Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable

RESIDUOS PELIGROSOS

Resolución 326/2008

Apruébanse el Modelo de Certificado Ambiental Anual (C.A.A.) y el Modelo de Tarjeta de Habilitación Vehicular.

Bs. As., 14/4/2008

VISTO el Expediente Nº 00559/2008 del Registro de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley de Residuos Peligrosos Nº 24.051, su Decreto Reglamentario Nº 831 del 23 de abril de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el VISTO, tramita la modificación del Modelo de Certificado Ambiental Anual, su Anexo I y la Tarjeta de Habilitación Vehicular.

Que es deber de la Autoridad de Aplicación de la ley dictar todas las normas complementarias que fueren menester y expedirse para la mejor interpretación y aplicación de la Ley Nº 24.051 y su Decreto Reglamentario (v. art. 60, Ley Nº 24.051 y art. 60, ap. 2º, Dto. Nº 831/ 93).

Que el artículo 5º de la Ley Nº 24.051 al referirse al Certificado Ambiental Anual lo define como el "instrumento que acredita, en forma exclusiva, la aprobación del sistema de manipulación, transporte, tratamiento o disposición final que los inscriptos aplicarán a los residuos peligrosos".

Que corresponde a la Autoridad de Aplicación de la ley establecer los procedimientos internos para el otorgamiento del Certificado Ambiental Anual (conf. artículo 7º del Decreto Reglamentario Nº 831/93), de la cual se desprende la competencia para establecer el Modelo de Certificado Ambiental Anual.

Que los Certificados Ambientales Anuales son formularios preimpresos en papel especial, con marca de agua y numerados en forma correlativa.

Que ante la proximidad de agotamiento de la actual partida de Certificados, corresponde ordenar una nueva impresión, la cual deberá adecuarse a los cambios institucionales y a las actuales necesidades técnicas.

Que asimismo corresponde readecuar las tarjetas de habilitación vehiculares que se entregan a los transportistas de residuos peligrosos por cada unidad habilitada.

Que la DELEGACION LEGAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la suscripta es competente para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 24.051 y el Artículo 60 de la Ley Nº 25.612, según Decreto de Promulgación Nº 1343, de fecha 25 de julio de 2002 y los Decretos Nº 828/06, Nº 830/06 y Nº 142/07.

Por ello,

LA SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

RESUELVE:

Artículo 1º — Aprobar el Modelo de Certificado Ambiental Anual (C.A.A.) y el Modelo de Anexo I del mismo, que como Anexo I forman parte integrante de la presente resolución.

(Nota Infoleg: por art. 3° de la Resolución N° 427/2016 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable B.O. 7/11/2016 se establece a utilización del nuevo Modelo de Certificado Ambiental Anual y su correspondiente Anexo I aprobados en la norma de referencia, a partir de la fecha en que se produzca el agotamiento de las existencias con que se cuenta del modelo aprobado por la presente Resolución, manteniendo en el futuro la numeración de forma correlativa).

Art. 2º — Aprobar el Modelo de Tarjeta de Habilitación Vehicular que como Anexo II forma parte integrante de la presente resolución.

(Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 427/2016 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable B.O. 7/11/2016 se deja sin efecto el uso de la Tarjeta de Habilitación Vehicular que fuera aprobada por la presente Resolución).

Art. 3º — Establecer la utilización del nuevo Modelo de Certificado Ambiental Anual (C.A.A.), Anexo I del mismo y las Tarjetas de Habilitación Vehicular aprobadas, a partir de la fecha de publicación de la presente.

Art. 4º — Derogar toda resolución que se oponga a la presente.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Romina Picolotti.

ANEXO I

(Nota Infoleg: por art. 3° de la Resolución N° 427/2016 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable B.O. 7/11/2016 se establece a utilización del nuevo Modelo de Certificado Ambiental Anual y su correspondiente Anexo I aprobados en la norma de referencia, a partir de la fecha en que se produzca el agotamiento de las existencias con que se cuenta del modelo aprobado por la presente Resolución, manteniendo en el futuro la numeración de forma correlativa).

ANEXO II

(Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 427/2016 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable B.O. 7/11/2016 se deja sin efecto el uso de la Tarjeta de Habilitación Vehicular que fuera aprobada por la presente Resolución).