Ente Nacional Regulador de la Electricidad

PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA

Resolución 32/2008

Apruébanse con carácter provisorio los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas distribuidoras "Edenor S.A.", "Edesur S.A." y "Edelap S.A.", durante el período comprendido entre el 10 de marzo y el 9 de abril de 2008.

Bs. As., 1/4/2008

VISTO el Expediente ENRE Nº 15.852/2004, la Resolución SE Nº 745/2005, la Resolución SE Nº 1063/2005, la Resolución SE Nº 942/2006, la Resolución ENRE Nº 355/2005, la Resolución ENRE Nº 479/2005, la Resolución ENRE Nº 537/2005, la Resolución ENRE Nº 602/2005, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 10 de mayo de 2005, la Resolución SE Nº 745/2005 en su ANEXO I aprobó un nuevo PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (en adelante "Versión 2005 del PUREE"), sustituyendo así el normado mediante Resolución SE Nº 552/2004, (en adelante "Versión 2004 del PUREE").

Que, por su parte, el artículo 14 del ANEXO I de la Resolución SE Nº 745/2005 estableció que "el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (en adelante ENRE) dispondrá todas las medidas complementarias que sea menester adoptar para contribuir a la mejor aplicación de este Programa, modulando el tratamiento y plazos de presentación de la información requerida; aceptando la acreditación de la misma en carácter de declaración jurada; realizando de forma periódica, por sí o por terceros, las auditorías necesarias para verificar la exactitud, integridad y consistencia de los datos contenidos en las declaraciones juradas y la correspondencia entre lo previsto y lo ejecutado; decidiendo los procedimientos a seguir en la resolución de situaciones de carácter excepcional y toda otra medida que considere pertinente".

Que, en virtud de lo establecido en la Resolución ENRE Nº 479/2005 y su modificatoria la Resolución ENRE Nº 537/2005, las empresas Distribuidoras de jurisdicción nacional presentaron ante este organismo la información referida a los ahorros de energía eléctrica (en kWh) y los consumos en exceso (en pesos) al objetivo de ahorro del 10% estipulado por la SE, correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre el día 10/1/2008 y el día 9/2/2008 inclusive, de los usuarios de las diferentes categorías tarifarias ubicados en las respectivas áreas de concesión.

Que, en este sentido, "EDESUR S.A.", mediante Nota de ENTRADA Nº 141.371 informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión ascendieron a 47.029.624 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% en esta categoría alcanzó a 132.253.704 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos con primer vencimiento en el período considerado por PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 21/100 ($ 5.453.656,21) como así también ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 79/100 ($ 277.339,79); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 15.162.055 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 10.075.681 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS UN MILLON NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS CON 16/100 ($ 1.964.872,16) y ajustes por PESOS CIENTO TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES CON 2/100 ($ 137.583,02); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 4.060.566 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 13.490.874 kWh y los cargos en exceso alcanzaron PESOS UN MILLON NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO CON 84/100 ($ 1.933.561,84) y ajustes por PESOS CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UNO CON 32/100 ($ 158.831,32); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 1.419.569 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 14.110.558 kWh, los cargos en exceso alcanzaron a PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS OCHENTA MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS CON 74/100 ($ 1.480.966,74) y los ajustes aplicados ascendieron a PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO CON 4/100 ($ 58.134,04); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 12.768.901 kWh en tanto el consumo en exceso fue de 27.264.485 kWh lo que implicó cargos en exceso con primer vencimiento en el período considerado por PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y SIETE CON 20/100 ($ 3.676.567,20) y ajustes por PESOS CIENTO ONCE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO CON 68/100 ($ 111.961,68); los usuarios T3 BT ahorraron 11.543.596 kWh, consumieron en exceso 29.152.431 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA CON 13/100 ($ 2.489.550,13) y ajustes por PESOS TRES MIL CUARENTA Y CINCO CON 55/100 ($ 3.045,55); los T3 MT ahorraron 11.430.716 kWh, consumieron en exceso 26.491.863 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 14/100 ($ 2.059.851,14) como así también ajustes por valor de PESOS OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS CON 42/100 ($ 8.232,42); en el caso de los usuarios de peaje BT los ahorros alcanzaron 150.077 kWh, los consumos en exceso 575.567 kWh y los cargos afrontados PESOS OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 90/100 ($ 82.368,90); en el caso del peaje en MT los ahorros fueron de 1.060.815 kWh, los consumos en exceso 1.913.939 kWh y los cargos abonados PESOS CIENTO TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS DIECISIETE CON 51/100 ($ 138.317,51).

