ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 420/2008

Apruébase la prórroga del Plan Estratégico II para el ejercicio 2008.

Bs. As., 21/5/2008

VISTO el Expediente Nº 024-99-81131020-0-790 del registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), las Resoluciones D.E. - A Nº 639/03; D.E. - A Nº 250/07; y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución D.E. -A Nº 639 de fecha 28 de mayo de 2003, se aprobó el Plan Estratégico II correspondiente al período 2002-2005 para esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).

Que mediante la Resolución D.E. -A Nº 250 de fecha 8 de mayo de 2007, se prorrogó el Plan Estratégico II por el ejercicio 2006-2007 hasta tanto se formulara un nuevo plan estratégico organizacional.

Que el Plan Estratégico resulta una herramienta indispensable a los efectos de coordinar las acciones del Organismo en función de las políticas en materia de Seguridad Social frente a las demandas de la sociedad.

Que esta Administración se encuentra definiendo un nuevo Plan Estratégico que tendrá vigencia hasta el año 2011, el que se halla en proceso de consolidación teniendo en cuenta los ajustes que resulten necesarios atento los cambios recientemente formulados en la Dirección del Organismo y el proceso de mejora vigente.

Que en este sentido, resulta necesario otorgar continuidad al Plan aprobado por la Resolución D.E. -A Nº 639/03 hasta tanto se formalice la vigencia del nuevo Plan Estratégico (2008-2011).

Que, en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91 y el artículo 36 de la Ley Nº 24.241.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase la prórroga del PLAN ESTRATEGICO II para el ejercicio 2008, en el ámbito de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) hasta tanto se haga efectiva la vigencia del nuevo Plan Estratégico (2008-2011) de esta Organización.

Art. 2º — Se encomienda a las áreas responsables del proceso de planificación del nuevo Plan Estratégico, la elaboración del proyecto definitivo que deberá encontrarse disponible para la aprobación de esta Dirección Ejecutiva durante el mes de septiembre de 2008.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y, oportunamente, archívese. — Amado Boudou.