MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 288/2008

Registro Nº 214/2008

Bs. As., 11/3/2008

VISTO el Expediente Nº 1.213.932/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que bajo dichas actuaciones tramitaron el Convenio Colectivo de Trabajo y Acuerdo celebrados entre el SINDICATO DEL PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DE PETROLEO Y GAS PRIVADO DE LA PATAGONIA AUSTRAL, la CAMARA DE EXPLORACION Y PRODUCCION DE HIDROCARBUROS (CEPH) y la CAMARA DE EMPRESAS DE OPERACIONES PETROLERAS ESPECIALES (CEOPE), obrantes respectivamente a fojas 58/65 y 66/67 del Expediente Nº 1.213.932/07.

Que dichos instrumentos han sido homologados mediante Resolución SECRETARIA DE TRABAJO Nº 855/07, cuya copia fiel luce agregada a fojas 87/89 del Expediente Nº 1.213.932/07.

Que a fojas 1/2 del Expediente Nº 1.237.332/07 (agregado como fojas 109 al principal), la CAMARA DE EXPLORACION Y PRODUCCION DE HIDROCARBUROS (CEPH) peticiona se extienda la aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo y Acuerdo obrantes a fojas 58/65 y 66/67 a los trabajadores que se desempeñen en relación de dependencia con las empresas representadas por la CEPH en las Provincias de FORMOSA, JUJUY, LA PAMPA, Y MENDOZA.

Que por lo expuesto y conforme a los términos y condiciones dispuestos por el Artículo 10° de la Ley 14.250 (t.o. 2004) y el Decreto Nº 199/88, corresponde dictar el pertinente acto administrativo extendiendo el ámbito territorial de los Acuerdos homologados oportunamente mediante Resolución SECRETARIA DE TRABAJO Nº 855/07, de acuerdo con los antecedentes mencionados y lo peticionado por la representación empresaria citada.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Extiéndase el ámbito de aplicación territorial del Convenio Colectivo de Trabajo y Acuerdo homologados mediante Resolución SECRETARIA DE TRABAJO Nº 855/07 a las empresas representadas por la CAMARA DE EXPLORACION Y PRODUCCION DE HIDROCARBUROS (CEPH) en las Provincias de FORMOSA, JUJUY, LA PAMPA, y MENDOZA, conforme a los términos del artículo 102 de la Ley 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre la extensión aquí resuelta.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.213.932/07

Buenos Aires, 18 de Marzo de 2008

De conformidad con lo ordenado en la Resolución ST Nº 288/08, se ha tomado razón de la extensión del ámbito de aplicación territorial del convenio colectivo de trabajo homologado por Resolución ST Nº 855/07, quedando registrado con el número 214/08. — VALERIA A VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación – D.N.R.T.