Secretaría de Energía

PROGRAMA NACIONAL DE USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGIA

Resolución 8/2008

Apruébase el Reglamento Particular Plan de Concientización e Implementación sobre el Uso Racional de Energía Eléctrica en Usuarios Residenciales.

Bs. As., 24/1/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0026610/2008 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el Decreto Nº 140 de fecha 21 de diciembre de 2007, y la Resolución Nº 24 de fecha 15 de enero de 2008 del registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 140 de fecha 21 de diciembre de 2007 se declaró de interés y prioridad nacional el uso racional y eficiente de la energía y se aprobaron los lineamientos del PROGRAMA NACIONAL DE USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGIA (en adelante, PRONUREE), destinado a contribuir y mejorar la eficiencia energética de los distintos sectores consumidores de energía.

Que mediante el Artículo 3º del citado Decreto se instruyó a la SECRETARIA DE ENERGIA, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a implementar el PRONUREE sobre la base de los lineamientos aprobados en el mismo.

Que mediante la Resolución Nº 24 de fecha 15 de enero de 2008 del registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se delegó al señor Secretario de Energía la facultad de suscribir convenios y aprobar los reglamentos de los Planes que deriven de la ejecución del PRONUREE. Asimismo se aprobó el Reglamento General del citado Programa.

Que el Reglamento General mencionado, creó el PLAN DE CONCIENTIZACION E IMPLEMENTACION SOBRE USO RACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA EN USUARIOS RESIDENCIALES y el PLAN DE EFICIENCIA ENERGETICA PROVINCIAL, MUNICIPAL Y LOCAL, definiendo que los mismos serían instrumentados mediante Reglamentos Particulares.

Que en tal sentido, y en función de las facultades y delegaciones expuestas esta Secretaría ha elaborado el Reglamento Particular para la implementación del PLAN DE CONCIENTIZACION E IMPLEMENTACION SOBRE USO RACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA EN USUARIOS RESIDENCIALES.

Que en virtud de lo expuesto corresponde aprobar el Reglamento Particular mencionado, que forman parte de la presente y se acompañan como ANEXO.

Que por otra parte, a efectos de dar efectivo cumplimiento a las tareas relativas a esta Secretaría en el marco de la normativa mencionada, se considera prudente y oportuno instruir a la DIRECCION GENERAL DE COOPERACION Y ASISTENCIA FINANCIERA, dependiente de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a realizar las acciones pertinentes y conducentes con el objeto de dar celeridad a la implementación.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de acuerdo con las facultades conferidas por el Artículo 3º del Decreto Nº 140 de fecha 21 de diciembre de 2007 y por la Resolución Nº 24 de fecha 15 de enero de 2008 del registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGIA

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el REGLAMENTO PARTICULAR PLAN DE CONCIENTIZACION E IMPLEMENTACION SOBRE EL USO RACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA EN USUARIOS RESIDENCIALES, que como ANEXO forma parte integrante de la presente.

Art. 2º — Instrúyase a la DIRECCION GENERAL DE COOPERACION Y ASISTENCIA FINANCIERA, dependiente de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a realizar las acciones pertinentes y conducentes con el objeto de dar celeridad a la implementación.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Daniel O. Cameron.

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NOTA: Esta Resolución se publica sin su anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar

(Nota Infoleg: las modificaciones al Anexo que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")