MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARA DE TRABAJO

Resolución Nº 272/2008

Registro Nº 203/2008

Bs. As., 10/3/2008

VISTO el Expediente Nº 1.255.016/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 7/8 del Expediente Nº 1.255.016/08, obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL DE SUPERVISION DE LA EMPRESA SUBTERRANEOS DE BUENOS AIRES y la empresa METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en dicho Acuerdo las partes convienen el pago de una suma extraordinaria y no remunerativa, por única vez, de SETECIENTOS PESOS ($ 700.-), para todos los trabajadores de la mentada empresa comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 193/96 "E", en los términos del texto pactado.

Que corresponde indicar asimismo, que las sumas extraordinarias acordadas en el presente Acuerdo no serán tomadas como base para la futura discusión salarial.

Que el ámbito de aplicación de los presentes se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL DE SUPERVISION DE LA EMPRESA SUBTERRANEOS DE BUENOS AIRES y la empresa METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA, que luce a fojas 7/8 del Expediente Nº 1.255.016/08, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acuerdo obrante a fojas 7/8 del Expediente Nº 1.255.016/08.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 193/96 "E".

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.255.016/08

Buenos Aires, 12 de marzo de 2008

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 272/08, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 7/8 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 203/08. — VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 2 días del mes de enero del año dos mil ocho, siendo las 12.00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Departamento de Relaciones Laborales Nº 2, ante el Secretario de Conciliación Lic. Luis BERMUDEZ; por una parte y en representación de la ASOCIACION DEL PERSONAL SUPERVISORES EMPLEADOS DE SUBTERRANEOS DE BUENOS AIRES, los Sres. Eduardo VAZQUEZ, Rubén Alberto ZAPPALA, Ruben DECUZZI, Enrique GARCIA, y Alberto Carlos ROSSI; por otra parte en representación de la empresa METROVIAS S.A., el Lic. Daniel PAGLIERO, el Dr. Julio RAMIREZ, el Dr. Marcelo GRAZIANO, el Dr. Martín VAZQUEZ, y el Dr. Ignacio CAPURRO.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, cedida la palabra a las partes en forma conjunta manifiestan que en virtud de las tratativas que han venido manteniendo, han arribado al siguiente acuerdo:

1) El pago de una asignación extraordinaria y no remunerativa a todos sus fines y efectos y por única vez, para el personal convencionado en el CCT Nº 193/96 E por valor de $ 700 (setecientos pesos) que se abonaran en dos cuotas iguales por valor de $ 350 (trescientos cincuenta) cada una de ellas. La primera el día 08/01/2008 y la segunda conjuntamente con los haberes del mes de enero de 2008.

2) Las partes solicitan la homologación del presente acuerdo.

Seguidamente APSESBA peticiona a la Empresa que la Asignación Extraordinaria y no remunerativa acordada precedentemente sea cancelada en un único pago el día 08/01/2008.

Con relación a lo peticionado por APSESBA, METROVIAS SA manifiesta que arbitrará los máximos esfuerzos a su alcance a los efectos de que la totalidad del monto de la asignación extraordinaria y no remunerativa pactada precedentemente pueda ser cancelada en la fecha fijada como de pago de la primera cuota, es decir, el día 08/01/2008.

APSESBA a efectos de la homologación, comunica que no cuenta con Delegados del Personal.

No siendo para más, a las 12.40 horas, se da por finalizado el acto, firmando los comparecientes de conformidad, previa lectura y ratificación, por ante mí, que para constancia CERTIFICO.