Que, por su parte, mediante Nota de ENTRADA Nº 141.483 "EDELAP S.A." informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión en el período considerado ascendieron a 5.294.000 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 12.989.039 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 93/100 ($ 545.539,93); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS VEINTIUN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 87/100 ($ 21.456,87); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 1.826.236 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 1.445.038 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO CUATRO CON 23/100 ($ 247.104,23); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 76/100 ($ 2.853,76); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 403.370 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 1.595.218 kWh y los cargos en exceso alcanzaron a PESOS DOSCIENTOS CUATRO MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE CON 85/100 ($ 204.187,85), registrándose ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 22.995); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 118.567 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 1.130.276 kWh y los cargos en exceso alcanzaron a PESOS CIENTO SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 92/100 ($ 106.245,92); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS UNO CON 5/100 ($ 25.601,05); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 890.474 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 2.027.577 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL OCHENTA Y OCHO CON 68/100 ($ 227.088,68) mientras los ajustes fueron de PESOS VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 1/100 ($ 22.245,01); los usuarios T3 BT ahorraron 744.488 kWh, consumieron en exceso 2.292.051 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS CIENTO SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 93/100 ($ 176.487,93), en tanto los ajustes ascendieron a PESOS DIEZ MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UNO CON 46/100 ($ 10.661,46); los T3 MT ahorraron 419.724 kWh, consumieron en exceso 3.077.069 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL SETECIENTOS TRES CON 9/100 ($ 227.703,09) siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS CIENTO SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO CON 79/100 ($ 172.218,79); en cuanto a los usuarios de peaje, los consumos en exceso en BT fueron de 1726 kWh y los cargos afrontados de PESOS QUINCE CON 15/100 ($ 15,15), mientras que en MT los consumos en exceso ascendieron a 33.118 kWh siendo los cargos iguales a PESOS CIENTO SESENTA Y TRES CON 60/100 ($ 163,60).

Que a su vez, "EDENOR S.A.", por medio de Nota de ENTRADA Nº 141.541, informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión en el período considerado ascendieron a 50.381.673 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 166.775.059 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS SIETE MILLONES CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 49/100 ($ 7.004.552,49), siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS DIECICOCHO MIL VEINTIOCHO CON 58/100 ($ 18.028,58); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 16.310.586 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 11.425.108 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS DOS MILLONES CIENTO TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS DIECIOCHO ($ 2.136.518,00), mientras los ajustes fueron de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 78/100 ($ 6.752,78); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 3.000.154 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 12.168.339 kWh, los cargos en exceso alcanzaron a PESOS UN MILLON SETECIENTOS QUINCE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS CON 25/100 ($ 1.715.742,25), y los ajustes fueron de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 19/100 ($ 7.580,19); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 533.364 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 8.634.364 kWh, los cargos en exceso alcanzaron a PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 4/100 ($ 889.341,04), y los ajustes fueron de PESOS TRECE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 62/100 ($ 13.495,62); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 13.805.822 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 27.555.125 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SESENTA Y OCHO CON 53/100 ($ 3.279.068,53), y los ajustes fueron de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y TRES CON 94/100 ($ 363,94); los usuarios T3 BT ahorraron 8.197.059 kWh, consumieron en exceso 30.591.957 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA CON 4/100 ($ 2.477.950,04), siendo los ajustes de PESOS TREINTA Y UN MIL CUARENTA Y TRES CON 11/100 ($ 31.043,11); los T3 MT ahorraron 7.866.143 kWh, consumieron en exceso 36.267.246 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO CON 22/100 ($ 2.792.578,22) siendo los ajustes equivalentes a PESOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS CON 76/100 ($ 17.832,76); en cuanto a los usuarios de peaje, en BT los ahorros fueron de 95.477 kWh, el consumo en exceso fue de 400.522 kWh y la penalización alcanzó la suma de PESOS TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 30/100 ($ 32.442,30), mientras que los usuarios en MT ahorraron 4.787.775 kWh, consumieron en exceso 14.296.321 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS UN MILLON CIEN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 39/100 ($ 1.100.447,39).

Que hasta tanto se practiquen las Auditorías, de conformidad con lo establecido por la Resolución SE Nº 745/05 (artículo 14 Anexo I) los valores de las bonificaciones a percibir por los usuarios son provisorias.

Que se ha producido el correspondiente dictamen legal conforme lo previsto en el inciso d) del artículo 7 de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD se encuentra facultado para el dictado del presente acto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 de la Resolución SE Nº 745/2005 y el inciso s) del artículo 56 de la Ley Nº 24.065.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE:

Artículo 1° — Aprobar con carácter provisorio los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas Distribuidoras "EDENOR S.A.", "EDESUR S.A." y "EDELAP S.A." durante el período comprendido entre los días 10/03/2008 y 9/04/2008, que figuran como ANEXO I de la presente Resolución, conforme la información presentada con carácter de declaración jurada por las Distribuidoras.

Art. 2º — Informar la evolución del PUREE versión 2005, que figura como Anexo II de la presente Resolución.

Art. 3º — Notifíquese a "EDENOR S.A.", "EDESUR SA.", "EDELAP S.A." y a la SECRETARIA DE ENERGIA.

Art. 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Mario H. de Casas. — Marcelo Baldomir Kiener. — Luis Barletta.

ANEXO I DE LA RESOLUCION ENRE Nº 32/2008

ANEXO II DE LA RESOLUCION ENRE Nº 32/2008

 

ENERGIA TOTAL FACTURADA ENTRE EL 10/1/08 Y EL 9/2/08

AHORRO CONSUMO EN EXCESO Y RESULTADO NETO TOTAL

Referencia:

(*): neta de usuarios excluidos

(**): del período base TR y TG año 2003 – T2 y T3 año 2004