PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 254/2008

Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008.

Bs. As., 25/6/2008

VISTO el Expediente Nº 1082/08 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACION, la Ley Nº 26.337 aprobatoria del Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 del 15 de enero de 2008, el Acta Complementaria Nº 2 del Convenio de Colaboración entre los MINISTERIOS DE SALUD; DE DESARROLLO SOCIAL; DE EDUCACION y el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, suscripta el día 11 de abril de 2007 y protocolizada mediante Disposición Nº 79 del 6 de septiembre de 2007 de la Unidad de Coordinación Técnica de dicho Consejo, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional, por intermedio de los organismos signatarios del Convenio mencionado en el Visto, puso en marcha el PROGRAMA NACIONAL DE DESARROLLO INFANTIL - PRIMEROS AÑOS, cuyo objetivo general es la integración de recursos y acciones que promuevan el fortalecimiento de las familias en su rol protagónico en la atención y el cuidado de los niños.

Que mediante el instrumento citado las partes se comprometieron a aportar los recursos financieros necesarios y a transferirlos al CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, en su carácter de responsable de su ejecución.

Que a los efectos de continuar con la ejecución del Programa las partes acuerdan aportar la suma de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000) cada una.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 37 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, sustituido por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124 y sus modificaciones.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente Artículo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Alberto A. Fernández. — Carlos R. Fernández. — Juan C. Tedesco.

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NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar