ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Nota Externa Nº 41/2008

Resolución General AFIP Nº 2449. Endoso en procuración.

Bs. As., 19/6/2008

VISTO la presentación efectuada por el Centro de Despachantes de Aduana mediante Actuación SIGEA Nº 12100-201-2008, a través de la cual solicita se aclare el alcance de la Resolución General AFIP Nº 2449, publicada en Boletín Oficial del 15 de mayo de 2008, en cuanto a la exigencia de requerir el endoso en procuración sobre los documentos de transporte.

Que desde el 1 de junio de 2008 se encuentra en vigencia la citada Resolución General, a través de la cual el Sistema Informático MARIA (SIM) concilia al momento del registro de las destinaciones aduaneras, las autorizaciones otorgadas por parte de los Importadores y Exportadores a los Despachantes de Aduana, a través de la herramienta informática aprobada mediante Resolución General AFIP Nº 2239, no permitiendo su oficialización en caso de no existir la respectiva autorización.

En tal sentido, corresponde instruir a las áreas operativas, que no resulta necesario requerir el endoso en procuración del documento de transporte en el marco del Artículo 38 del Código Aduanero, ni copia del Formulario OM-3283/A.

Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y archívese. — Abog. SILVINA TIRABASSI, Directora General de Aduanas.

e. 24/06/2008 Nº 67.747 v. 24/06/2008