MERCOSUR/GMC/RES. Nº 57/07

INSTITUTO MERCOSUR DE FORMACION

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones Nº 08/06 y 04/07 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

La conveniencia de establecer un programa de actividades en el ámbito del IMEF.

Las propuestas presentadas por los Estados Partes a fin de profundizar la formación de funcionarios públicos en la temática del MERCOSUR y aspectos fundamentales de la integración regional.

La importancia atribuida por los órganos decisorios del MERCOSUR a la capacitación de los funcionarios involucrados en el proceso de integración.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1 – Aprobar la realización de las actividades académicas en el marco del Instituto MERCOSUR de Formación, que constan en Anexo y forman parte de la presente Resolución.

Art. 2 – La CRPM elaborará una propuesta de financiamiento y un cronograma de las actividades académicas contempladas en el Anexo de la presente Resolución, en base a cooperación técnica o a aportes voluntarios de los Estados Partes, la que será considerada por el GMC.

Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XXXII GMC EXT – Montevideo, 16/XII/07

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NOTA: El Acta y los Anexos de la XXXII Reunión Extraordinaria del Grupo Mercado Común, celebrada el 16 de diciembre de 2007 en la Ciudad de Montevideo, pueden ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional, Suipacha 767 (Ciudad Autónoma de Buenos Aires), en www.boletinoficial.gov.ar y en el sitio de Internet de la Dirección Nacional de Asuntos Económicos Comerciales del MERCOSUR.

e. 11/04/2008 Nº 575.490 v. 11/04/2008