre la empresa EL GALGO SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO DE LAS BARRACAS DE LANAS, CUEROS, CERDAS, PINCELES, LAVADEROS DE LANAS Y PEINADURIAS, el que luce agregado a fojas 8/11 de autos, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el referido acuerdo se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 146/75.

Que de las constancias de autos surge la personería invocada por las representaciones y la facultad de negociar colectivamente.

Que en tal sentido, cabe destacar que el ámbito de aplicación del presente acta acuerdo salarial, se corresponde con la asociación signataria y la representatividad de los trabajadores por medio de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que se advierte que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo del derecho del trabajo encontrándose asimismo acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por último correspondería que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de proceder al cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el acuerdo suscripto entre la empresa EL GALGO SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO DE LAS BARRACAS DE LANAS, CUEROS, CERDAS, PINCELES, LAVADEROS DE LANAS Y PEINADURIAS, el que luce agregado a fojas 8/11 del expediente Nº 1.232.881/07, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el acuerdo, el que luce agregado a fojas 8/11 del expediente Nº 1.232.881/07.

ARTICULO 3º — Remítase copla debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de elaborar el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope lndemnizatorio, del acuerdo que por este acto se homologa, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.232.881/07

Buenos Aires, 4 de enero de 2008

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 56/07, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 8/11 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 22/08. — VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

FORMULAN ACUERDO

Entre el SINDICATO DE LAS BARRACAS DE LANAS, CUEROS, CERDAS, PINCELES, LAVADEROS DE LANAS Y PEINADURIAS, con domicilio en la calle Florentino Ameghino 1060 del Partido de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por su Secretario General, Hector Francisco De León, DNI. 4.889.416 y el Secretario Adjunto Alberto Jose Kersul, DNI. 13.786.369 y por la otra el Sr. Elias Hajtmacher, DNI. 11.734.140 en representación de la empresa EL GALGO S.A. con domicilio en la calle Humboldt 89 Ramos Mejía, Provincia de Buenos Aires, convienen en celebrar el presente acuerdo:

PRIMERO: Las partes manifiestan haber arribado a un acuerdo respecto de la los salarios correspondientes a los trabajadores comprendidos en el CCT Nº 146/75 de la actividad, cuyo incremento salarial se acuerda en los siguientes valores:

SEGUNDO: Los salarios, suma no remunerativa y el adicional salarial por antigüedad quedarán convenidos en la escala que se adjunta al presente como Anexo I, a partir del 1 de septiembre de 2007 , como Anexo II a partir del 1 de febrero de 2008 y como Anexo III a partir del 1 de mayo de 2008.

TERCERO: La jornada laboral es de 44 horas semanales. Las horas excedentes se computarán como horas extras.

CUARTO: Las partes elevaran el presente acuerdo ante la autoridad administrativa del trabajo para su homologación, donde se ratificara el mismo.