Administración Federal de Ingresos Públicos

ADUANAS

Resolución General 2456

Régimen de Servicios Extraordinarios. Resolución General Nº 2275, sus modificatorias y complementarias. Su prórroga.

Bs. As., 30/5/2008

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12048-522-2008 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución General Nº 2275, sus modificatorias y complementarias, estableció nuevos procedimientos para la habilitación de los servicios extraordinarios previstos en los Artículos 773 y 774 del Código Aduanero.

Que a efectos de su correcta implementación y difusión interna y externa, se estima conveniente diferir temporalmente la fecha de su entrada en vigencia.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, la Subdirección General de Asuntos Jurídicos y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Prorrógase hasta el día 3 de noviembre de 2008 la entrada en vigencia de la Resolución General Nº 2275, sus modificatorias y complementarias.

Art. 2º — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese. — Claudio O. Moroni.