MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 321/2008

Registro Nº 234/2008

Bs. As., 27/3/2008

VISTO el Expediente Nº 1.134.121/05 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 256/258 del Expediente de referencia, obra el acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE PRENSA, por el sector sindical y en representación del sector empresarial la ASOCIACION DE DIARIOS ENTRERRIANOS y LT 14 RADIO GENERAL URQUIZA DE PARANA, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el texto convencional de marras, los agentes negociadores acuerdan las escalas salariales en el marco de los Convenios Colectivos de Trabajo Nº 378/75 y 414/75.

Que asimismo, los agentes negociadores ratifican el contenido y firmas insertas en el acuerdo traído a estudio, acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE PRENSA, la ASOCIACION DE DIARIOS ENTRERRIANOS y LT 14 RADIO GENERAL URQUIZA DE PARANA, que luce a fojas 256/258 del Expediente Nº 1.134.121/05, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivos, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acuerdo obrante a fojas 256/258 del Expediente Nº 1.134.121/05.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.134.121/05

Buenos Aires, 3 de abril de 2008

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 321/08, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 256/258 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 234/08. — VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

ANEXO 1

Oferta Salarial de A.D.D.E.

Redacción

Colaborador

1.180,00

Aspirante / Aprendiz

1.350,00

Laboratorista

1.390,00

Corrector

1.390,00

Redactor

1.500,00

Cablero Calificado

1.390,00

Reportero Gráfico

1.390,00

Redactor Calificado

1.650,00

Editorialista

1.500,00

Jefe de Sección/Encargado Turno

1.820,00

Srio. Redacc./ Sub. Jefe Informativo

2.550,00

Jefe Redacción/Jefe Informativo

3.000,00

Administración

 

Cadete

1.200,00

Ayudante

1.300,00

Auxiliar

1.485,00

Jefe de Sección

1.650,00

Administrador

3.000,00

Expedición

 

Ayudante/Peón

1.230,00

Auxiliar/Operario

1.300,00

Encargado

1.650, 00

Intendencia

 

Peón

1.230,00

En la ciudad de Paraná, Capital de la provincia de Entre Ríos, siendo las 09: 15 horas del día 4 de Julio del año dos mil siete, comparecen previamente citados a reunión de Comisión Paritaria Permanente, por ante mí Dr. ARIEL CHRISTIAN FERNANDO VILLANUEVA, Asesor Legal de la Agencia Territorial Paraná del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y como Presidente de esta Comisión Negociadora: el Dr. Andrés Arias en su carácter de Apoderado de ADDE, conforme lo acredita con Copia del Poder General en 3 fs. y Copia del Acta de designación de nuevos representantes a esta Mesa Permanente Paritaria en 2 fs. que acompañan en el presente acto; el Sr. Egidio Luis Jacobi LE: 8.357.850; el Cr. Agustín Ernesto José Kablan DNI: 23.341.802 en carácter de titulares. Por LT 14 Radio General Urquiza el Sr. Nestor A. Rodríguez DNI: 17.187.429 como titular y como suplente el Dr. Sergio Colja DNI 17.572.676. Por la FATPREN el Sr. Simon Volcoff DNI: 17.264.476 y la Sra. Marina Esther Brown DNI: 14.092.908 en su carácter de titulares y el Sr. Carlos Ariel Ferreyra DNI: 16.799.238 como suplente.

Abierto el acto por el actuante, se procede a dar lectura del Dictamen de fs. 235/244 y a la Resolución de la Sra. Subdirectora Nacional de Relaciones del Trabajo de fs. 244. A continuación los comparecientes toman la palabra:

1. Por ADDE el Dr. Arias expresa que conforme el Dictamen leído precedentemente queremos manifestar nuestra conformidad sobre la actividad del Dr. Villanueva como presidente de esta Comisión, el Dr. Coljan por LT 14 se adhiere a esta postura al igual que la FATPREN.

2. LT14 efectúa la siguiente propuesta: Colaborador: $ 1.000,00; Aspirante: $ 1.100,00; Redactor: $ 1.600,00; Redactor Calificado: $ 1.737,00; Editorialista: $ 1.737,00; Encargado de Turno: $ 1.780,00; Sub Jefe de Informativo: $ 1.846,00 y Jefe de Informativo: $ 2.290,00.

3. Por parte de ADDE se denuncia domicilio legal en calle Córdoba Nº 96 de Paraná y se presentó la propuesta en el Anexo 1 que se adjunta al presente. La cual será aplicable a partir del mes de mayo del presente en forma retroactiva, con un incremento del 10% sobre la misma para todas las categorías a partir del mes de septiembre de 2007 y otro incremento del 5% sobre la escala de septiembre para todas las categorías a partir del mes de enero de 2008. En cuanto a la diferencia a abonar por la parte empresaria correspondiente a los meses de mayo y junio, las mismas le serán abonadas a los trabajadores con las liquidaciones correspondientes a los meses de julio y agosto respectivamente. Dicho acuerdo se establece que tendrá vigencia hasta el mes de marzo de 2008 solicitándole a este Ministerio la convocatoria de las partes en el transcurso en tal período para arribar nuevamente a una nueva negociación salarial. Se destaca que la escala ofrecida es sobre el sueldo básico, por lo tanto es remunerativa y bonificable.

4. FATPREN manifiesta que acepta ambas propuestas tal como se han expresado. En relación a la rama radio se respeta el acta rubricada con fecha 2 de julio de 2007. Convocándose a reunión paritaria a LT 14 para la segunda quincena del mes de agosto del corriente.

5. Las partes manifiestan que la vigencia del acuerdo arribado es de forma inmediata, con independencia de la homologación administrativa, conforme 3º párrafo del art. 74 de la Ley 12.908.

6. Las partes de común acuerdo solicitan la homologación de los acuerdos arribados en la presente reunión de Paritaria.

A las 13:11 y no siendo para más se da por finalizado dicho acto, previa lectura y ratificación de lo expuesto, firman como constancia los nombrados, por ante el funcionario actuante que certifica, recibiendo copia cada una de las partes.