Ministerio de Defensa

PERSONAL MILITAR

Resolución 288/2008

Personal militar en situación de retiro o baja que ejerza funciones. Instrúyese al Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, al Jefe del Estado Mayor General del Ejército, al Jefe del Estado Mayor General de la Armada y al Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, para que extiendan el proceso de designación establecido en la Resolución Nº 216/2007.

Bs. As., 25/3/2008

VISTO la Resolución MD Nº 216 del 16 de febrero de 2007 y;

CONSIDERANDO:

Que el personal militar en situación de retiro o baja puede ejercer funciones en las distintas dependencias a cargo de las Fuerzas Armadas bajo vínculos distintos del previsto en el artículo 62 de la Ley 19.101.

Que el fortalecimiento institucional de las Fuerzas Armadas ha conducido al MINISTERIO DE DEFENSA a adoptar diversas medidas tendientes a fortalecer la incorporación de una perspectiva profesional alineada estrictamente con el compromiso de respetar y hacer respetar los Derechos Humanos y la vigencia irrestricta del orden constitucional, en tanto constituyen atributos esenciales del ESTADO ARGENTINO.

Que, en consonancia con ello, resulta imprescindible asegurar que el personal militar en situación de retiro o baja que ejerce funciones en las dependencias a cargo de las Fuerzas Armadas sea idóneo y se ajuste a criterios y consideraciones de carácter profesional y ético para tal función.

Que, por lo expuesto precedentemente, se hace necesario implementar un mecanismo preestablecido para determinar si las personas propuestas para ejercer funciones en las dependencias a cargo de las Fuerzas Armadas se ajustan al perfil previamente referido, a los fines de decidir respecto de su incorporación a las mismas.

Que, en este sentido, la Resolución Ministerial 216 del 16 de febrero de 2007 dispone que los Jefes de los Estados Mayores Generales de las Fuerzas Armadas deberán someter a consideración previa del MINISTERIO DE DEFENSA la solicitud o las solicitudes a efectos de disponer el alta y cese del personal militar que preste servicios en situación de retiro según el artículo 62 de la Ley Nº 19.101.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la debida intervención que le corresponde.

Que, la suscripta es competente para el dictado de la presente medida en virtud del artículo 4º, inciso b), apartado 9º, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992).

Por ello,

LA MINISTRA DE DEFENSA

RESUELVE:

Artículo 1º — Instrúyase al Jefe del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, al Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO, al Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y al Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA para que extiendan el proceso de designación establecido en la Resolución Ministerial 216 del 16 de febrero de 2007 al personal militar en situación de retiro o baja que ejerza funciones en las dependencias a su cargo, cualquiera sea la naturaleza, modalidad o título del vínculo bajo el cual se establece la relación entre la Institución y dicha persona, y con independencia de que el carácter del vínculo sea o no remunerado.

Art. 2º — Hasta tanto se dé cumplimiento a las disposiciones de la presente, instrúyase al Jefe del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, al Jefe de ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO, al Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y al Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA para que procedan a la revisión de todas las designaciones vigentes del personal militar en situación de retiro o de baja que ejerza funciones en las dependencias a su cargo en las condiciones establecidas en el Artículo 1º de la presente Resolución.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Nilda Garré.