JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 295/2008

Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros a crear una unidad de conducción en el ámbito de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales, dependiente de la Secretaría de Gabinete y Relaciones Parlamentarias.

Bs. As., 26/2/2008

VISTO el Expediente Nº 4278/07 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los Decretos Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y Nº 624 del 21 de agosto de 2003, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 357/02 y modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de las Unidades Organizativas determinadas en dicho organigrama.

Que por el Decreto Nº 624/03 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que dadas las competencias que la Constitución Nacional atribuye al Jefe de Gabinete de Ministros y las acciones específicas que esta gestión de gobierno le ha asignado, deviene necesario el establecimiento de mecanismos de coordinación que posibiliten mejorar y jerarquizar su funcionamiento.

Que a fin de optimizar el aprovechamiento de los recursos destinados al cumplimiento de dichas tareas corresponde facultar al Jefe de Gabinete de Ministros a crear una unidad de conducción en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES dependiente de la SECRETARIA DE GABINETE Y RELACIONES PARLAMENTARIAS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que han tomado la intervención de su competencia, la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la Constitución Nacional.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Facúltase al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a crear una unidad de conducción en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES dependiente de la SECRETARIA DE GABINETE Y RELACIONES PARLAMENTARIAS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 2º — Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por el presente, serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Alberto A. Fernández.