MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

Disposición N° 43/2008

Bs. As., 19/3/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0077030/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y sus modificatorios, las Disposiciones Nros. 94 de fecha 24 de marzo de 2004 y sus modificatorias, 12 de fecha 7 de febrero de 2007 y 42 de fecha 13 de marzo de 2007 todas ellas de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION es la Autoridad de Aplicación de los Títulos I y II de la Ley Nº 24.467 modificada por su par Nº 25.300, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y sus modificatorios.

Que mediante la Disposición Nº 12 de fecha 7 de febrero de 2007 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se convocó a las entidades financieras autorizadas por el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA a participar de una licitación de cupos de crédito con bonificación de tasas destinados a financiar la adquisición de bienes de capital con el objeto de optimizar, transformar o reconvertir procesos productivos que tiendan a mejorar sustancialmente el desempeño ambiental de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas por un monto total de PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000.-).

Que mediante la Disposición Nº 42 de fecha 13 de marzo de 2007 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se procedió a la adjudicación de los cupos de financiamiento cuya convocatoria a licitación se realizó mediante la Disposición Nº 12/07 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL por la suma total de PESOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 57.500.000.-).

Que asimismo la Disposición Nº 12/07 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL determinó en su Artículo 8º que los cupos adjudicados tendrán un primer período para el desembolso de DOCE (12) meses, y un plazo adicional de SEIS (6) meses para asistir exclusivamente a nuevos clientes Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que es política del ESTADO NACIONAL apoyar a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que decidan realizar inversiones con la finalidad de mejorar su desempeño medioambiental.

Que la planificación, evaluación, selección y puesta en marcha de estos procesos, pueden insumir prolongados períodos de tiempo como asimismo ejecutarse en varias o diferentes etapas.

Que la SUBSECRETARIA DE PROMOCION DE DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS debe intervenir y evaluar las inversiones que se pretendan realizar, opinar si son compatibles con los objetivos medioambientales que se pretenden alcanzar y emitir un certificado de aptitud como condición para la obtención del financiamiento.

Que la SUBSECRETARIA DE PROMOCION DE DESARROLLO SUSTENTABLE ha solicitado una prórroga de plazos a los efectos de poder efectivizar operaciones cuyos trámites ya fueron iniciados y se encuentran pendientes de realización de desembolso.

Que en tal sentido resulta oportuno prolongar los plazos con el objeto de allanar las condiciones de acceso.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que esta Subsecretaría es competente para el dictado de la presente medida, en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 24.467, el Artículo 55 de la Ley Nº 25.300, y el Decreto Nº 25/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

DISPONE:

Artículo 1º — Prorróganse hasta el día 30 de septiembre de 2008, los plazos establecidos mediante el Artículo 8º de la Disposición Nº 12 de fecha 7 de febrero de 2007 para la colocación de los cupos de crédito adjudicados mediante la Disposición Nº 42 de fecha 13 de marzo de 2007 ambas de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Art. 2º — Exceptúase a las entidades financieras adjudicatarias exclusivamente por el período de la prórroga, del pago de la comisión por cupo no utilizado establecido en el Artículo 10 de la Disposición Nº 94 de fecha 24 de marzo de 2004 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y sus modificatorias.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — ERIC CALCAGNO Y MAILLMANN, Subsecretario de la Pequeña y Mediana Empresa Y Desarrollo Regional.

e. 01/04/2008 N° 574.752 v. 01/04/2008